Registrarse como autónomo: pasos y ayudas

Registrarse Como Autonomo

  Antes de registrarse como autónomo, compruebe la viabilidad de su proyecto empresarial con un plan de negocio

Una de las preguntas más frecuentes de las personas que quieren montar un negocio es cuales son los pasos para registrarse como autónomo. En efecto es la opción más rápida y sencilla para empezar o para las actividades que no vayan a superar un cierto nivel de ingresos. Los pasos son los siguientes:

- Darse de alta:

Lo primero es registrarse en Hacienda (en oficinas o por Internet si se dispone de certificado digital). El formulario es el 036, o el 037 (simplificado). Lo más importante es saber bajo que epígrafe del IAE se va a registrar uno, y después hay que saber si la actividad será profesional o empresarial, ya que implica una leve diferencia en la forma de trabajar.

El segundo paso es dirigirse a una oficina de la Seguridad Social, para darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, con el formulario TA.0521. La base mínima de cotización es aproximadamente de 250€ mensuales. Hay que elegir con que Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales se trabajará (eso es una cuestión de preferencia personal, y elegir una u otra no tiene ningún sobrecoste). Finalmente, se elige si se acoge a la cobertura de la prestación económica de Incapacidad Temporal por contingencias comunes. El coste de esta última es de unos pocos euros más al mes.

Con estos dos trámites, y siempre que no existan más requerimientos específicos para el negocio, se puede empezar la actividad y facturar. Registrarse como actividad profesional implicará retención del IRPF las facturas, pero no para una actividad empresarial.

- Otros posibles requisitos:

Las actividades que se desarollen en casa y no sean peligrosas o molestas no necesitan más autorizaciones. Sin embargo, en el caso de un local abierto al público, hará falta solicitar una licencia de apertura en el ayuntamiento. Los requisitos pueden varias según las ciudades, y las actividades que puedan provocar molestias (ruidos), que sean potencialmente peligrosas o contaminantes tienen que cumplir con requisitos mucho más severos, también validados por el ayuntamiento. En muchos casos será necesaria una licencia de obras y el apoyo de un ingeniero especializado.

- Declaraciones trimestrales:

El autónomo tiene que rellenar y mandar a Hacienda cada trimestre dos declaraciones (con sus correspondientes pagos si da lugar). Una de la declaraciones es de IVA (basicamente la diferencia entre IVA devengado e IVA deducible), y la otra de IRPF (en el caso de una actividad empresarial, se paga cada trimestre el 20% del resultado entre ingresos y gastos deducibles).

En general, son deducibles a efectos de IVA e IRPF los gastos que sean necesarios para el negocio. Pero hay unas limitaciones muy claras. Por ejemplo, si un mismo vehículo sirve a efecto personal y profesional, sólo se podrá deducir el 50% del combustible. Lo mismo sucede con el teléfono, internet, y otros gastos de uso compartido entre personal y profesional. Hace falta facturas, no tickets.

Además, el autónomo tiene la obligación de llevar un libro de facturas emitidas y un libro de facturas recibidas, con una numeración. De todos modos llevar estos libros es más que necesario para poder rellenar correctamente las declaraciones trimestrales.

- Subvenciones:

Existen muchas subvenciones para crear una empresa, aunque la mayoría estan relacionadas con la situación de desempleo. Al nivel nacional un parado puede solicitar el pago único. En este caso, podrá obtener el pago de hasta el 60% de las cuotas de desempleo que le quedan por cobrar en un sólo pago, siempre que lo destina a invertir en su negocio y lo justifique con las correspondientes facturas. Esta solución conlleva la obligación de permanecer como autónomo tres años, o se tendría que devolver intregramente la subvención. El resto del dinero se puede usar para cubrir las cuotas de la cotización a la Seguridad Social durante los primeros meses. Los jóvenes menores de 30 años y las mujeres menores de 35 pueden obtener hasta el 80%, los discapacitados hasta el 100%.

Las Comunidades Autónomas disponen de ayudas adicionales, pero son diferentes en cada CA, así que la forma más sencilla de conocerlas es buscar en el portal de emprendimiento o de subvenciones de cada una. De igual manera, estas ayudas suelen ser orientadas a colectivos específicos (parados, jóvenes, mujeres, discapacitados).

Además, las cámaras de comercio y los ayuntamientos suelen tener subvenciones o premios para nuevos emprendedores, y en este caso se premian los proyectos inovadores (tecnologica o socialmente).

- Financiación:

Además de las ya comentadas subvenciones, el futuro autónomo debería contar con tres tipos de financiación: la suya propia (ahorros), la de las 3F (family, friends and fools: familia, amigos y tontos en inglés) y las entidades financieras institucionales (bancos y business angels).

Para conseguir financiación externa es fundamental poder presentar en detalle y de forma profesional el proyecto, gracias al plan de negocio. Para saber más sobre la utilidad de este documento imprescindible, mejor leer este artículo.

- Contrataciones:

El autónomo puede contratar empleados en el Régimen General de la Seguridad Social con unas limitaciones (con los familiares por ejemplo no es posible por el RGSS). Basta con darse de alta como empresario en la Seguridad Social.

En este caso, de nuevo existen subvenciones y bonificaciones. También las dan varios niveles de la Administración Pública (Estado, CCAA, etc), y también van orientadas principalmente al colectivo de parados, con más facilidades para jóvenes, mujeres, mujeres que vuelven de parto y discapacitados. Estas ayudas permiten por ejemplo al empresario pagar un 30% menos de cotización a la SS durante 2 años y medio o recibir un importe de 5.000€ por haber contratado a una persona de tal o tal colectivo.

Antes de crear su empresa, haga un plan de negocio.

Artículos relacionados:

Capitalización o pago único de la prestación por desempleo 2011

Informe de viabilidad del proyecto

Lista de epígrafes del IAE

Más información en www.cofike.com

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30 Responses to Registrarse como autónomo: pasos y ayudas

  1. JORGE says:

    HOLA:ESTOY DESEMPLEADO QUIERO MONTAR UNA EMPRESA DE ALQUILER DE FURGONETAS ,CAPITALIZANDO EL PARO AL 60% QUE REGIMEN DE AUTONOMO ME CORRESPONDERIA Y CUANTO ME CORRESPONDERIA PAGAR ?
    Y SI PRESENTANDO EL PROYECTO LA SEG SOCIAL ME DA EL DINERO O ESPERAN A QUE REALICE EL ALTA EN AUTONOMOS?.MUCHAS GRACIAS POR SU AYUDA

    • Cuando se capitaliza el paro, se solicita antes de darse de alta, y normalmente el dinero se cobra en un mes. Luego hay un pequeño plazo para darse de alta, pero si quiere ya puede darse de alta una vez que ha solicitado el pago único.

      Después del pago, le pedirán una justificación de los gastos (con facturas) y que efectivamente se ha dado de alta como autónomo.

      No olvide de indicar que el 40% que queda se aplique a compensar sus cuotas de cotizacion a la Seguridad Social, porque si no lo dice, lo pierde.

  2. jesus says:

    Quisiera darme de alta como autonomo para poder montar una tienda onlain,pues creo es necesario y el primer paso a dar si no estoy en lo cierto corriganme por favor, la pregunta que tengo para ustedes es que tengo una discapacidad concedida de un 74% y con un baremo de movilidad reducida¿ tengo algún beneficio por esa discapacidad? Gracias de antemano

    • Si está en situación de desempleo, puede por ejemplo solicitar la ayuda al autoempleo y el importe de la subvención será mayor de lo normal por tener esta discapacidad. De todos modos, le recomiendo que pregunte en la Seguridad Social y en la Consejería de Empleo de su Comunidad Autónoma por las ayudas a personas discapacitadas, ya que puede que yo no las conozca todas.

  3. Pingback: Aumentar los ingresos haciendo trabajos para particulares | Ideas y Ahorro

  4. MIGUEL ANGEL says:

    Buenas tardes:
    Quisiera darme de alta de Autónomo para hacer un servicio de recogida (transporte) y montaje de muebles , pero desconozco el epígrafe a que corresponde y los pagos que de ello me puede ocasionar, puesto que desconozco los gastos no puedo calcular si obtendré beneficios. Espero que me pueda ayudar y tener más seguridad para seguir adelante con mi pequeño proyecto. Gracias y un saludo

    • Buenas tardes,

      Quizás el epígrafe que le convendría es el 6919 (Reparación de otros bienes de consumo), pero lo mejor es hacer directamente la consulta a Hacienda.

      Como gastos, además de los que genere su actividad (combustible, alquiler, luz, amortización de la inversión en herramientas, teléfono, gestoría, diversos), tiene que considerar que tendría que pagar la cotización a la Seguridad Social (254€/mes). También pagaría trimestralmente un 20% de los beneficios de su actividad (ingresos menos gastos fiscalmente deducibles) como pagos a cuenta del IRPF (siendo el cálculo definitivo del impuesto hecho en el momento de la declaración de la renta a final de año). También tendría que gestionar el IVA para Hacienda (pagar el IVA que factura menos el que paga en sus facturas de proveedores).

      Suerte con su proyecto, y si necesita un plan de negocio, ya sabe donde encontrarnos.

  5. estefany says:

    hola,
    mi pregunta es la siguiente: si yo me diera de alta de autonomo y quisiera contratar a dos empleados de media jornada o por horas, ¿cuanto pagaria a la seguridad social?

    • Buenas tardes,

      A parte de su cotización como autónoma (mínimo de 254€/mes), tendría que pagar las cuotas patronales de sus empleados. Más o menos vienen a ser un 30% del sueldo bruto. Es decir, si tiene a dos empleados a media jornada cuyo sueldo bruto es de 500€ (1.000€ a tiempo completo), pagaría 1.000€ de sueldo y unos 300€ de cotización. En este caso entre su cotización y la de los empleados, 554€/mes.

  6. DUNIA says:

    SOY COCINERA/ JEFE COCINA HE PENSADO DARME DE ALTA COMO AUTÓNOMO ME GUSTARÍA SABER CUAL SERIA EL COSTE EN MI CASO Y LOS PASOS A SEGUIR PARA DARME DE ALTA COMO TAL

    • Consultoría Financiera Kerfant says:

      Como explicamos en el artículo, tiene que ir a Hacienda a registrarse en el IAE y luego a la Seguridad Social para registrarse en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos). El coste mensual de la cotización mínima es de 254€. Si tiene menos de 35 años podría tener un descuento del 30% durante dos años.

      Gracias por comentar

  7. melodie says:

    buenas mi pareja y yo queriamos montar un negocio somos menores de 30 los dos y desempleados .la idea es de un local de recreativo pero moderno. pero no sabemos muy bien los pasos a seguir para pedir ayudas y financiacion podria guiarme un poco en ese sentido?? gracias (de valencia)

  8. Esther says:

    Buenos días,

    mi pareja y yo estamos pensando montar una empresa online de informatica con una empresa que se encargaria como distribuidora. Mi pregunta es ¿tenemos que darnos de alta como autonomos? porque queriamos probar a ver como nos iba durante un par de meses y luego si eso dedicarnos mas a fondo al proyecto.
    Creo por lo que he leido por ahi que sí vamos a facturar con un nombre deberiamos darnos de alta en el IAE pero como autonomos? gracias.

    • Consultoría Financiera Kerfant says:

      Tienen que darse de alta en el IAE y como autónomos. Es una actividad habitual.

      Si ya tienen otros empledos, la buena noticia es que parece que el Gobierno quiere aprobar un decreto para que la cotización autónomos de los pluriempleados sea la mitad. De producirse, significaría pagar unos 125€ al mes de cotización, lo que ya es más razonable para empezar.

  9. Alberto says:

    Muchas gracias por compartir esta información con el resto, es muy interesante sobretodo para los que estamos un poco perdidos con lo de crear empresas o darse de alta como autónomos.

    Mi duda es algo particular y espero que pueda responderla:

    Tengo pensado dar clases de español en el extranjero, en caso que me diera de alta como autonomo ¿sería lícito (tanto en un pais como en el otro) que el 100% de los ingresos por actividad económica fueran realizados en el extranjero? ¿Podría deducirme los gastos que tuviera en ese pais como parte de mi actividad económica (como por ejemplo: comida, transporte, alquiler de un cuarto o apartamento) o como dietas? ¿sería posible tener dietas?

    Muchas gracias de antemano por su respuesta.

    Atentamente,
    Alberto

    • Consultoría Financiera Kerfant says:

      Buenos días,

      En mi opinión, tiene que registrar su actividad donde la vaya a realizar físicamente. Es decir, si va a dar clases por Internet, podría estar registrado practicamente en cualquier parte del mundo, no pasaría nada. Pero si va a estar físicamente en otro país dando clases a alumnos, tendrá que darse de alta en el sistema que corresponda de dicho país.

      Gracias por su comentario.

  10. jose maria says:

    he montado una tienda menor de golosinas,en la que me dice mi licencia de apertura que no puedo ni vender,carne ni pescado,con ello estoy deacuerdo .pero al tener 2 billares y 3 futbolines,me dicen que eso no es legal que necesito otra actividad.pero mi pregunta es la siguiente.

    al ser maquinas de tipo A y deportivas , necesito otra licencia?

    pienso que no!!!!!!!!!!!!!

    • Consultoría Financiera Kerfant says:

      Como ya hemos indicado en algunos de los comentarios, en muchos casos los temas de licencias son negociables con los ayuntamientos. No le puedo contestar sobre su caso concreto, pero sí que le puedo aconsejar que lo pregunte al profesional que le tramitó su licencia. Sin embargo a primera vista, y por lógica, al tener 5 máquinas de entretenimiento parece que es una actividad por si mismo. Por ejemplo los bares no pueden tener más de 2 máquinas recreativas (sino tendrían que pedir la licencia de salón de juego). Posiblemente se trate de un caso parecido.

      Gracias por su comentario.

  11. javier says:

    tengo 47 años y tengo una pequeña empresa de venta de gres la pregunta es, tengo un pinzamiento en la espalda es que no me deja trabajar me quedo clavado ,, cuando cojo cajas de gres o me duele varios dias,si pongo alquien que me ayude me suben los modulos una barbaridad,si pido la incapacidad no se si me la darian, este negocio no da para vivir dos en el mismo trabajo,,y mas ahora con la crisis,,,no se que hacer si cojo alquien me suben los modulos y encima le tengo que pagar autonomos, tendri cerrar,, entonces que solucion ven ustedes ?????

    • Consultoría Financiera Kerfant says:

      Gracias por su pregunta,

      En primer lugar no sé si ha optado por cotizar por las contingencias (que cubren las incapacidades temporales). Si no lo ha hecho sería recomendable que lo hiciera. En segundo lugar, puede pedir la incapacidad para la profesión habitual, tendría que pasar por un tribunal médico y aportar las pruebas necesarias, pero aun si se lo aprueban, puede que el importe que represente no le compense. Tendría que hablarlo en la Seguridad Social.

      Si el trabajo no da para dos personas, tendría que plantearse una reconversión, o contratar a una persona en exclusiva para hacer este trabajo y dedicarse a otros menesteres.

      Siento no poder ayudarle más.

      Un saludo,

  12. jose antonio says:

    quisiera darme de alta como montador de carpinteria de aluminio autonomo para ofrecer mi servicios a terceros,¿tengo la obligacion de facturar en ese caso o no se require la presentacion de facturas de compras y gastos ?un saludo y agradecimientos

    • Consultoría Financiera Kerfant says:

      Si va a realizar una actividad económica a cambio de dinero y no está empleado por cuenta ajena, tendrá que registrarse como autónomo y facturar, a la vez que podrá deducir los gastos asociados a su actividad.

  13. juan says:

    Estoy realizando el traspaso de una Clinica Dental ,soy Odontólogo y queria saber que puntos legales tendria que tomar en cuenta para saber que todo esta en regla o en todo caso donde podria recabar esta información.
    Tambien resolver la duda de que es mejor? como autonomo o sociedad limitada.
    Si ya ha tenido experiencia con alguna Clinica Dental cuales son los gastos mensuales con los que tengo que contar para llegar a fin de mes y si no saber quien puede darme dicha información. Y ahora mismo estoy haciendo los tramites para para pedir el pago unico.
    Agradecido de antemano por su ayuda ,reciba un cordial saludo.

  14. Antonio Fargnoli Fabre says:

    Hola, mi pregunta es la siguiente. Tego 57 años y en estos momentos estoy en el paro,y se me termina en diciembre del 2012 mi profeción es de lampista llevo 40 años, yo pensaba que cuando se me termine el paro si no me a salido nada es poerme autonomo para poder cotizar los años que me puedad faltar para el retiro.Y en este tiempo si me sale alguna fenita que pueda hacer, pues tego una minosbali ade un 35% reconocida y ahora me la tienen que revisar. que cantidad tendria que pagar s.s en este caso. Muchas gracias, perdonar por tantas preguntas.

  15. vanesa says:

    como podria subvencionar la ampliacion y reforma de mi casita del abuelo?

    gimnasio, cocina, habitacion, baño

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