¿Cuánto cuesta hacerse autónomo?

cuanto cuesta ser autónomo

Muchas de las personas que desean hacerse empresario individual se preguntan cuanto cuesta ser autónomo, es decir tanto el trámite como el funcionamiento a lo largo del año. En realidad, lo que más cuesta es la cotización a la Seguridad Social.

Actualizado el 28/02/2021

Cuanto cuesta ser autónomo: cotización a la Seguridad Social

1- Autónomos sin actividad asalariada

Nota (21/07/2022): Se acaban de anunciar grandes cambios en las cotizaciones a la Seguridad Social de los autónomos, que a partir de 2023 se harán en función de los rendimientos netos e irán de 200 a 590 euros al mes. Actualizaremos el artículo en breve con los nuevos datos. Tiene más información en este artículo.

Las personas que se registren como autónomos tienen que cotizar a la Seguridad Social. En el caso general, esto significa tener que pagar 289€ mensuales, que es la opción más barata con la cotización mínima. Esto cubre la cobertura de salud y unos derechos a pensión muy pequeños (ya que se calculan sobre una base mínima). Además, desde 2019, son obligatorias las cotizaciones a contingencias profesionales y al cese de actividad (que antes eran opcionales).

Existen categorías especiales, con cotizaciones más bajas, como es el caso de los trabajadores agrarios. Por ejemplo, una persona que se diera de alta en este último régimen solo tendría que pagar unos 177€ mensuales. También hay bonificaciones de las cuotas en función de la situación del nuevo autónomo (por ejemplo si viene del paro).

Antiguamente, esa cotización tenía un problema importante: al ser fija, no dependía de los resultados del negocio, por lo que suponía un coste importante en los primeros meses del negocio.

Para solucionarlo, el 28/01/2013 el Gobierno anunció una bajada de la cotización para los jóvenes menores de 35 años que pasaron a pagar solo 50€ al mes durante 6 meses. Esta medida fue luego ampliada a todos los nuevos autonónomos, independientemente de su edad o género y aprobada por el congreso el 25/07/2013.

En estos momentos el importe de la cotización inicial queda así:

  • Los 6 primeros meses: el 20% de la cotización mínima (aproximadamente 60€)
  • Los 6 meses siguientes: el 50% de la cotización mínima (aproximadamente 150€)
  • Los 18 meses siguientes: el 70% de la cotización mínima (aproximadamente 200€)

Aunque esta medida no resuelve el caso de los microemprendedores (cuyos ingresos siempre serán bajos), es un paso en la buena dirección, especialmente desde que está abierta a todos. Supone un ahorro de más de 3.000€ para los nuevos emprendedores.

Recordemos que los jóvenes (hombres hasta 30 y mujeres hasta 35) ya beneficiaban de un descuento de un 30% en la cotización durante 30 meses.

Más información en la web de la Seguridad Social

2- Autónomos que compaginan una actividad asalariada

Los autónomos en pluriactividad (es decir que cotizan tanto por cuenta propia como por cuenta ajena) pueden recuperar el 50% del exceso la cotización a la Seguridad Social solamente cuando en su actividad asalariada cotizan por el máximo. Antiguamente, había que presentar una solicitud. Ahora, la Seguridad Social devuelve automáticamente el exceso.

Los nuevos autónomos en que inician su negocio en situación de pluriactividad pueden acogerse a la tarifa plana citada antes, si tienen derecho a ella, u optar por una deducción del 50% en la cuota durante los primeros 18 meses y otra del 25% durante los siguientes 18 meses, si están trabajando a tiempo completo. Si trabajan a tiempo parcial, los porcentajes son el 25% y el 15% respectivamente.

Cuanto cuesta ser autónomo: Impuesto sobre la renta (IRPF)

Cuando un autónomo empieza a facturar, es posible que tenga que pagar IRPF desde el principio, dependiendo de su situación.

Cuanto cuesta ser autónomo en actividad profesional

En este caso, los autónomos tienen la obligación de emitir sus facturas a otros profesionales y empresas con una retención del IRPF, un 7% durante lo que quede del primer año y los dos siguientes, y un 15% después. Es un sistema un poco injusto al principio, ya que es posible que sus gastos sean mayores a sus ingresos y aun así estén pagando impuestos sobre la renta.

Actividades empresariales

Se calcula trimestralmente el total de los ingresos y de los gastos fiscalmente deducibles para pagar a Hacienda el 20% del resultado. Si los ingresos del año anterior han sido bajo, el autónomo se puede deducir hasta 400€ en sus declaraciones. Es un sistema mucho más ventajoso que para los profesionales, ya que solo se paga impuesto si hay resultados, y que en general un 20% del beneficio es menos que un 15% de la facturación.

En cualquier caso, en ambos sistema los pagos que se hacen durante el año son solo unos anticipos a Hacienda. El importe definitivo a pagar por el año se determina durante la campaña de la renta del año siguiente, y de su resultado sale si hay que pagar más o si nos tienen que devolver porque hemos pagado de más.

Impuesto sobre el valor añadido (IVA)

El IVA no supone normalmente ningún gasto para los autónomos, al igual que para las empresas. Sin embargo, la persona en autoempleo tiene que recaudar el IVA por cuenta de la Administración. Si ha recaudado más impuesto que lo que ha pagado tiene que dar la diferencia a Hacienda. Si es al revés, en general se tendrá que conformar con ir compensando el saldo a su favor, ya que las posibilidades reales de devolución son escasas.

Aunque no suponga un gasto, el IVA es un impuesto que hay que vigilar, porque los desembolsos que tenga que hacer el autónomo cada trimestre pueden suponer problemas de tesorería.

Algunos profesionales facturan sin IVA (por ejemplo los médicos). Como no recaudan el impuesto, tampoco tienen derecho a recuperarlo, y por lo tanto en este caso concreto el IVA sí que es un gasto.

Cuanto cuesta ser autónomo: la gestoría

Dependiendo de la complejidad de la actividad, puede ser recomendable optar por contratar a un gestor para llevar los temas fiscales (declaraciones trimestrales y anuales). El gasto mensual suele ser un mínimo de 30€ (con opciones online), a menudo más. No es un gasto obligatorio, pero en caso de no tener idea de temas de impuestos, es una buena alternativa a pasar muchas mañanas en Hacienda para que nos expliquen cada modelo.

Colegios profesionales

Para algunas actividades, es obligatorio estar registrado en un colegio profesional. Y no solo para médicos o abogados. Antes de iniciar la actividad es importante comprobar este punto, porque algunos organismos pueden cobrar cerca de 100€ mensuales (aunque la mayoría son mucho más baratos).

Otros trámites

Cada negocio tiene sus trámites, y es posible que tenga que pagar tasas específicas. Por ejemplo, la persona que monte un taller de reparación de automóviles seguramente estará obligada a contratar a una empresa de recogida de residuos.

Otro ejemplo es si la actividad se va a desarrollar en un local habrá falta una licencia con sus respectivos gastos.

Un ejemplo: una tienda online

La persona que se de de alta para crear una tienda online, suponiendo que no tenga un local abierto al público y que los productos no sean perecederos ni peligrosos (por ejemplo ropa), tan solo tendrá que pagar la cuota mensual de cotización a la Seguridad Social (289€ si opta por la base mínima sin paro, sin contar las cuotas reducidas de los primeros años que ya comentamos). Si al mismo tiempo esta persona es capaz de hacer sus propias declaraciones trimestrales, entonces no tendrá más gastos (dejando de lado los del negocio).

 

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332 pensamientos en “¿Cuánto cuesta hacerse autónomo?

  1. Soy profesional sanitario colegiado, tengo ofertes de centros para cubrir días sueltos semanales o mensuales, en función de la demanda, con contrato mercantil y facturar contra el centro por los servicios prestados con una retención del IRPF del 15%. Existe un mínimo de ingresos para no tener que hacerme autónomo y declararlo en la renta anual?. Si me doy de alta de autónomo que costes me supondría?, en caso de pluriempleo con contrato laboral y mercantil que costes anuales me supondría?. Gracias.

    1. En principio, no hay un mínimo de ingresos para hacerse autónomo. El criterio para hacerlo es tener una actividad económica habitual. El primer año, la cotización es de 80€ al mes (en 2023), y se puede ampliar esa cotización reducida un año más si se cobra menos que el SMI. Más allá, la cotización depende del nivel de ingresos. Para 2025 la mínima será de 200€ (para ingresos de menos de 670€ mensuales) y hasta de 590€ (para rendimientos superiores a 6.000€ al mes).

  2. Hola buenas quisiera darme de alta para una tienda online de cositas hechas a mano o montaje de mesas de chuches pero no sabría cuánto me saldría al mes aproximadamente

    1. Hola, gracias por comentar. Si nunca ha estado registrada como autónoma, la cotización mensual a la Seguridad Social será de 60 euros aproximadamente durante el primer año, luego unos 150 euros los 6 meses siguientes, luego 210 euros los 6 meses posteriores y finalmente, alrededor de 300 euros al mes (tras los 2 primeros años).

  3. Hola buena tarde me puede ayudar le esplico soy de Guatemala con permiso de trabajo pero estoy trabajando por horas en el área de limpieza por cuenta propia y quisiera darme de alta en la seguridad social con la tarifa plana mi pregunta es solo eso debo pagar.. durante 12 meses o hay que pagar un impuesto más

  4. soy trabajador de una empresa y tengo unas fincas de mi padre tengo q1ue apuntarme en la seguridad social para poder tener ingresos de dichas fincas gracias

  5. Buenos días
    estoy trabajando por cuenta ajena en una empresa privada en Bizkaia y,ahora,además,quiero darme de alta como autónomo para ejercer como administrador de fincas.
    Me puedes indicar,por favor,los pasos que tengo que realizar y cuánto me costará más o menos? (Tengo 53 años y me voy a dar de alta también en el Colegio de Administradores de Fincas; estoy empadronado en Bizkaia pero voy a ejercer como administrador en Cantabria) Tengo duda también si darme de alta en el Colegio de Bilbao o de Santander,aunque para poder ejercer,sé que es indiferente,según la Ley de Colegios.
    Un saludo cordial.

  6. Hola, buenas tardes. Hace 9 años, mi empresa (pública) me sancionó durísimamente por trabajar aisladamente en otras empresas ( públicas). se accedió a mi vida laboral sin mi permiso y esos documentos fueron la base legal en la que se basó la constitución de mi expediente disciplinario por incompatibilidad. Mi pregunta es si en casos especiales puede el INSS suministrar datos de d si he trabajado en otra empresa sin mi conocimiento.
    Si yo por ejemplo ahora me hago autónomo, pero permaneciendo en mi empresa oficial y manteniendo mi seguridad social ¿reciben ambas empresas ( por ejemplo la empresa estatal en la que estoy y la otra en la que trabajo como autónomo) información del INSS o de otra entidad que les permita saber que estoy de autónomo? Gracias.

  7. Me han ofrecido para trabajar como agente de seguros pero me contratan como autónomo, osea tengo que cotizar por mi cuenta. Que tramites deberia realizar y en los primeros meses cuanto dinero tengo que invertir?

    espero respuesta

    Gracias!! Saludos..

    1. Hola. Si nunca fue autónomo, en los primeros 6 meses le costará la cotización 50€, luego irá subiendo hasta llegar al coste normal (alrededor de 260€) después de 2 años y medio. Pero más o menos hay que contar que la cotización costaría 1.100€ el primer año, 2.200€ el segundo, 2.700€ el tercero y 3.200€ a partir del cuarto.

  8. Buenas tardes, tengo 25 años y quiero poner una academia de baile ¿me podría informar sobre cuanto me costaría la cuota de autónomo y si tendría algún tipo de ayuda, al ser menos de 30 años?

    1. Buenos días, como indicado en el artículo:

      Los 6 primeros meses: el 20% de la cotización mínima (aproximadamente 50€)
      Los 6 meses siguientes: el 50% de la cotización mínima (aproximadamente 130€)
      Los 18 meses siguientes: el 70% de la cotización mínima (aproximadamente 180€)

  9. Vivo en China y tengo una visado para un año. Voy a trabajar como Freelance y tengo la carrera de Ciencias Empresariales. Voy a hacer ventas para una empresa, por lo que luego, al no estar de alta en España, tendré que emitir factura a dicha empresa todos los meses para cobrar mis comisiones. La pregunta es, ¿Puedo hacerme autónomo en España y luego emitir mis facturas como honorarios profesionales, si tener que pagar ni cobrar IVA, solamente rentención de IRPF?. ¿En qué tipo de actividad me tendría que dar de alta , es decir, en el IAE? Yo quiero pagar mis impuestos, pero lo que quiero evitar es el IVA. ¿Hay alguna manera?. Muchas gracias.

    1. Hola, en primer lugar le tengo que decir que no somos una gestoría, por lo que no tratamos este tipo de situaciones. Lo que sí le puedo decir es que en teoría, una persona es residente fiscal en el páis donde vive más de 6 meses al año. Por lo tanto, en teoría se tendría que dar de alta en China. Si opta por darse de alta en España (no sé hasta que punto sea legal), tendrá que pagar los impuestos de una empresa española. De todos modos, no veo el problema con el IVA. En realidad las empresas nunca pagan el IVA, solo lo cobran para el Estado. Lo que facture de más de IVA lo tendrá que pagar trimestralmente y ya está.

  10. buenas tardes:

    se creo una empresa a nombre de mi madre como socia unica y se nombro un administrador, esto fue en febrero de 2014; cuanto tiempo tengo para darme de alta en el IAE?, quienes se tienen que dar de alta de autonomos y cuando, si ninguno de ellos(administrador y socio unico son puesto remunerados), yo me quede en el paro hace nada y queremos, dependiendo de como sea la historia, que sea yo el administrador o incluso el socio unico, que pasara a mi paro, o como lo puedo hacer para no perderlo?

    muchas gracias

    1. Le recomiendo que lea este artículo: https://blog.cofike.com/autonomo-en-sl/

      Por lo que entiendo, se debería dar de alta como autónomo en el momento en que haya accedido a la situación que lo obliga a ello. Por ejemplo, si en febrero 2014 se le nombro como administrador y si eso implica que tiene que registrarse como autónomo, lo debería haber hecho en febrero. Le recomiendo que consulte con Hacienda y la Seguridad Social, o con una gestoría.

  11. hola,no tengo claro algo,pues cada uno me dicec cosas diferentes.
    tengo 43 años, quiero darme da alta como autonoma para dar clases de informatica,no quiero montar sociedad ni nada de eso,solo darme de alta,yo he leido que segun la tarifa plana pagaria unos 53 euros al mes, pero otros me dicen que se me quedaria en unos 80 ¿me puede aclarar esto?
    gracias

  12. Hola, tenía aprobado un subsidio de 426€ durante 2 años. Hace 6 meses intenté probar suerte montando una tienda, me hice autónoma. La cosa no ha funcionado y me he dado de baja tanto en hacienda como en la seguridad social. Tengo derecha a reengancharme al subsidio por el año que me falta?

    Gracias

  13. Hola, tengo una duda respecto a las reducción/bonificación para mujeres menores de 35 años.
    Yo me dí de alta como autónoma en Julio del 2012, llevo 15 meses pagando la cuota con una reducción del 30%. Durante 30 meses me puedo beneficiar de esta reducción, por lo que me quedarían 15 meses más. El problema es que no llego a facturar más de 250€/mes, a veces menos, a veces más y quería darme de baja en la cuota de autónomos.
    Si me diera de baja y en 2 meses volviera a darme de alta, ¿me seguirían aplicando el 30% del reducción?

    Gracias!

    1. Si se da de baja y luego de alta, habrá perdido el derecho a las reducción. Si factura siempre por debajo de 250 Euros /mes podría no estar dada de alta como autónoma, sino sólo en el IAE. Aunque es arriesgado, porque este límite es más un criterio de aplicación según las zonas y no en todas las tesorerías de la Seguridad Social lo entienden igual. La normativa es bastante ambigüa en este punto y crea inseguridad jurídica. Si necesita más información, podemos atenderle (ver enlace en mi nombre). Un saludo, Antonio Lizana.

  14. Hola.
    De entrada quiero disculparme por las faltas. Soy extranjero y todavia estoy estudiando el español.
    Pero al grano: Tengo 30 años. Estoy trabajando por cuenta ajena. Desde un año la empresa me puso en R. Osea estay trabajando 5 horas al dia y este tiempo me paga la empresa el resto, 3 horas estoy cobrando del paro. Megustaria aprovechar este tiempo y probar mis fuerzas en un negocio propio.
    La idea es empezar a traer alimentos, premios, chuchies, collares, correas, cunas… para perros y gatos desde Polnia (miembro de la comunindad europea) y intentar venderlo en las tiendas que ya existen en españa.
    El articulo ya me hizo la idea de los gastos que tendria pero megustaria tener un resumen de mi caso.

    Si entiendo bien el tema del Seguridad Social pagaria
    Los 6 primeros meses: el 20% de la cotización mínima (aproximadamente 50€)
    Los 6 meses siguientes: el 50% de la cotización mínima (aproximadamente 130€)
    Los 18 meses siguientes: el 70% de la cotización mínima (aproximadamente 180€)
    Despues la cuota mensual sube a255€.

    Si entendi bien con la declaracion anual podre recuperar mitad del importe pagado a la Seguridad Social.
    No entiendo que significa que un autonomo puede recuperar el 50% de la cotización a la Seguridad Social solamente cuando en su actividad asalariada cotizaban por el ¿MAXIMO?
    Ultima pregunta es sobre gasto de alta como autonomo. Si hay alguna cuota que hay que pagar dando se de alta aparte de las de cada mes?

    El tema del IRPF es algo que no me queda nada claro.
    Si estaria tan amable y me pudiera aconsejar por donde empezar y que opcion seria mejor en mi caso.

    Por ultimo IVA.
    Segun lo que entendi los fabricantes me venden la mercancia con iva de Polonia. Yo lo venderia a las tiendas con iva de España. La diferencia entre el iva pagado y cobrado hay que declara.
    Gracias y un saludo.

    1. Le recomiendo que consulte todas esas dudas con una gestoría, porque son muchos los temas a tratar.
      La posibilidad de recuperar la mitad de la cotización de autónomos era efectivamente para aquellas personas que ya cotizaban por el máximo en el régimen general (sueldos brutos alrededor de los 40.000€ anuales). Pero con las últimas reformas, las personas en pluriactividad pronto pagarán directamente la mitad de la cuota, aunque no sé cuando es la fecha de aplicación (creo que es el año que viene).
      Aparte de las cuotas no hay que pagar ningún alta.
      El IRPF depende del tipo de actividad que va a ejercer. Lo más probable en su caso es que sería una actividad empresarial y tendría que declarar sus ingresos cada trimestre, pagando un pago a cuenta por el 20% de su rendimientos netos (ingresos menos gastos fiscalmente deducibles).
      Respecto al IVA, le recomiendo que explique en detalle los flujos a un gestor para no errar en el planteamiento.

  15. hola
    me llamo luca,soy italiano y me encantaria entender si para empiezar a trabajar en espana como pintor autonomo tengo las mimas reglas,o si hay algo distinto.gracias

      1. Una matización, las normas son las mismas para todos los residentes comunitarios como en su caso es italiano, sin problema. Pero hay que ver el tema del permiso de trabajo si es residente extracomunitario. Hago la aclaración por si alguien de sudamérica lee el blog, que tenga cuidado con este tema. Un saluodo a ambos y felicidades por el blog.

  16. Ante todo felicidades por el blog, es de muchísima ayuda.

    Y aquí nuestra duda: somos dos chicas de 23 años. Nuestra idea es montar una empresa online de fotografía (a través de pagina web) sin lugar físico.
    Querríamos saber cuanta seria nuestra cuota a la Seguridad Social.
    Tampoco entendemos muy bien cual seria la relación con Hacienda.
    Miles de gracias

    1. En primer lugar deberían plantearse si quieren montar una sociedad o simplemente registrarse como autónomas (esta segunda opción suele ser más sencilla al principio).
      De cuota a la Seguridad Social tendrían unos 50€ durante 6 meses, luego unos 130€ otros 6 meses, y luego unos 180€ durante unos 18 meses.
      Con Hacienda la relación es que:
      1- tienen que registrarse (para poder facturar y mantener una actividad económica)
      2- tienen que pagar IRPF: en este caso lo más probable es que tengan que hacer una declaración trimestral
      3- tienen que gestionar el IVA, si su actividad está sometida a este impuesto: es decir pagar la diferencia entre el IVA que ingresan y el que pagan a sus proveedores dentro de su actividad

      Lo más sencillo es que vayan a una oficina de Hacienda y luego a una de la Seguridad Social para aclarar sus dudas, o que contacten con una gestoría.

  17. Hola, tengo 29 años y quiero montar un despacho de asesoramiento deportivo. En principio seré yo solo quién lleve toda la empresa. Solo me plantearía contratar a alguien si en el futuro por el volumen de ventas necesitase una secretaria.

    ¿Qué forma jurídica debería elegir?

    Gracias de antemano, un saludo.

    1. En estos casos, suele ser recomendable empezar por ser autónomo. Es la forma jurídica más sencilla. Si sus beneficios (ingresos menos gastos) van a ser inferiores a los 40.000€ aproximadamente, no compensa tener una sociedad. Cuando vaya creciendo la actividad, entonces siempre estará a tiempo de plantearse crear una sociedad limitada, por ejemplo.

  18. Buenas noches,
    Tengo 33 años, en diciembre 34, me gustaría hacerme autónoma para poder tener una tienda online, quería saber que pasos tengo que hacer y que gastos tendré al mes de impuestos. Además estoy cobrando el paro, lo tengo hasta el 29 de marzo de 2014.

    1. Hola, gracias por comentar.
      Con la nueva ley de emprendedores: http://www.boe.es/boe/dias/2013/07/27/pdfs/BOE-A-2013-8187.pdf la cotización de autónomos le costará 50€ mensuales los primeros 6 meses, 130€ los siguientes 6, 180€ los siguientes 18 meses y después aproximadamente 250€.
      Con la prestación del paro tiene varias opciones: una es capitalizar el paro para invertir en su negocio y/o compensar las cuotas de cotización a la Seguridad Social. Otra es suspender durante un año el cobro del paro mientras prueba suerte con la actividad por cuenta propia.
      En cualquier caso, antes de tomar una decisión, le recomiendo que consulte con la administración (oficina de empleo y Seguridad Social) para confirmar lo que puede hacer.

  19. hola
    soy una bailarina con mas de 20 años de experiencia,en la actualidad ya no bailo,pero muchos de mis antiguos compañeros me piden que les represente para buscar bolos a sus compañias o espectaculos ya que confian en mi experiencia,ademas durante 5 años hice este trabajo como trabajadora de una empresa.la cuestion es ,siendo un trabajo de temporada de verano que es cuando se puede conseguir bolos,como puedo facturar este tipo de trabajos sin ser autonoma ya que no me lo puedo permitir,pues puedo tener 10 bolos como 1 . ?como hacer? y 2º yo facturaria la cantidad total del bolo y no solo mi comision,ya que la gente con la que trabajo tampoco es autonoma.tengo algun tope de dinero anual de la que no me puedo pasar si por ejemplo me doy de alta del IAE ? estoy en cataluña,en paro hace mas de 2 años y sin ninguna prestacion o ayuda,tengo 43 años y un menor a mi cargo,le comento esto por si me puedo acoger algun regimen especial.
    gracias por su tiempo y un saludo

    1. Para poder facturar, necesita registrarse en el IAE. Si su actividad no es habitual, en principio no hará falta que se registre en la Seguridad Social, y por lo tanto que pague la cotización del RETA. Saber si es una actividad habitual o no no siempre es fácil, pero digamos que si hace dos o tres operaciones de poco importe durante el año, no es actividad habitual. Si hace muchas o de mucho importe, se podría considerar actividad habitual.

      En cualquier caso, ahora (noticia de hoy) parece que el congreso ha ampliado la tarifa plana de autónomos a todos (sin restricción de edad), por lo que durante 6 meses solo pagaría 50€ de cotización a la Seguridad Social.

      El otro problema que entiendo puede tener, es que si factura el importe total de los trabajos (el suyo y el de sus compañeros) y ellos a su vez no están registrados en el IAE, usted no tendrá posibilidad de deducirse el gasto correspondiente, por lo que aparecería que todo el ingreso es para usted, y tendría que pagar IRPF sobre ello. Para solucionarlo, sus compañeros también se tienen que registrar en Hacienda.

  20. Buenos días,

    Si siendo autónomo, se dedica solamente a trabajar para una empresa en concreto, ¿que gastos totales mensuales aquello supone? P.ej. suponiendo que trabajo 40 horas semanales y cobro mensualmente, ¿tengo que pagar el IVA (21%) + 20% de los ingresos al trimestre + IPRF (9%) + la cuota de SS de autónomos (250 EUR)? Eso sería una barbaridad, ¿verdad? Suponiendo que ganaría 2000 euros brutos, con todo eso se me qutaría más del 50% de los ingresos…. O sea, con 2mil euros brutos, ganaría 750 euros netos :/ (2000-21%-20%-9%-250) O es que lo entiendo mal? Estaría muy agradecida por cualquier aclaración. Saludos cordiales,

    1. Voy a aclarar algunas cosas:
      1º- El IVA no lo paga usted. Si factura por 2.000€ de trabajos a una empresa, le agrega el IVA (21%) y el total de la factura es de 2420€. Al final del trimestre, ingresa a Hacienda los 420€ menos el IVA que haga pagado en sus facturas deducibles (compras fiscalmente deducibles).
      2º- El sistema de retención del IRPF depende del tipo de actividad. Para simplificar, digamos que si tiene una actividad profesional, el IRPF se deduce directamente de las facturas (9% durante los primeros años, 21% después). Si tiene una actividad empresarial, hace cada trimestre un ingreso a cuenta del 20% de sus beneficios (ingresos menos gastos fiscalmente deducibles). Es decir, en el ejemplo anterior, en actividad profesional facturaría: 2.000€ de base imponible + 420€ de IVA – 180€ de IRPF = 2.240€ Los 180€ los ingresa su empresa cliente a Hacienda en su nombre. Con el mismo ejemplo, en actividad empresarial, y suponiendo que tenga solamente como gasto la cotización a la Seguridad Social (seguro que habría más cosas), facturaría 2.000€ + 420€ de IVA = 2.420€. Al final del trimestre, tendría que ingresar el IRPF : 20% x (2.000-250) = 350€.
      En cualquier caso, el pago del IRPF es solo provisional. El cálculo definitivo se hace en la declaración de la renta de final de año.

  21. Hola,

    soy una mujer mayor de 35 años que siempre ha trabajado por cuenta ajena (en la actualidad también). Soy Licenciada en Derecho (aunque nunca he ejercido como abogada, ni siquiera me he colegiado) y Mediadora y es respecto a estos 2 temas que me surgen las siguientes dudas:

    1. Para colegiarme como no ejerciente en el Colegio de Abogados, ¿necesito darme de alta como aútonoma (si no voy a ejercer…)?

    2. Para registrarme como mediadora y poder realizar mediaciones esporádicas (es decir, manteniendo como mi fuente de ingresos habitual mi trabajo por cuenta ajena y teniendo lo otro como mero complemento) ¿tendría que darme de alta como autónoma o podría realizar ambas activididades, siempre que no sobrepasara un límite de ingresos por la 2ª actividad?

    Por último, hace tiempo oí algo sobre una figura denominada “autónomo dependiente” o algo así. Era como una situación intermedia entre ser autónomo, y por tanto poder facturar sin límite por servicios profesionales propios, pero trabajando en un % para una empresa o entidad por cuenta ajena, que se hacía cargo de un tanto por ciento de los gastos de autónomo…. ¿Podría aclararme la naturaleza y ventajas de esta figura? Creo que puede ser interesante para mucha gente y es poco conocida.

    Muchas gracias!!!

    1. Gracias por comentar sus dudas.
      Respecto al primer punto, no conozco las condiciones para registrarse en el colegio de abogados, y por lo tanto solo le puedo recomendar que pregunte en su colegio por los requisitos. Sin embargo, la lógica dicta que no deberían exigirle ser autónoma si se registra como no ejerciente.

      Sobre el segundo punto. Para poder facturar legalmente, tiene que estar registrada en Hacienda en el IAE (modelo 037). Luego, el criterio para estar registrada en la Seguridad Social (en el RETA), es si su actividad es habitual o no. No está muy claro lo que se puede considerar como habitual o no, pero la reglementación no indica un importe de referencia.

      Sobre la figura del autónomo dependiente, en principio fue una figura que se estableció para procurar equiparar un poco la situación de los autónomos que trabajaban casi exclusivamente para una empresa con la situación de los empleados. Por lo tanto, cuando las ventas de un autónomo se hacen por más del 70% a una sola empresa, se considera que es dependiente, y tiene más derechos que un autónomo estándar. Si quiere saber más, le aconsejo visitar la página de la Seguridad Social.

  22. Hola, gracias por su blog. Mi caso es que con 52 años he quedado en paro, con 23 años cotizados. No necesito trabajar para vivir pero veo que por no hacerlo voy a perder gran parte de la pensión máxima que me correspondería.
    Mi pregunta va enfocada a si merece la pena darse de alta, hacer una actividad profesional aunque de pocos beneficios, para poder cotizar el resto de años hasta los 67. ¿es una buena inversión?. Gracias

    1. Gracias por comentar. Es una pregunta interesante la que plantea. Para tener una aproximación de si le merece la pena, puede ir a la página de la seguridad social y buscar la herramienta para calcular su jubilación.

      Los criterios que tiene que tener en cuenta son:
      Que hace falta haber cotizado al menos dos años en los 15 anteriores a la jubilación para tener derecho a una pensión.
      Que el cálculo se hace sobre las bases cotizadas de los últimos 25 años.
      He probado la aplicación con distintas posibilidades:
      1- cotiza dos años como desempleado con derecho a prestación y luego nada durante los últimos 13 años
      2- cotiza los próximos 15 años con la base mínima
      3- cotiza los próximos 15 años con la base máxima

      Evidentemente, con la opción 3, tendría derecho a una pensión muy cercana al máximo posible. Según la aplicación, le saldría unos 2.950€ mensuales (en euros de 2028, es decir con muchas subidas de IPC estimadas por la herramienta). Salvo error, la opción 2 me da una pensión mensual de 1.800€ y la opción 1 una pensión de 1.200€. Es muy importante recordar que se trata de euros de 2028, que valen mucho menos que los de hoy.

      Dado que no estoy acostumbrado a usar esta aplicación ni soy especialista en pensiones, le recomiendo que pida asesoramiento directamente a la Seguridad Social o a una persona especializada en el tema.

      En la simulación, llegue a la conclusión de que pagar la cotización máxima le salía más rentable que pagar la mínima a partir de 11 años de jubilación. No hice comparaciones con la opción 1. Como sabrá, y aunque sea un asunto un poco desagradable, para saber si le compensa una u otra opción hay que estimar cuanto tiempo se va a vivir después de la jubilación. Cuantos más años se vive jubilado, más compensa cotizar al máximo porque se cobrará un importe mayor de pensión durante un tiempo largo.

  23. Buenas tardes. En mi caso, soy una chica de 25 años que quiere darse de alta para montar una academia de lenguas. Tendría que alquilar un local o piso destinado a tal. Y no tengo muy claro si me acabaría compensando. Me gustaría saber cuales serían los gastos con los que contar mensualmente/anualmente. Muchísimas gracias! Un saludo

    1. Los principales gastos serían: el local (no solo el alquiler sino también la luz, el agua, la calefacción), la cotización autónomos (unos 250€ al mes a medio plazo, pero como tiene 25 podría beneficiarse durante unos meses de los descuentos previstos: 50€ durante 6 meses, etc.). Puede que necesite contratar una gestoría para llevarle las declaraciones trimestrales (cuente unos 50€ mensuales).
      También debería contar con un presupuesto de publicidad para hacerse conocer, al principio al menos.

      Estoy suponiendo que es una actividad de una sola persona. En caso de contratar empleados el coste sería el sueldo bruto anual más aproximadamente un 35% de cotización a la Seguridad Social.

      De todos modos, si necesita un plan de negocio, se lo podemos preparar. Será un placer: http://www.cofike.com/plan-de-negocio.php

      1. Muchísimas gracias por su ayuda. Me ha sido de mucho. Sigo planteandome el tema, y siguen surguiendo dudas… acerca de un seguro hacia los alumnos…es necesario?sería suficiente un seguro para el local/piso? podría acceder a un seguro de responsabilidad civil? estoy muy perdida en el tema.
        Gracias por anticipado. Un saludo

  24. Hola,

    mi mujer se dio de alta como autónoma en Nov 2012, y cuando fue a la seguridad social le dijeron que no tenía que hacer ningún aporte por ser menor de 35 años.
    El tema es que realmente no facturó nada hasta este mes, y entonces el gestor le dice que si, que en realidad debería haber aportado como 170€ mensuales, pero que probablemente Hacienda (o quien toque) pase por alto esto… y que si no lo pasa por alto, dado que puede demostrar que no ha facturado nada hasta ahora, sería algo defendible.
    ¿Es realmente así? Muchas gracias.

    1. El criterio por estar o no de alta en la Seguridad Social es tener una actividad habitual. En principio no tiene nada que ver con facturar mucho o poco, pero es cierto que si no ha facturado nada, podría argumentar que en realidad no ha iniciado su actividad.

      Las mujeres de hasta 35 años pueden tener un descuento en la cotización de la Seguridad Social (un 30% durante 30 meses).

  25. hola,estoy pensando en hacerme autonomo,soy fontanero-albañil,y como no quiero tener problemas legales quisiera saber lo que me conviene hacer,aclaro que de momento solo pienso trabajar en reformas de baños y cocinas,la actividad la desarrollaria solo,sin ayudantes ,tengo 50 años ,varios años en paro y seria en la comunidad de madrid,gracias de antemano

    1. Los más habitual en este caso es darse de alta como autónomo. Es decir ir a Hacienda en registrarse en el IAE, luego a la Seguridad Social para registrarse en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) y a partir de allí, hacer las declaraciones trimestrales que correspondan.

      Si no quiere preocuparse por los trámites y las declaraciones, le aconsejo que se busque una gestoría. Hay de todo, pero para una actividad sencilla puede encontrar una que le gestione todo por unos 30€ al mes.

  26. era una pregunta estoy interesado en alquilar una taberna para , cuales son lo pasos a seguir , y tambien quiero contratar a dos empleados , ¿me tengo quedar de alta como autoomo? cuanto me costaria , cual seria el papeleo cuinato tendria que pagar el primer mes men lo que a documentos se refiere

    1. Si quiere alquilar una taberna lo ideal es que escoja un establecimiento que ya tenga una licencia de apertura en vigor, sino, tampoco pasa nada, solamente tendrá que solicitar una nueva licencia.
      Tendrá que darse de alta en Hacienda (para poder facturar) y en la Seguridad Social, tanto a título de autónomo (250€ de cuota mensual mínima) como empleador (si piensa contratar trabajadores). Tiene que tener en cuenta que la Seguridad Social de un empleado pagada por el empresario representa aproximadamente un 35% adicional sobe el sueldo bruto.
      Puede dejar el papeleo a un gestor, ya que además de las declaraciones trimestrales que tendrá que hacer como autónomo, también tendrá que hacer nóminas mensuales e informes para la Seguridad Social, sin contar el alta de los trabajadores con sus respectivos contratos.

  27. Buenas quisiera saber que gastos tengo que pagar a la seguridad social por ser mujer con 30 años cumplidos en octubre del 2012.
    He leído en varias webs y sigo sin aclararme. Si tengo alguna deducción, cuanto duraría?

    Gracias

    1. Entiendo que entraría en los requisitos de la famosa “tarifa plana” para jóvenes de hasta 30 años, ya que el criterio de edad suele ir hasta el último día de la edad límite en este tipo de ayudas. También hay una deducción para mujeres hasta 35 años en cotización de la Seguridad Social que exisitía antes del anuncio de la tarifa plana. En este caso la deducción es del 30% durante 30 meses.

  28. hola!! soy un joven de 28 años que quiere montar una empresa de reparto de alimentos a fruterias y restaurantes y me gustaria saber que ayudas hay para este caso y que papeleos y gastos conlleva esta actividad…GRACIAS

    1. Ayudas – Al tener menos de 30 años puede tener la deducción en la cotización de autónomos (los famosos 50€ durante 6 meses). Si está en paro con derecho a prestación puede pedir el pago único. Si está en paro puede solicitar las ayudas al autoempleo que gestionan las CCAA (pero tardan mucho en pagarlas: años).
      Papeleo – Aparte de los de cualquier actividad (declaraciones trimestrales), tiene que ver con su ayuntamiento si su local necesita licencia de apertura (y cuales son las condiciones para obtenerla). También es recomendable que pregunte en Sanidad y Consumo por las exigencias legales en este tipo de negocio (supongo que al manipular alimentos hacen falta cumplir unas normas sanitarias).
      Gastos – Habría que estudiarlo en detalle. Si le interesa tenemos un servicio de elaboración de plan de negocio: http://www.cofike.com/plan-de-negocio.php

  29. Buenas tardes. Me gustaría saber si tengo la obligación de seguir cotizando como autónomo en la Seg. Social después de cumplidos los 18 (12 + 6) meses de una baja laboral por enfermedad común, independientemente de lo que decidan en la próxima revisión medica. Gracias.

  30. Esto es lo que voy a hacer como autonomo, limpieza a una comunidad.
    cobrare 7.50 hora * 6 horas diarias* 22dias al mes =990 al mes, mas IVa
    Que tengo que pagar de IVA lo se, el autonomo tambien +/- 250 al mes.
    Mi duda es que tengo que pagar de IRPF si el 20% del ingreso (990) o 20% de lo que quede despues de mi nomina

    1. La provisión del IRPF se hace sobre los ingresos netos (ventas menos gastos fiscalmente deducibles). Es decir, en su caso, tendría que pagar sobre 990 menos 250 menos otros gastos que tenga derecho a deducirse.
      También hay otro matiz importante. El artículo 80 bis de la Ley del Impuesto permite una deducción en el IRPF para aquellas personas cuyos ingresos netos no superan cierto importe (creo que 8.000€ en base anual). Por poco que tenga algunos gastos deducibles a parte de la cotización de Seguridad Social, es posible que tenga derecho a esta deducción adicional, que puede llegar a ser de 400€ en todo el año (siempre que los ingresos sean muy bajos).
      El propósito de este ajuste es no perjudicar a aquellas personas con ingresos muy bajos que pagando el 20% tendrían luego que esperar hasta la campaña de la renta para recuperar lo que se pago de más.

  31. Hola buenas tardes. Tengo en proyecto crear una tienda on-line y ando algo perdido. Deseo comercializar un potente afrodisiaco que yo mismo elaboro a base de plantas totalmente naturales, y no se si necesito algún permiso y/o licencia en particular por tratarse de un producto alimenticio. A cerca de los temas legales, lo único que tengo claro es que hay que pagar I.R.P.F anualmente, la cuota mensual de autónomo y un ejercicio del I.V.A trimestral y anual, ¿es correcto? Respecto a lo demás, tengo dudas a cerca del alta en el IAE, porque he leido en unos sitios que es obligatorio y en otros que solo si mueves cantidades superiores al millón de euros, ¿como funciona exactamente? Me inquieta también el tema de la protección de datos de los clientes ya que parece ser que hay que inscribirse en un fichero o algo parecido y su precio es elevado por lo que he visto, ¿es obligatorio realmente? Me gustaría saber cuales son los pasos que deberia seguir exactamente para la creación de mi tienda on-line, ya que en el ejemplo de tienda on-line que habeis puesto no decis nada a cerca de lo que os he comentado de la protección de datos, el IAE y más cosas que he leido por ahí y que me inquietan bastante, pues quiero hacerlo todo ajustandome a la legalidad vigente para evitar sustos a posteriori, pero sin realizar trámites a los que no esté obligado y sean así innecesarios y costosos. Muchas gracias de antemano. Un saludo.

    1. Tiene que dirigirse a Sanidad para saber cuales son los requisitos para comercializar su producto.

      Si se da de alta como autónomo, tendrá que pagar la cotización cada mes, hacer la declaración de IVA cada trimestre, y hacer un pago a cuenta trimestral del IRPF (el 20% de sus beneficios del trimestre).

      El registro en el IAE (Hacienda) es obligatorio para todos, pero solo las empresas que facturan más de un millón pagan el impuesto de actividades económicas.

      Si tiene una base de datos en principio la tiene que registrar y cumplir con la ley de protección de datos.

  32. Buenas tardes,
    soy administradora única de una empresa familiar (Sociedad Limitada) y tengo parte de las acciones un 24%. Tributo como autonoma, y ahora quiero montar una pequeña tienda online por mi cuenta y sin dejar el trabajo en la empresa familiar. Tengo varias dudas: ¿me he de dar de alta en algún sitio?, ¿he de notificar la nueva actividad?, ¿he de pagar otra vez autonomos?.
    Muchas gracias

  33. Hola! me gustaría montar una empresa para cuidar niños a domicilio, llevarlos de paseo o lo que me pidan los padres!Sería posible hacerme un seguro de autonomo para dedicarme a esto?? cuanto me costaría empezar con un seguro de autonomo? gracias

    1. No entiendo a que se refiere con seguro de autónomo. Si se refiere a las cotizaciones de la Seguridad Social tiene la información en el artículo. Si habla de un seguro para cubrir posibles incidentes con los niños, lo tendrá que averiguar con aseguradoras.

  34. HOLA..TENGO 40 AÑOS Y ESTOY PENSANDO TRABAJAR COMO AUTÓNOMO CON UNA FURGONETA..CUANTO ME COSTARÍA INICIARME COMO AUTÓNOMO..Y CUANTO DEBERÍA DE ABONARLE A LA SEGURIDAD SOCIAL MENSUAL….Y QUE REQUISITOS ME PIDEN…..GRACIAS….

  35. soy un chico joven de 25 años, en paro y queria darme de alta como autonomo. queriendo montar una fontaneria 24h y me gustaria saber que pasos he de dar , cuanto pagare de autonomo siendo unico trabajador de la empresa que montase.

  36. hola, soy una persona desempleada, y me a salido un trabajo de reformar un cuarto de baño en el cual se tardaria 10 dias.
    mi pregunta es.¿tengo que darme de alta en autonomos? o si por el contario con darme de alta en hacienda es suficiente

  37. hola, estoy pensando en emprender por que me encuentro en paro tengo 25 años. estaba pensando en montarme un comercio al por menor a través de internet oscea en cristiano COMERCIO ELECTRONICO estoy informándome de un mayorista que tiene un almacén con el cual trabajaría y no tengo que tener ningún stock ya que el pedido lo haría directamente a través de internet al mayorista y el enviaría el pedido a mi cliente desde su almacén. entonces no se que requisitos debo tener, si ser autónomo o constituir una sociedad y si es así cuales serian los gastos de autónomo o constitución…agradecería mucho su ayuda

    1. No tiene porque constituir una sociedad, puede trabajar como autónomo. Sin embargo, en general se recomienda la sociedad por cuestiones de imagen (da más confianza al cliente que se interese por saber más quien le está vendiendo).

      Como autónomo pagaría 250€ al mes, pero al principio se beneficiaría de los descuentos anunciados recientemente por el Gobierno, empezando con los 6 meses a 50€.

      Montar una SL suele costar entre 1.000€ y 2.000€. Puede leer nuestro artículo: https://blog.cofike.com/pasos-para-crear-una-empresa/

  38. Mi consulta hace referencia al Recargo de Equivalencia (RE). Actualmente estoy dado de alta como autónomo, tengo una tienda online de electrodomésticos ( no tengo tienda física). Es posible evitar el RE siendo comercio minorista ( en este caso únicamente online)? He leído que se puede evitar si vendo al mayor el 20 % de la facturación, es correcta esta información?

    Saludos

  39. Soy trabajador por cuenta ajena a jornada completa y me gustaría darme de alta en el régimen de autónomos para hacer trabajos esporádicos en mi tiempo libre. Con esporádicos me refiero a que habrá meses que no haga nada y otros que pueda dedicar unas 40 horas en todo el mes. Me podría decir qué tendría que hacer y el coste??. Muchas gracias

  40. Buenos días:
    Trabajo a media jornada en una tienda de lunes a viernes. Tengo 30 años.
    Me han ofrecido un trabajo como empleada de hogar los fines de semana y pensaba en hacerme autónoma.
    ¿Cuanto me supondría económicamente, más o menos?
    ¿Dónde me podrían dar una información exashustiva al respecto?
    Gracias y saludos.

  41. Buenas tardes,
    ¿Me podrían resumir qué gastos tendría yo en caso de hacerme autónoma? Soy mujer, 60 años, y quisiera hacer traducciones por un lado para una agencia de traducciones de mi pueblo y por otro lado para el público en general. Todo sería online. El volumen de trabajo no es muy grande con la crisis que hay. ¿Tendría que hacer facturas con IVA? ¿Tendría alguna subvención para poder pagar la Seguridad Social al principio? Vivo en Canarias.

    1. Para facturar tiene que registrarse en Hacienda en el IAE (modelo 037). Si se trata de una actividad habitual tendría que también pagar la Seguridad Social (unos 250€ al mes). Para saber si tiene que facturar con IVA (o IGIC en su caso, al estar en Canarias), tiene que preguntar en la Agencia Tributaria.

  42. Hola…
    Soy diseñadora gráfica, tengo 45 años y actualmente estoy al paro. He pensado en montar un pequeño negocio con la maquinaria mínima necesaria con que ya dispongo en casa y en un local de pequeñas dimensiones que me han ofrecido alquilar ayer mismo por buen precio durante el primer año.
    Me gustaría saber en que actividad puedo darme de alta o si disponen de algún link, donde me pueda informar, sobre las actividades y que beneficios o inconvenientes se me pueden presentar por ser mujer de 45 años y madre de 2 hijos menores.
    Muchisimas gracias.

  43. “El 28/01/2013 el Gobierno anunció una bajada de la cotización para los jóvenes menores de 35 años que pagarán solo 50€ al mes durante 6 meses.”

    esta bajada ha entrado ya en vigor?

  44. “El 28/01/2013 el Gobierno anunció una bajada de la cotización para los jóvenes menores de 35 años que pagarán solo 50€ al mes durante 6 meses.”

    Soy mujer y este año cumplo 35 años (en marzo), para poder aprovechar bajada de la cotización debería darme de alta antes de mi cumpleaños o puedo hacerlo en cualquier momento a lo largo de todo 2013 aunque cumpla 35 en marzo?

  45. Buenas tardes
    Si me permiten una pequeña corrección, en la parte que se refiere al IRPF, desde el pasado septiembre las retenciones ya no son del 7 y el 15%, sino del 9% (el tipo reducido para los tres primeros años –no dos–) y del 19%.
    Gracias

  46. Mi madre de 86 años vive conmigo y mi familia, como me podria dar de alta en la Seguridad Social como cuidadora?. Tendria que pagar ella el alta?, tendria que hacerme autonoma yo, y de que tipo y cuantia estariamos hablando?. Muchas gracias.

    1. No estoy familiarizado con la ley de dependencia, lo siento. Pero supongo que usted se puede dar de alta como autónoma, y pagar su propia cotización (mínimo 250€ mensuales). Le aconsejo que vaya a una oficina de la Seguridad Social a pedir informacion.

  47. Buenas tardes, tengo nacionalidad italiana y quiero abrir un e-commerce de productos de belleza aqui en España para verderselos a otros paises. Necesito darme de alta en la seguridad social para poder hacer mi NIE? Todavía no tengo ningún documento. Que es lo que necesito para darme de alta? Y cuando me doy de alta tengo que pagar algo, mismo sin todavía tener mi negocio abierto y estar trabajando? Y la tarjeta sanitaria, la puedo hacer sin numero de seguridad social Y NIE?

    1. Tengo entendido que como ciudadano de Italia obtiene la tarjeta de residencia sin problema (aunque tarde algo en tramitarse). No creo que haga falta estar registrado en la Seguridad Social. Pero son tramites de extranjería y no estoy totalmente familiarizado con ellos.

      Una vez de alta, puede registrarse en Hacienda (IAE) y la Seguridad Social (RETA).

  48. Quiero prestar un servicio desde mi domicilio para recoger llamadas de otros autónomos que no dispongan de tiempo para atender el teléfono, podrían decirme que gastos podria deducirme y en que actividad debería solicitar el alta ?Yo trabajo dada de alta en la S.Social en una empresa media jornada , también me gustaría saber si hay algun tipo de deduccción en la cuota de autónomos en mi caso. Gracias por todo.

    1. Puede revisar la lista de los IAE aquí:
      https://blog.cofike.com/lista-de-epigrafes-del-iae/

      El coste de autónomos es de unos 250€ al mes. Hace unos meses, el Gobierno hablo de la posibilidad de cambiar la ley para que las personas con trabajo por cuenta ajena solo paguesen la mitad de la cuota, pero aun eso no ha salido.

      Sino, si llegase al máximo cotizado de la Seguridad Social (algo dificil con un contrato de media jornada), podría solicitar la devolución de la mitad del importe cotizado como autónomo el año siguiente.

  49. Quiero abrir un negocio de alimentación me gustaria saber si por ser familia numerosa tengo algún descuento en autonomos o si tengo alguna ayuda en especial

    1. No tengo conocimiento de un descuento en la cuota de autónomos por familia numerosa (lo que no significa que no haya). Sé que los hombres hasta 30 y las mujeres hasta 35 tienen un descuento del 30% durante 30 meses. Lo más sencillo es que pregunte en la Seguridad Social por sus derechos a descuento.

      Por otro lado, puede ver si cumple los requisitos para el pago único o las ayudas al autoempleo.

  50. Buenas,tengo una pregunta,quiero empezar trabajar por internet como agente de inmobiliaria,tener mi propia pagina web pero sin tener una oficina. en este caso debe ser autonoma o no? a lo mejor primer tiempo no tendre los binificios
    Gracias

    1. En principio, en cuanto inicie la actividad (y aunque no este facturando aun) tiene que registrarse en Hacienda en el IAE, y al tratarse de una actividad económica habitual, también en Hacienda. Sin embargo, puede esperar a tener su primera facturación para darse de alta, parece poco probable que tenga problemas por Hacienda por haber tenido una web activa antes de registrarse.

  51. Quisiera saber,al darte de alta como autonomo empiezas a pagar la cotizacion de inmediato o ay un plazo de gracia, es decir se empieza a pagar el mismo mes que te das de alta o no gracias

    1. No hay plazo de gracia. Peor aun, se cobra siempre el mes íntegro, sea cual sea la fecha de inicio. Por eso es recomendable empezar a principios de mes. También es mejor empezar a principio de un trimestre para no tener que hacer las declaraciones hasta pasados 3 meses.

  52. Estoy montando y promocionando un servicio de Limpieza para particulares y empresas y Lavandería de Mantelería para Bares y Restaurantes, mi duda es si puedo tener algún problema por empezar mi negocio sin facturar y sin darme de alta de autonomo hasta que tenga algunos clientes fijos ya que serían gastos sin ingresos!! He estado leyendo algo sobre darse de alta en hacienda solo para poder emitir facturas y creo que podría ser una opción solo para el principio pero estoy hecha un lío y no se por dónde empezar. Mañana tenía pensado recorrer las administraciones de fincas y restaurantes ofreciendo nuestros servicios pero seguro que para comunidades me piden facturas, como lo hago? Cualquier ayuda me será muy útil , gracias por su tiempo!,

    1. Si se refiere a esperar a tener suficiente facturación para empezar a pagar la cotización de autónomos, no se puede. Si su actividad es habitual, tiene que ir pagando los 255€ al mes de cotización en cuanto empiece a facturar, además de estar dada de alta en Hacienda y pagar IRPF e IVA.

    2. Hola Mariana…No tengo mucha idea pero me suena mucho que se puede facturar con tu DNI una cantidad máxima anual, unos 3000 euros, sin necesidad de darse de alta como autónomos hasta que se rebase tal cantidad…suerte!

  53. Buenas tardes.

    Me di de alta como autónomo en mayo, así como en un epígrafe profesional. Como era la primera vez (inicio de actividad) le vengo facturando a las empresas un 7% de IRPF (ahora 9%). Antes había trabajado como asalariado, con contrato (hasta Octubre del año anterior), por lo que realmente no sé si estoy haciendo bien en aplicar el IRPF reducido o tendría que ser el 21%.

    Gracias.

  54. Hola,
    estoy interesado en montar un negocio pero no se lo que debo pagar, el negocio seria de intermediario de frutas y verduras, la cuestion seria llevar la fruta y verdura a la tienda en el mismo dia que se recolecta, no pasaría por ningún local ni nada, la duda es si tengo que tener un local para este tipo de negocio o solo con la furgoneta basta, el tipo de IVA que tiene al ser alimentación. Yo tengo 18 años, si yo contrato a alguien para que haga el trabajo, debo de pagar mi SS? ya que yo no trabajaría.
    Gracias de antemano

    1. Buenos días,

      Le recomiendo que se dirija a la consejería de sanidad y consumo para preguntar por lo posibles requisitos legales. Quizás no necesite local, pero es posible que su furgoneta cumpla unos requisitos (por ejemplo que tenga una parte frigorífica).

      Las frutas y verduras tienen el IVA super reducido del 4%.

      Aunque no trabaje en este negocio, tendrá que cotizar como autónomo. Incluso si creará una sociedad para gestionar la actividad y que fuera simple accionista, al tener más del 50% de las acciones la ley le obliga a cotizar como autónomo.

  55. Buenas noches actualmente estoy desempleada y una amiga y yo estamos pensando en crear una línea erótica, nos han comentado que tenemos que darnos de alta en la seguridad social, pero ¿debemos hacerlo las dos por separado? ¿que otros pagos tendríamos que hacer???
    Muchas gracias.

    1. Si las dos se van a dedicar a esta actividad, las dos tienen que darse de alta como autónomas, porque serían una actividad económica habitual.
      Desde el punto de vista de impuestos, aparte de la ya mencionada cotización, tendrían que gestionar el IVA (IVA cobrado en las llamadas menos el IVA pagado a sus proveedores), y hacer un pago a cuenta del IRPF trimestral (el 20% de los beneficios de su actividad durante el trimestre).

      También tienen que tomar en cuenta que probablemente tengan que anunciar el número de teléfono, para destacar de la competencia, y el gasto en publicidad puede ser importante.

  56. hola .
    actualmente estoy desempleado y me gustaria empezar a trabajar
    por mi cuenta como mensajero autonomo. ya que tengo coche y moto.
    . Que tengo que hacer ? Donde tengo que apuntarme para ser un mensajero autonomo
    y mas o menos cuanto gastaria en ello?

    1. Buenos días,

      En primer lugar lo más importante es conseguir clientes para este servicio. Una vez que vea que hay posibilidades, debería informarse sobre los requisitos que pueda haber (por ejemplo preguntando en Tráfico y en la Consejería de Transporte de su Comunidad Autónoma).

      Supongo que al menos le será necesario un seguro de responsabilidad civil (además de los seguros de coche y moto).

      Sobre los gastos, aparte de la cotización de autónomos (254€/mes), en principio lo más caro sería la gasolina y el seguro de responsabilidad civil (suponiendo que no necesite un local).

      Si necesita que elaboremos su plan de negocio para valorar la viabilidad de su idea, puede visitar: http://www.cofike.com/plan-de-negocio.php

  57. si una persona cobra los 426 euros puede hacerse autonoma y seguir cobrando, y si no es asi me gustaria saber cuanto hay que pagar de seguro de autonomo y donde poder encontrar ayuda economica para abrir un negocio

    1. No estoy muy familiarizado con las prestación de los 426€, pero tengo entendido que estas ayudas, igual que el paro, suelen ser incompatibles con el ejercicio de una actividad económica propia como es el caso de autónomo.

      De momento la cotización mensual mínima de autónomo es de 254€, y algo menos en algunos casos (jóvenes con descuento de un 30% durante 2 años, por ejemplo).

      Las ayudas que puede encontrar principalmente son las subvenciones: el pago único si tiene prestación por desempleo, la subvención para el autoempleo que gestiona su Comunidad Autónoma (también hace falta ser desempleado). Puede pedir un aval de una sociedad pública de garantía recíproca para obtener un crédito para su proyecto.

  58. Buenos dias,
    trabajo como autónomo con un familiar,los dos autónomos,en una peluquería constituida en sociedad civil.Pagamos la cuota mínima con cobertura,que asciende a unos doscientos noventa y tantos euros,no recuerdo en detalle,pero el problema es que la facturación ha caido mucho y casi no llegamos a fin de mes,se nos hace muy duro dedicar esa cantidad fija de cuota de autónomos más los otros gastos.
    Querría un poco de orientación,ver cómo hacer para reducir la cotización.Yo tengo 47 años,y he estado incluso pensando darme de baja de autónomos.¿qué me aconsejan?¿habría alguna ayuda por ser mayor de 45 años?¿puedo solicitar el paro dada mi situación para más adelante volver a incorporarme cuando las cosas vayan mejor? gracias.

    1. Si está pagando 290, la única forma de rebajar la cuota es dejar de cotizar por la parte no obligatoria de la cotizacion, es decir accidentes de trabajo y prestacion por cese de actividad, pero solo son unos 30 euros mensuales, pero evidentemente perdería las prestaciones asociadas a esta cotización voluntaria.

      El paro para autónomos se llama en realidad prestación por cese de actividad, y no basta con darse de baja para cobrarlo. Además de haber cotizado un mínimo de un año por esta contigencia, es necesario cumplir un criterio de cese de actividad, es decir pérdidas importantes durante al menos un año:
      https://blog.cofike.com/paro-autonomos/

      Algunos gestores le dirán que si factura menos que el salario mínimo (menos de 640€), no tiene porque pagar la cotización de autónomos, pero en realidad la normativa no pone un importe mínimo, sino que habla de actividad habitual, por lo que si se diera de baja y siguiese trabajando podría tener problemas.

  59. Hola,

    Mi consulta es la siguiente: Soy electricista/fontanero tengo 34 años y actualmente estoy cobrando la prestación de desempleo.
    Me surgen obras esporádicas y querría saber que opciones tengo para cotizar y estar protegido. Solo puedo darme de alta como autónomo? o tengo otras opciones?

    Gracias

    1. Para trabajar legalmente y cotizar básicamente solo hay dos opciones: o le hace un contrato de trabajo (incluso por una duración muy corta), o se da de alta como empresario individual en Hacienda y cotiza como autónomo en la Seguridad Social.

      Me parece que algunos contratos de trabajo (por ejemplo a tiempo parcial) son compatibles con la prestación por desempleo (bajo algunas condiciones). Darse de alta como empresario individual creo que no es compatible con el paro. En cualquier caso, le recomiendo que consulte en la Seguridad Social y en la oficina de empleo si existen posibilidades para trabajar legalmente de forma puntual y seguir cobrando el desempleo.

  60. Buenos días, estoy pensando en darme de alta como autonoma para hacer trabajos como traductora, pero al ser trabajos puntuales me gustaria saber si puedo darme de alta y luego baja cada vez que me surja un trabajo o cual sería la mejor opción en mi caso, porque si fuera factible lo que planteo tendria q pagar cada vez los 254 euros?
    Un saludo.
    Muchas gracias.

    1. Si al principio no es una actividad habitual, puede limitarse a darse de alta en Hacienda, y hacer las respectivas declaraciones. Cuando se convierta en actividad habitual, entonces tendría que darse de alta también en la Seguridad Social y pagar la cotización.

      Darse de alta y de baja es una posibilidad, pero solo si hay muy pocos trabajos, porque sino llama mucho la atención.

  61. Buenas tardes!!

    mi pregunta es: para una tienda del hogar (decoracio,utensilios cocina,regalos,cuadros,etc..) de una superficie de unos 80 metros cuadrados cuanto dinero maso menos necesitaria para el genero?? no consigo averiguar cuanto..y no me gustaria quedarme corto al pedir el prestamo al banco si me podeis daruna cifra aproximada porfabor os lo agradezco mucho.

    Gracias

    1. Puede estimarlo de la siguiente manera:

      Haga una estimación de las ventas que podría tener, en base a esto estime cuanto stock necesitaría expresado en tiempo, y de allí estima el valor del género.

      Pongo un ejemplo: suponiendo que quiere vender por 10.000€ de productos (sin IVA) al mes. Estimando que tenga un margen del 40% en el producto, un mes de compra le costaría 6.000€. Si por otro lado estima que para funcionar bien necesita un stock de aproximadamente 45 días de venta, entonces necesitaría un stock de 9.000€ más IVA.

      Resumiendo: para saber cuanto va a tener que comprar, necesita estimar cuanto va a vender. Es complicado, pero al principio mejor quedarse corto que tener un montón de productos sin vender. Si se ha quedado corto, siempre puede compensarlo con pedidos urgentes que le costarán más pero al menos significaría que las ventas van mejor de lo previsto.

      Si lo necesita, podemos ayudarla a elaborar su plan de negocio: http://www.cofike.com/plan-de-negocio.php

  62. Hola buenas tardes, mi consulta es porque estoy pensando en abrir un pequeño negocio y me gustaría preguntaros si dispondria de algún tipo de ayuda con estos datos tengo 42 años, me queda 1 mes de paro y vivo en Andalucía.

    Un saludo y gracias.

    1. Buenas tardes,

      Si solo le queda un mes de paro no puede pedir el pago único. Sin embargo, podría solicitar las ayudas al autoempleo que gestionan la Junta. Siendo hombre de más de 30 años, podría conseguir hasta 5.000€ a fondo perdido, siempre que lo justifique con facturas. El problema es que puede que tarden meses o incluso años en pagarle, por lo que aunque siempre es bueno pedir la ayuda, no hay que contar mucho con ella.

  63. Hola.
    Hace un tiempo que mi pareja y yo tenemos la ilusión de montar nuestro [u]negocio online [/u]pero tenemos mil dudas. Sinceramente no sabemos ni por dónde empezar… Tenemos claro que vamos a vender y de ganas no faltan, pero la experiencia en negocios es nula.
    ¿Cuáles són los primeros tramites a seguir?
    ¿Un gestor nos ayudaría? ¿Puede realizar los tramites necesarios para empezar a vender? ¿O a que organismo debo dirigirme para empezar?
    ¿Ante todo debemos registrar el nombre del negocio a algun organismo? ¿Cuál? ¿Que suele costar?
    Debo decir que los 2 trabajamos por cuenta ajena y no sabemos si es un incompatible las 2 tareas a la vez (empresa privada+negocio propio).
    ¿Hay que hacerse autónomo aunque trabajemos por cuenta ajena?
    En fin, tenemos la idea, el nombre, las ganas pero por desgracia muchas dudas. ¿Nos podeis ayudar?
    ¡Gracias!

    1. Buenos días,

      Para poder llevar una actividad empresarial, necesitan una empresa o ser autónomos. Normalmente, es compatible con un trabajo por cuenta ajena, salvo que en sus contrato de trabajo actual haya alguna cláusula de exclusividad.

      Para registrarse como autónomos, tan solo tienen que dirigirse a Hacienda y rellenar el modelo 037 (registro en el IAE). Luego, con esta inscripción se van a la Seguridad Social a registrarse en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). La cuota de la Seguridad Social es de 254€ al mes, y cobran siempre un mes completo independientemente de la fecha de alta, por lo que se recomienda registrarse a principios de mes.

      También deben saber que si ya cotizan por el máximo en la Seguridad Social (por la parte de empleados), podrán recuperar el año siguiente la mitad de las cuotas de autónomos. Además, el Gobierno anunció en mayo una reforma para que los empleados que tengan una actividad como autónomos solo paguen la mitad de la cuota desde el principio, pero todavía no se ha formalizado este anuncio.

      Para más información sobre el registro como autónomo:
      https://blog.cofike.com/registrarse-como-autonomo/

      Otra opción es crear una SL, pero normalmente interesa cuando las ganancias empiezan a ser mayores:
      https://blog.cofike.com/pasos-para-crear-una-empresa/

      Para registrar un nombre comercial o una marca deberían dirigirse a la Oficina Española de Patentes y Marcas. Creo recordar que cuesta unos 250 o 300€ un registro de 10 años: http://www.oepm.es

      Si se registran como autónomos, dependiendo de la complejidad de la actividad, puede que no necesiten gestor. Pueden ir a Hacienda para darse de alta y recibir la información sobre las declaraciones trimestrales que tendrán que hacer. Las declaraciones no son muy complejas, pero tampoco son sencillas de rellenar cuando no se conocen (hay algo de terminología específica). Cuesta informarse al principio, pero después suelen ser casi siempre iguales. Como digo, depende de la complejidad de la actividad. Al principio, si no quieren complicarse la vida, pueden trabajar con un gestor.

      Añado que si van a necesitar un local, tienen que informarse en su ayuntamiento sobre las condiciones para conseguir la licencia de actividad, y contactar con un arquitecto o aparejador para preparar el informe.

      https://blog.cofike.com/licencia-apertura/

      Espero haber sido de ayuda.

  64. ¿Por qué trabajar y vivir en un país tiene que ser tan complicado? Me retienen de todas partes, pago una cosa llamada IVA en los pañales de mi hijo que no tiene sentido… nos están sangrando!

    1. Está claro que los trámites administrativos en España son demasiado complicados.

      Sobre el IVA, es un impuesto que existe en casi todos los países, porque se ha decidido financiar el Estado principalemente con impuestos sobre el trabajo (IRPF) y el consumo (IVA). Hay alternativas, como impuestos sobre las transacciones financieras o sobre las grandes fortunas, pero no parece que a día que hoy se haya trabajado muy en serio en esta dirección.

  65. Hola, mi pregunta es sobre los impuestos que tengo que pagar al tener una tienda online en Ebay. Estoy en paro, abrí una tienda y estoy generando beneficios. Gano unos 700 euros al mes limpios al mes vendiendo ropa y artículos de bebé. En mi tienda vendo bastante pero los beneficios por compra son muy pequeños. Los 700 euros se generan de obtener pagos por valso de unos 10.000 euros al mes y pagar unos 9.300 que valen los artículos (unas 900 ventas al mes)

    Me pueden orientar un poco?
    GRACIAS por su ayuda

    1. Para poder facturar, tiene que estar dada de alta en el IAE (Hacienda). Además, es una actividad habitual, encima gana algo más que el SMI por lo que seguro que tiene que darse de alta en la Seguridad Social y pagar la cotización.

      Le aconsejo que vaya a una oficina de Hacienda a consultar su caso. En mi opinión, su actividad lleva IVA, y por lo tanto debería hacer las declaraciones trimestrales de este impuesto. Probablemente sea una actividad empresarial, por lo que tendría también que hacer declaraciones trimestrales de IRPF y pagar el 20% de sus beneficios como pago a cuenta de este impuesto para la declaración de la renta. Por beneficios entiendo su margen comercial (los 700 euros mensuales) menos la cotización a la seguridad social y todos los gastos fiscalmente deducibles de su actividad (como parte de su abono a Internet, por ejemplo).

      1. hola , mi caso es el mismo , pero sigo teniendo dudas aunque haiga respuestas arriba, osea hay que pagar iva e irpf tambien de tus beneficios? + tu autonomo claro. por vender ropa online “ebay” hay que pagar 21% de iva de tus beneficios e 20% de irpf tambien? gracias y felicidades.

        1. perdon , olvidaba esto, los gastos que tenga por pagar a ebay por vender articulo y otros gastos referentes a la venta son deducibles ? gracias

        2. El IVA no lo paga usted, lo paga el consumidor final, usted solo lo gestiona para el estado. Nunca tiene que razonar teniendo en cuenta el IVA, su facturación y sus resultados son en base imponible (neta).

          El IRPF es efectivamente el 20% de sus beneficios (ventas netas menos gastos fiscalmente deducibles). Es un pago a cuenta, que se regulariza en la declaracion de la renta del año siguiente.

  66. Buenos días,

    Soy menor de 30 años y nunca he trabajado como autónomo; sin embargo, ahora que estoy pensando en darme de alta por necesidades laborales, me surgen unas cuantas cuestiones que les agradecería me ayudaran a resolver:

    Tengo entendido que hay prestaciones para los menores de 30 años que se den de alta como autónomos, pero:

    1. ¿Tendría derecho a estas prestaciones si estoy trabajando con un contrato de jornada parcial (5 horas a la semana) en otra empresa?

    2. ¿Tengo derecho a la prestación si he trabajado -no como autónomo- el pasado año?

    3. ¿Si me doy de alta como autónomo, tendré que asumir un gasto fijo todos los meses (Seguridad Social, IVA, etc.) o dependerá de lo que facture, aunque algunos meses se limite, por ejemplo, a 500E?

    Muchas gracias por su tiempo.

    Un saludo.

    Iago

    1. Lo mejor es que consulte en la Seguridad Social, pero en mi opinión, al ser menor de 30 años debería tener derecho a un descuento del 30% en la cuota de autónomos durante 30 meses, lo que significa un gasto mensual de 180€ en lugar de 254€.

      El IVA no es un gasto: lo que factura de IVA además de sus servicios lo paga a Hacienda restándole el IVA que paga en gastos fiscalmente deducibles.

      Dependiendo de como esté dado de alta, o le retienen el IRPF en las facturas (9% los dos primeros años, luego el 21%), o hace un pago a cuenta del 20% de sus beneficios cada trimestre (ventas menos gastos fiscalmente deducibles como por ejemplo la cotización a la Seguridad Social).

      Un saludo,

  67. Hola! tras leer todos los comentarios aún tengo una duda. En mi caso soy empleado por cuenta ajena a tiempo completo. Ya tengo un sueldo de X con mis correspondientes impuestos pagados (s.s. incluida). Hoy, paralelamente pienso montar un pequeño negocio propio online de productos no perecederos (cuadros).
    1. Si solo debiera pagar seguridad social, no vale con lo que ya pago por mi nomina?
    2. Si al principio no tengo ingresos o son menores a lo que debería pagar, no hay condiciones que ayuden a quien desea crear negocio en vez de hundirlo? Cláramente quien hace el esfuerzo de iniciar un negocio y en regla, si se le desangra poco futuro tendra, aunque supongo esto es el problema de siempre 🙂
    En fin, en mi caso, siendo empleado por cuenta ajena y ya pagando seg social ¿qué es lo que debería pagar si o si al principio con un negocio online propio paralelo?
    Gracias!

    1. Buenas tardes,

      En la situación actual, si trabaja por cuenta ajena y ya cotiza por el máximo en la Seguridad Social, tiene que pagar la cotización de autónomos para su actividad por cuenta propia, pero al acabar el año puede solicitar que se le devuelva la mitad de lo pagado.

      Como ya hemos comentado, en mayo el Gobierno anunció una reforma para que las personas en pluriactividad (ajena y propia) solo pagasen directamente el 50% de la cuota de autónomos (entiendo que sin tener que ya cotizar por el máximo por cuenta ajena). Pero hasta la fecha no ha salido ninguna ley al respecto.

      Por lo tanto, en principio tendría que pagar 254€ de cotización a la Seguridad Social, ya que se entendería que su actividad por Internet es habitual. Hay gestores que consideran que si gana menos que el SMI no tiene porque pagarlo pero la normativa no dice eso.

      Espero haber contestado sus dudas

  68. Hola, soy animadora sociocultural, mujer y tengo 22 años.
    Estoy pensando en ponerme de autonoma para ir a colegios a dar talleres, organizar fiestas de cumpleaños, cuentacuentos.
    Me gustaria saber cuanto tendria que pagar de autonomos y en el caso que no funcionara y me diera de baja que me quedaria de paro y demas!! Estoy echa un lio!
    un saludo y espero vuestra respuesta.

    1. La cuota de autónomos es de 254€ al mes, pero al ser mujer menor de 35 podría acceder a la deducción del 30% durante 30 meses.
      Si es autónoma, no tiene acceso al paro habitual, pero si las cosas no van bien, podría acceder a la prestación por cese de actividad. Sin embargo las condiciones de esta prestación son muy restrictivas, y creo que pocas personas pueden optar a ella. Puede saber más en este artículo: https://blog.cofike.com/paro-autonomos/

  69. hola! mira mi consulta seria se vendre o alquila una tienda en mi barrio bueno es una parada exterior del mercado, y me interesaria cojerla pero poner a mi madre a trabajar en ella ya que yo estoy trabajando y estoy fija y de momento la cosa pa tirando… pero ella por motivos, no puede ser autonoma ni nada que ver con eso solo dependienta, yo soy dependienta en mi tienda y claro cmo mi trabajo no lo quiero dejar puedo estar en mi trabajo y a la vez ser autonoma? o como puedo hacerlo para ser yo la dueña pero trabajando en otro sitio cmo lo tendria que hacer ?? espero que me lo pueda explicar todo bien para saber si hacerlo o dejarlo correr….gracias.

      1. En principio podría tener un descuento del 30% en la cuota de autónoma por ser jóven menor de 35 años. Luego tiene que saber que tendrá que pagar la Seguridad Social de su empleada, es decir aproximadamente un 35% más que el sueldo bruto. Luego los gastos asociados al negocio, y por supuesto los impuestos (IRPF, IVA).

    1. Salvo que su contrato de trabajo actual no le permita tener otra actividad, en principio puede perfectamente ser autónoma, y contratar a alguien para ser la dependienta en el negocio.
      Recuerdo que había limitaciones para contratar a familiares en el régimen general de la Seguridad Social, pero si no vive en el mismo domicilio, en principio no hay problema.

  70. Hola, muy bueno el blog, a mucha gente le ira bien para tener mas idea en este tema a la ora de acerse autonomo.
    yo no se mucho de esto y he estado mirando bastante sobre este tema para hacerme auonomo y es un lio.
    Mi idea es montarme un negocio que consiste en una finca realizar capeas y celebraciones (cumpleaños, despedida de soltero, comidas de peña…)

    Mi duda es la siguiente, que dependera de si me saldria rentable y seguir o dejarlo estar.
    Yo alquilaria las becerras por 200€ y cobraria 400€ la capea (ganaria 200e por capea)
    de esos 200e ¿cuanto se me quedarian netos? Mas lo que me gaste en comprar comida y distintas cosas para la finca.
    Aparte de la cuota mensual a la seguridad social.

    Esto seria un negocio solo en verano ya que es al aire libre y en invierno estaria cerrado, ¿abria alguna forma para pagar menos o ninguno impuesto en invierno?
    Gracias y espero averme explicado bien

    1. Lo normal es que se registre en Hacienda (en el IAE) y en la Seguridad Social como autónomo.
      La cotización mensual son 254€.
      Trimestralmente tendría que hacer un pago a cuenta del IRPF, que sería el 20% de sus beneficios del trimestre (los 200 de beneficio por capea multiplicado por el número de capeas menos cotización a la seguridad social y otros gastos fiscalmente deducibles).

      Si no tiene actividad en invierno, tiene dos opciones: o darse de baja y no pagar nada (y entonces durante estos meses no cotiza al sistema de salud y ni a las pensiones), o seguir de alta, pagando la Seguridad Social y acumulando derechos a pensión.

  71. Hola. La verdad entiendo poco de estas cosas, porque siempre he sido un asalariado, pero ahora, en plena crisis, y como hace ya 2 años que estoy en paro, he pensado juntar mis últimos ahorros y montar un negocio aquí, en galicia. En concreto un compra-venta de coches usados.
    El problema es que no sé a cuanto ascenderían mis gastos; de puesta en marcha y los fijos (concretamente en temas de autonomos, iva, irpf y demás impuestos y licencias…).
    Lo cierto es que aunque tengo muchas ganas de tirarme a la piscina, temo que mi intentona termine en ruina total por culpa de mi desconocimiento de estos temas económicos.
    Saludos y gracias de antemano.

    1. Buenos días,

      En primer lugar, si se va a registrar como autónomo, le recomiendo que solicite las ayudas al autoempleo, aunque no cuente con ellas para empezar (si se las dan, pueden tardar años en pagarlas). Pero aunque lleguen tarde, cobrar unos cuantos miles de euros nunca viene mal.

      Luego en su caso, entiendo que se registraría como autónomo, y por lo tanto tendría que pagar la cotización mínima, que es de 254€ al mes (salvo que tenga más de 50 años y en este caso es mayor).

      Si no va a tener local, y quitando pequeños gastos como el móvil y cosas similares, en principio la cotización sería su principal gasto. Sin embargo, también le recomendaría que valorara contratar algún tipo de seguro para evitar problemas con clientes, lo que le permitiría dar una garantía (por ejemplo de 3 meses) por si el coche da problemas luego. La ventaja es que existen compañías especializadas, y que el gasto sería variable (puede considerar que es un coste adicional de cada coche que vende).

      Supongo que compraría y vendería a particulares. En este caso, entiendo que sus compras no llevarían IVA, pero sus ventas sí. Tendría que tener contratos de compraventa para cada operación para luego poder justificar sus gastos e ingresos si fuera necesario. El IVA no le cuesta nada. Solamente lo recoge en nombre del Estado y lo paga trimestralmente. Para su actividad, en realidad solo importan los importes en base imponible.

      Entiendo que tendría que abonar trimestralmente un pago a cuenta de IRPF correspondiente al 20% de sus beneficios sobre el periodo, es decir la suma de los márgenes sobre las ventas de vehículos, menos los gastos fiscalmente deducibles (cotización seguridad social, etc).

      Desconozco si para la actividad de compraventa de coches usados tiene que tener algún tipo de licencia, y si hay requisitos legales o normas medioambientales específicas. Tendría usted que informarse.

      Si va a necesitar un local para exposición y venta de vehículos, entonces necesitará una licencia de apertura, que se pide en el ayuntamiento. Puede solicitar consejo a algún arquitecto o aparejador.

      Si quiere valorar la rentabilidad de su proyecto, podemos ayudarle elaborando un plan de negocio: http://www.cofike.com/plan-de-negocio.php

  72. Hola, soy optico y quiero ejercer como autonomo, mi sueldo seria de 2100 euros, me gustaria saber cuanto se me quedaria teniendo que pagar el seguro de autonomo, y teniendo este sueldo que tendria que pagar al año de impuesto y de irpf para saber el dinero neto que se me quedaria cada año. tengoo 30 años

    1. Me remito al comentario anterior de Sara, ya que la situación es prácticamente la misma.

      Tendría que ver si tiene que facturar IVA o si está exento, pero en cualquier forma, a final de año el IVA no le afecta, solo afecta su tesorería (ingresa más al principio, pero cada trimestre tiene que devolver el IVA a Hacienda).

      Teniendo 30 años, puede optar por la cotización mínima, ya que de momento el cálculo de las pensiones empieza a los 40/42 años (25 años de cotización). Sin embargo, ya sabemos como el Gobierno puede cambiarlo todo de un día para otro.

  73. Hola,
    Después de 3 años en paro tengo la oportunidad de prestar mis servicios para un cliente en UK. Trabajaría desde casa (tareas administrativas, atención al cliente, mantenimiento de una pagina web) Tengo que darme de alta como autónomo pero no sé que me quedaría limpio al mes si facturo todos los meses €2.200 (factura a UK) De momento solo facturaré a un solo cliente en el extranjero con lo que tengo entendido no debo añadir IVA (teniendo ellos VAT de EU y yo también) ni IRPF. Soy mujer, 45 años, 13 años cotizados en España.
    Gracias y un saludo

    1. Para no facturar con IVA, ambas empresas tienen que estar registradas en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios).
      Facturando 2.200€ al mes está practicamente en la misma situación que un empleado que cobra 1.700€ brutos al mes (ya que la empresa paga por él 500€ de cotización a la Seguridad Social además del sueldo bruto). Si quiere tener los mismos derechos a pensión que un empleado con ese sueldo tendría que cotizar 500€ mensuales y no el mínimo de 254€. Recuerde que la ley cambió y ahora se toman en cuenta los últimos 25 años cotizados. Además, a los autónomos a los 50 años se les obliga a cotizar más.

      Como trabaja con una empresa extranjera, no le van a retener IRPF y tendrá que pagar trimestralmente el 20% de sus beneficios (ingresos menos gastos fiscalmente deducibles). Si suponemos que no tiene gastos (aparte de la seguridad social), sería el 20% de 1.700€.

      Es decir, que de media le quedarían 1.360€ al mes (1.700 los dos primeros meses y 680€ el mes del pago del IRPF).

      Si opta por cotizar por lo mínimo, le quedarían limpios unos 1.556€ de media, pero cotizaría menos para la jubilación.

  74. Hola.
    Enhorabuena por el blog, es de mucha ayuda.
    Una duda, me han ofrecido trabajar en un gimnasio, pero debo hacerme autónomo. Ya he visto que la opción mas barata son los 254e al mes, pero seria autonomo dependiente, entonces tambien tendría en mi caso que pagar el IRPF.
    Mi sueldo seria de unos 1100 BRUTOS. a los que tendria que restarle los 254 euros más el 7% para la seguridad social, y no se si tambien el IRPF, ellos me facilitarian las facturas para presentar trimestralmente. GRACIAS.

    1. Buenos días,

      No sé si su actividad lleva IVA (tiene que preguntarlo en Hacienda). Suponiendo que no haya, entonces usted factura a la empresa el importe pactado menos la retención por el IRPF (que la empresa ingresará por su cuenta a Hacienda). Esta retención es del 9% los dos primeros años y luego del 21%.
      Además, usted tiene que pagar su cotización a la seguridad social, 254€ al mes, salvo que sea hombre menor de 30 años y pueda tener derecho al 30% de descuento durante 30 meses.
      No hay retención del 7% para la Seguridad Social, porque esto ya está incluido en los 254€.

      Si no hay IVA y le retienen el IRPF, no tiene que hacer declaraciones trimestrales. Si hay IVA, tiene que hacer declaraciones de IVA (pagar el IVA cobrado menos el IVA que usted pagó en gastos o inversiones fiscalmente deducibles). Si no le retienen el IRPF, entonces tendrá que hacer declaraciones trimestrales de IRPF donde pagará el 20% de sus beneficios (ingresos menos gastos fiscalmente deducibles)

  75. Buenos días, esta es mi consulta: yo estaba dado de alta como autónomo y teníamos una pequeña empresa por motivos obvios (La crisis) nuestras ventas y servicios bajaron y me quede en el paro pero sin paro, algunos clientes me han ofrecido que les siga dando servicios es muy poco (hablaríamos de 200 o 300 €) al mes, por lo que no podría darme de alta de nuevo como autónomo,¿ puedo facturar esos servicios como persona física con el alta en el IAE?

    1. Le responderé como a todas las personas que hacen esta pregunta: pese a que se diga normalmente que si se cobra menos del SMI no hace falta registrarse en la Seguridad Social (y por lo tanto pagar la cotización), en realidad la normativa habla de actividad habitual. En su caso, pese a los pequeños importes, sería una actividad habitual.

    1. En principio trabajar con autónomos tiene ventajas, principalmente la flexibilidad y la simplicidad (no hay que hacer nóminas, ni declaraciones relacionadas con ellas, etc). Pero, aunque no soy un experto en temas laborales, me parece que no se puede contratar a una persona como autónoma porque se nos da la gana. En algunos casos, se podría recalificar como empleada por parte de un juez, y además existe la figura del autónomo dependiente, con más derechos que un autónomo clásico. Le recomiendo que se informe en la Seguridad Social.

  76. Hola.
    Soy asalariada a media jornada como Aux. de Clínica en una clínica dental. Recientemente he convalidado el título de Matrona de mi pais de origen, Polonia, y me planteo compaginar la actividad en la clínica con dar clases de preparación al parto y asistencia domiciliaria de post-parto a embarazadas. ¿Esta actividad lleva IVA? Si la actividad no es muy habitual, ¿puedo no darme de alta como autónoma? ¿Interesaría unificar los regímenes, darme de alta como autonoma y que la clínica me contrate como autónoma? (cambiar RGSS por autonomos) Muchas gracias.

    1. No le puedo decir si su actividad lleva IVA o no. Normalmente las actividades médicas están exentas, pero al tratarse de clases de preparación, no sé cual es el criterio de Hacienda. Debería preguntarle directamente a la administración.

      Si su actividad no es habitual, es decir que lo hace dos o tres veces en el año, por decir algo, solo tendría que darse de alta en el IAE (Hacienda), sino, tiene que registrarse también en la Seguridad Social y pagar la cotización mensual.

      Si tiene que pagar la cotización de autónomos, le podría interesar ser autónoma también para su otra actividad, y así solo pagaría una cotización, pero también ser empleada tiene sus ventajas, especialmente el derecho a una indemnización y a la prestación por desempleo si la despiden.

  77. Buenos días:

    Trabajo de secretaria para una empresa y por problemas en la empresa, me estan dando la opcion de reduccion de jornada con un sueldo de 527€, o darme de alta en autonomos pagandome 1199€ mensuales en esa misma jornada reducida. Anteriormente percibia 958€ y tengo el paro de 24 meses. Que me convendría más hacer?

    Un cordial saludo y gracias.

    1. Me sorprende un poco esta alternativa. Hoy en día, si su sueldo bruto es de 958€, en realidad le cuesta a la empresa alrededor de 1.250€ mensuales (por la cotización a la Seguridad Social que paga el empleador). Si pasan a pagarle 527€, el coste para la empresa sería aproximadamente de 700€, mientras con la opción de autónomos serían 1.199€. No tiene sentido una diferencia tan grande, salvo que lo que realmente busque la compañía sea que usted pida una baja voluntaria y pierda el derecho a indemnización. En cualquier caso, si opta por ser autónoma, y trabaja para un solo empleador, entraría en el estatuto del autónomo dependiente, que tiene algunas ventajas parecidas al trabajador de cuenta ajena. Le recomiendo que pregunte en la Seguridad Social por esta situación.

      De ser autónoma, tendría que pagar usted misma su cotización a la Seguridad Social, unos 254€/mensuales, es decir que le quedarían unos 950€ mensuales, a los que se resta el IRPF.

      Insisto en que es aconsejable que pregunte en la Seguridad Social por su situación y sus derechos.

  78. Buenos días:
    Actualmente trabajo en una empresa química pero en mis ratos libres me gustaría trabajar haciendo fotografías, álbumes, etc, me gustaría hacer una página web para hacerme propaganda, me gustaría saber cuánto me costaría crear esta empresa que tendría pocos ingresos ya que sería más bien amateur y le podría dedicar muy poco tiempo.
    Gracias

    1. Como explicamos en los artículos del blog, si va a realizar una actividad económica habitual, la opción más barata es ser autónomo y eso cuesta 254€ al mes de cotización a la seguridad social. Si en su otro trabajo supera el máximo de cotización anual, puede solicitar que la Seguridad Social le devuelva a finales de año la mitad de las cuotas de autónomo pagadas.

  79. Buenas tardes,

    Me gustaría hacer una consulta acerca de mi situación y la de mi recién creada empresa (proyecto).

    Se trata de venta a domicilio en la comunidad de Cantabria, como puede ver en la web, son productos pasteleros (tartas, muffins, galletas) decoradas y personalizadas. Se vende tanto al por mayor e individualmente. Las creo yo, reparto yo, y solo yo manipulo y trabajo con el producto.

    Supongo que para hacer cualquier venta a un particular, necesite ser autónomo ¿no?

    ¿Y para vender a empresas?

    Espero pueda entender mi pregunta y disculpe las molestias

    ¡Muchas Gracias!

    1. Es claramente una actividad económica habitual, por lo que tiene que ser autónomo. Pero probablemente necesite más requisitos legales. Como hablamos de alimentos, seguramente tiene que cumplir normas sanitarias, y le recomiendo que se informe en la Conserjería de Sanidad de su comunidad. También es probable que necesite una licencia de actividad para su local, que cumpla una serie de exigencias.

  80. Hola buenas tardes, tengo una duda:
    Mi marido esta trabajando para una empresa subcontratado (con el que esta teniendo problemas por impago), y la empresa en la que esta le dicen que si se hace autonomo podria trabajar directamente con ellos. Es técnico de mantenimiento, y tiene 45 años.
    Nos gustaria saber si tendria alguna ayuda, cuanto debe pagar de autonomo, de IRPF, …
    Desempeñaria el mismo trabajo que hasta ahora y en la misma empresa. Tiene que decirles lo que quiere cobrar por horas, pero no sabe que decir si no sumamos todos los gastos. Tambien saber que ocurre con las vacaciones y las bajas. Muchisimas gracias por su atención.

    1. En este caso, se trataría de trabajar para una sola empresa, por lo que estamos ante la figura del autónomo dependiente. Tienen que informarse más en la Seguridad Social de los derechos asociados al estatuto de autónomo dependiente, pero contempla derecho a vacaciones y a indemnizaciones.

      En teoría, la cotización mínima es de 254€, pero para no perder derechos respecto a la jubilación, interesa pagar lo mismo que ahora mismo estaba cotizando como empleado. Para saber un importe aproximado, tendrían que coger su sueldo bruto mensual actual, y calcular al menos un 35%. Por ejemplo, si ahora cobra 1.500 brutos, para mantener los mismos derechos tendría que pagar al menos 525€ de cotización cada mes.
      El IRPF le retendrán un 21% de lo que facture al mes.

      Suponiendo que el sueldo actual sea de 1.500 brutos con 7% de retención de Seguridad Social y un 15% de IRPF, cada mes cobra netos 1.170€.

      Para llegar a estos mismos 1.170€ netos mensuales, al ser autónomo tendría que facturar 2.145€ más IVA todos los meses, ya que le retendrían el 21% de la factura en IRPF (450€) y tendría que pagar 525€ de cotización para mantener su nivel de pensiones.

      Pero, en realidad, en el segundo caso el importe de IRPF pagado cada mes es mayor (450€ contra 225€), por lo que posiblemente se recuperaría parte al terminar el año y los ingresos serían mayores.

      Mi ejemplo no es un cálculo muy preciso, pero más o menos explica lo que tienen que tener en cuenta.

      Además, cada trimestre habrá que pagar el IVA que se haya cobrado. No afecta realmente el sueldo pero sí que supone movimientos en la cuenta bancaria y hay que tener cuidado en no gastarse el IVA, porque es del Estado.

  81. Hola, soy residente permanente en España (comunitario) y quiero montar una consultoria para proyectos internacionales. Mis clientes que ya tengo son empresas de dentro y fuera de la comunidad Europea. Tengo que facturar con IVA mis servicios o no es necesario? Ahora mismo estoy trabajando pero por la crisis me parece que la empresa no va a durar mucho. Cuales son los pasos para pedir el pago unico?

    Gracias por la ayuda.

    1. Para pedir el pago único tiene que estar en el paro con derecho a prestación. Para tener derecho a prestación tiene 15 días desde la fecha de despido para registrarse en la oficina de empleo.
      https://blog.cofike.com/pago-unico-autonomo/

      Para los clientes extracomunitarios, factura sin IVA (tendrá que indicar esas ventas en las declaraciones que haga trimestralmente). Para poder facturar sin IVA a clientes comunitarios tiene que apuntarse en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI). Tiene que justificarlo a Hacienda, y tarda unas semanas.

  82. hola me gustaria saber si me interesa hacerme autonomo ya que no se que gastos se tiene ganaria 2500 mas iva y tendria unos gastos de 280 euros de gasoil mas los 250 de ss y no se si hay algo mas el iva y todo eso cuanto me quedaria limpio

    1. Si habla de ingresos de 2.500€ al mes, con unos gastos de 300€ de gasoil y una cotización de 250€ estaría ganando 1.950€ al mes.

      El IVA no le afecta para nada (salvo en su tesorería). Los 500€ que cobraría de IVA al mes les iría pagando cada trimestre (1.500€ cada vez).

      De IRPF en principio pagaría cada trimestre el 20% de sus beneficios, es decir unos 1.200€. Pero eso solo es un pago a cuenta. El IRPF definitivo se regulariza en la declaración de la renta a finales de año.

      Con este nivel de ingresos, tendría que plantearse si le merece la pena cotizar por el mínimo. No olvide que sus derechos a pensión van calculados sobre este importe: si paga lo mínimo, tendrá la pensión mínima.

  83. Buenos días.

    Llevo unos meses intentando reunir toda la información necesaria para saber todo lo que tengo que tener en cuenta para darme de alta como autónomo y lejos de ver una luz al final del túnel cada vez llueve mas información que realmente nunca acabo de entender.

    Tengo 23 años y estoy apunto de acabar Ingeniería Informática. Desde el comienzo de mis estudios empece a realizar pequeños proyectos de diseño y programación web para poder tener unos pocos ingresos, sin estar dado de alta evidentemente, pero ahora voy a acabar la carrera y realmente mis opciones de ser contratado son bastante reducidas dada la situación, e intentar encontrar algo fuera de España tampoco es una opción nada fácil, sin tener que invertir dinero en la búsqueda.

    Por tanto, y dado que ya me han ofrecido unas ofertas bastante interesantes como diseñador y programador web he decidido centrarme en ello. Pero para afrontar estos proyectos necesito poder facturar ya que los clientes son empresas.

    Y ya entrado en materia, tenía bastantes dudas. Como por ejemplo, ¿Yo tengo derecho al descuento del 30% en la cotización que comentas?, Mi empresa será online y ofreceré un producto digital desarrollado por mí ¿Como recupero el IVA que cobro a mis clientes si yo no necesito comprar nada para el día a día en mi negocio?, ¿Hay algún tipo de descuento más por ser joven emprendedor?, ¿Hay algún dato, impuesto, obligación o derecho reseñáble que tuviera que tener en cuenta? Y ya para acabar, el tema del IRPF no termino de entender como funciona, nunca he hecho una declaración de la renta y no tengo ni idea de como abordarlo.

    Gracias de antemano.

    1. Buenas tardes,

      Creo que sí tendrías derecho al descuento del 30% en la cuota. Lo puedes confirmar en la Seguridad Social.

      El IVA no te cuesta nada. Si cobras IVA y no tienes compras, este IVA lo pagas al Estado y punto. Solo actúas como recaudador. Tienes que pensar siempre en importes de base imponibles (sin IVA), que es lo que te importa. Incluso, viéndolo de forma positiva, como solo se hace la declaración de IVA una vez al trimestre, mientras tanto el IVA que has cobrado te da dinero extra en la cuenta. De todas formas, no olvides que algunas cosas puedes desgravar, como el 50% de tu abono a Internet (si lo usas tanto al nivel personal que profesional), lo mismo con el móvil, también puedes comprarte un ordenador para el trabajo y recuperar el IVA…

      Para una empresa online algo relevante es el tema de cumplir con la Ley de Protección de datos, al menos poniendo algunas menciones al respecto en la web.

      El IRPF se puede pagar de dos maneras. Si tienes una actividad profesional (según Hacienda), normalmente tienes que deducirlo de tus facturas. Las empresas clientes lo pagan a cuenta por tí.
      Si tienes una actividad empresarial, no hay deducción en la factura pero pagas el 20% de tus beneficios trimestrales (gastos menos ingresos).
      En ambos casos, se trata de pagos a cuenta. El cálculo definitivo se hace en la declaración de la renta a finales de año, y según tu situación, puedes recuperar parte o la totalidad de lo pagado, o al contrario tener que pagar mucho más, todo eso dependiendo de como te haya ido.
      La retención en las facturas es el 21% normalmente, pero los dos primeros años es menor: 9% (porque se supone que no se gana mucho dinero).

      Si facturas 1.000 (base imponible) tu factura será:

      Servicios: 1.000
      Retención IRPF: -90 (los dos primeros años, 210 después)
      IVA: 210
      Total: 1.120€ (1.000€ después de los dos años).

      Luego tienes que pagar los 210€ de IVA que no son tuyos sino del Estado, y a finales de año recuperas o no lo que has pagado de IRPF.

      Espero que ayude,

  84. Buenos Dias
    Tengo una duda.Decidimos que mi marido se hace autonomo,para vender coches de Espania para fuera(exportar).En este caso que gastos voy a tener a parte de cotizacion minima de 254 euros mas gastos de la gestoria?Y otra duda que impuesto tengo que abonar siendo un profesional nuevo.
    Gracias.

    1. Si su marido se da de alta como autónomo para hacer compraventa de vehículos, tendrá efectivamente que pagar una cotización mínima de 254€/mes.

      Por otro lado, tiene que informarse en Hacienda sobre el tema del IVA. Si compra en España con IVA y vende luego al exterior sin IVA, se encontraría con un desfase permanente de IVA, y tendría que solicitar la devolución periódica.

      Supongo que trabajaría mucho con paises de la Unión Europea, por lo que tendría que solicitar ser incluido en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI).

      Luego, en principio pagaría trimestralmente el IRPF, un 20% de sus beneficios (margen de venta sobre las operaciones menos gastos fiscalmente deducibles). Se trata de pagos a cuenta que luego se regularizan al hacer la declaración de la renta al año siguiente.

      Puede haber tasas especiales relacionadas con su actividad (por ejemplo tasas aranceles para exportaciones fuera de la UE). Para saber las especificidades de un negocio, lo mejor es contactar alguna asociación de profesionales del sector.

  85. Buenas
    Mi hijo de 21 años, es peluquero,le han ofertado trabajo en una peluqueria, pero tendria q hacerse autonomo, mi pregunta es, si le corrresponderia algun tipo de ayuda o descuento en la cuota,cuanto tendria que pagar mensualmente.

    1. Buenos días,

      Para los varones menores de 30 años (y las mujeres menores de 35) existe un descuento del 30% de la cuota de autónomo durante 30 meses.

      Si en realidad va a trabajar siempre para la misma empresa, tiene que informarse de sus derechos, ya que entraría en la categoría de autónomo dependiente, que tienen algunas ventajas parecidas a los empleados (como derechos a vacaciones y a indemnización por despido). Le recomiendo que se informe en la Seguridad Social.

  86. Buenas tardes;

    Quisiera darme de alta como empleada de hogar, ya que trabajo en diferentes casas. Mi duda es.. como declaro el IVA? si les tengo que hacer factura, que gravamen de IVA corresponde? A parte del IRPF, algun otro gasto? y otra pregunta.. yo plancho a varias personas, pero recojo la ropa y lo plancho en mi casa.. Puedo incluir la factura de la luz como gasto de suministro? tendría que estar en ese caso la luz a mi nombre en vez del de mi marido? Gracias y disculpa por tanta duda.

    1. Siento no poder ayudarla, porque precisamente el tema de las empleadas de hogar es un tema específico, y no sé si tienen las mismas obligaciones que el resto de autónomos. Le recomiendo que haga la consulta en Hacienda. Le dirán si tiene que facturar con IVA (y con que %) o si su actividad está exenta.

      Si fuera el caso habitual de un autónomo, se factura con IVA (el tipo general es ahora del 21%). Cada trimestre, se hace una declaración con lo que se ha cobrado de IVA (en las facturas de venta) y lo que se ha pagado (en las facturas de compra de gastos deducibles). La diferencia se paga al Estado. Los autónomos y empresas solo colectan el impuesto que pagan los consumidores finales.

      Para poder deducir gastos, tiene que demostrar que realmente les usa para su actividad, y en que porcentaje. El problema es que si trabaja desde casa, muchos gastos son mezclados entre el uso privado y el profesional. En el caso de la luz es bastante difícil calcularlo, pero en teoría podría hacerlo. Luego tiene que valorar si le merece la pena deducir este gasto respecto a las complicaciones que puedan surgir a la hora de justificarlo. En mi opinión solo merecería la pena si el gasto adicional de luz por el planchado es significativo. Y la factura tendría que ir a su nombre.

  87. Buenos Dias.

    Actualmente trabajo como director de un centro juvenil de menores contratado por un Ayuntamiento a media jornada por las tardes.
    He encontrado un local muy barato por lo que me he decidido a la hora de montar mi gabinete de psicologia por las mañanas.
    Supongo que el requisito mínimo es la licencia de actividades.
    Como el pago de autónomos me parece exagerado al principio dado que no hay clientes, he decidido trabajar gratis los primeros meses, ya que me es más económico en realidad que pagar autónomos ya que en ese caso perderia dinero. Una vez hecha una cartera de clientes y publicidad empezaria a cobrar y a darme de alta.
    Estando ya con un contrato laboral, cuanto ascenderia el montante a pagar como autónomo?
    Si los clientes son pocos, y la facturación mínima que apenas cubre el coste de alquiler de local y gastos varios, es posible facturar ( IAE ) sin darse de alta de autónomo?
    Si solo trabajo dos dias por la mañana se consideraria actividad habitual?
    Saludos y gracias por todo
    A partir de que cantidad se puede empezar a declarar?
    Puedo tener algún problema si viene una inspección???

    1. La cuota de autónomos mínima es actualmente de 254€ al mes, salvo que para jóvenes que pueden tener un descuento de un 30% durante 30 meses. Si ya está empleado y cotiza por el máximo como asalariado, a finales de año puede solicitar la devolución de la mitad de las cuotas pagadas.

      El Gobierno anunció en mayo que las personas en pluriactividad en el futuro solo pagarían la mitad de la cuota (mínimo 127€ / mes) pero de momento no veo que se haya plasmado en una ley.

      El criterio para darse de alta en el RETA de la Seguridad Social y cotizar es tener una actividad económica habitual. Si trabaja dos días a la semana, en mi opinión es una actividad habitual y debería cotizar.

      Según algunos gestores, siempre que se cobre menos que la cotización no hace falta estar en el RETA, sin embargo han habido casos de inspección del trabajo y luego obligación de pagar cuotas atrasadas. Al final, en los casos de pocos ingresos, las personas han obtenido una decisión judicial eximiéndolas de pagar la cuota, pero esto no significa que se acepte como norma por parte de la Seguridad Social. Si se arriesga, tiene que saber que puede tener multa y juicio hasta poder quizás recuperar las cuotas. Por eso siempre es recomendable pagar.

      A menudo escribimos en estos comentarios y en artículos del blog que hace falta un estatuto de microempresario, con una cuota de Seguridad Social muy baja (incluso un % de la facturación), para las personas que facturan por debajo del Salario Mínimo Interprofesional. Ojalá algún día cambien las cosas pero de momento, es mejor cumplir la normativa.

  88. Buenas tardes, somos dos jóvenes de 24 y 29 años en paro, con carreras universitarias de Ingeniero agrónomo mi novio y diseñadora gráfica y publicista yo.

    Sin embargo no conseguimos encontrar trabajo, pues las entrevistas siempre estan repletas y al no tener experiencia quedamos en los últimos puestos, por ello hemos pensado en ser autónomos para poder tener algunos ingresos, pero tenemos muchas dudas, pues nuestros ahorros ahora mismo son mínimos.

    Mi novio ha pensado en montar una tienda de vinos, ya que tiene un local propio, o venderlos a domicilio, pues podría hacer algunos convenios con bodegas conocidas, yo por mi parte podría ofrecer servicios de diseño y comunnity manager online, al mismo tiempo que hago manualidades (sobre todo complementos), y tambien podría venderlos, en la misma tienda de vinos u online.

    Mi duda es: podría uno de nosotros darse de alta para ofrecer todos estos productos, ya sea online o en un local, o la incompatibilidad de las actividades hace imposible su realización al mismo tiempo?
    Muchas gracias, espero que puedan resolver mi duda, un saludo.

    1. Buenas tardes,

      Un autónomo puede tener varias actividades (y por eso estar registrado en varios epígrafes en el IAE), por lo tanto ejercer estas dos actividades. Pero lo que entiendo que sugieren es trabajar los dos y que solo uno facture para pagar solo una cotización de seguridad social. Esto evidentemente no está permitido.

      1. No era eso lo que quería decir, mi pregunta era especificamente si uno puede darse de alta en dos actividades aunque sea muy diferentes (por exagerar un poco) vendiendo zapatos y ofreciendo servicios informaticos, y si en este caso la cotización aumenta de precio. El hecho de preguntar por dos personas es porque los dos necesitamos lo mismo.GRacias.

        1. Disculpe la interpretación que hice. Según el conocimiento que tengo, no hay impedimento en tener varias actividades diferentes como autónomo, ni se paga más impuestos ni más cotización de la Seguridad Social. Realmente es más un tema estadístico para Hacienda. A finales de año en la declaración de la renta hay que separar las actividades, lo que supongo permite elaborar datos consolidados por sectores.

  89. Hola..
    hace tiempo tengo pensado hacerme autonomo (ya que dentro de nada voy a estar en el paro) para hacer transporte con una furgoneta propria que de momento no se lo que se paga en una empresa de logistica-transporte por estos trabajos (soy novato) lo que quiero saber cuanto se paga de SS. y todo esto del iva etc.
    gracias y un saludo.

    1. Buenas tardes,

      Como autónomo la cotización mínima mensual es de 254€ (salvo para algunos colectivos de jóvenes que pueden tener un descuento del 30% durante 30 meses).

      Cuando factura a sus clientes, le suma un 21% de IVA. Este impuesto lo recoge para el Estado. Deduce el IVA que ha pagado en sus compras y abona la diferencia a Hacienda. No tiene impacto sobre sus ingresos aunque sí sobre la tesorería.

      Respecto al IRPF, si está en actividad empresarial, hace un pago a cuenta de un 20% de sus beneficios trimestrales (facturaciones menos gastos fiscalmente deducibles). Cuando termina el año, hace la declaración de la renta como todo el mundo y en este momento se ajusta el importe (a pagar o a devolver).

      https://blog.cofike.com/registrarse-como-autonomo/

  90. Hola buenas tardes, estoy interesada en montar un negocio on-line de venta de ropa, tengo 43 años y estoy en paro. Me gustaría saber si hay algún tipo de subvención para la creación de este tipo de empresas y cuanto tiempo tardan en darlas, soy de Tenerife.

    1. Si está en el paro con derecho a más de 3 meses de prestación, puede solicitar el pago único. El plazo de pago es rápido (un mes).
      https://blog.cofike.com/pago-unico-autonomo/

      También puede solicitar las ayudas al autoempleo gestionadas por la Comunidad Autónoma. En este caso podría obtener unos 5.000€ aproximadamente, pero el plazo de cobro se puede demorar hasta 2 años.

      También merece la pena ver las posibilidades de financiación con las Sociedades de Garantía Recíproca, que pueden ayudarle a conseguir un crédito avalado. En el caso de Tenerife, Sogarte: http://www.sogarte.org

      Si necesita un plan de empresa para su proyecto, no dude en solicitarnos un presupuesto: http://www.cofike.com/plan-de-negocio.php

  91. Hola,
    Hace ya un tiempo vengo trabajando la idea de montar un bar de copas con comidas ligeras. En estos momentos me encuentro en el proyecto del mismo, en los gastos en que debo incurrir específicamente para poner en práctica mi idea. Quisiera saber cuáles son los impuestos que debiera pagara para iniciar mis operaciones y el valor de los mismos. Como soy extranjero me gustaría si está en sus manos tener una referencia de los salarios mínimos concebidos en España para:
    Los Cocinero, Barman y camareros…
    Gracias de ante mano,
    Saludos,
    Redney

    1. Si trabaja como autónomos, los impuestos son:
      Cotización a la Seguridad Social como autónomo: 254€ / mes
      IRPF: un pago a cuenta del 20% del beneficio
      IVA: solo hace de colector de impuestos: paga la diferencia entre lo que recibe y lo que paga de IVA.

      Si puede optar al régimen de módulos, paga un importe fijo de IVA y de IRPF en función de una tabla de criterios fijados por Hacienda.

      Sobre sueldos, le puedo decir que el salario mínimo es de 641€ brutos. Si quiere saber más en detalle los sueldos habituales de camareros y cocineros, es recomendable que consulte un convenio del sector hostelería en la CCAA donde se encuentre. La cotización patronal es más o menos un 30% más sobre el sueldo bruto.

      Si necesita ayuda para elaborar un plan de negocio: http://www.cofike.com/plan-de-negocio.php

  92. Hola, quiero montar una consulta de psicología, tengo la oficina y todo lo necesario para iniciar la actividad pero de momento solo tengo un cliente, he oído que si no puedes demostrar que tengas unos ingresos superiores al salario mínimo interprofesional no es obligatorio darte de alta ni en la seguridad social ni en hacienda, ¿es cierto eso? ¿es verdad pero con matices? ¿hacienda si es obligatorio pero s.s. no?

    Gracias de antemano.

    1. Para facturar, es obligatorio estar registrado en Hacienda (en el IAE).

      Para la Seguridad Social, el criterio es tener una actividad habitual, no hay en la legislación una mención al salario mínimo, aunque muchos gestores consideran que si no se alcanza este importe, no hace falta pagar la cotización. Pero no es una verdad absoluta, siempre existe el riesgo de una inspección y de multas.

      Si tiene un despacho abierto al público, necesita una licencia de actividad, y no hay forma de decir que no es una actividad habitual.

  93. Buenas, muy interesante el artículo, grácias por la información y felicidades por el.
    Yo tengo un problema… que no se como resolver. Soy novato en todo esto y este mes de agosto hice un trabajo para un empresa francesa, a la cual tengo que cobrarle 400€. Ahora en octubre tengo otro trabajo por unos 300€.

    Mi pregunta es, puedo darme de alta el mes de septiembre, hacer las dos facturas con fecha de septiembre darme de baja a finales de septiembre y que el cliente del mes de octubre me pague en octubre?

    Es decir si yo me doy de baja en septiembre, la factura está a fecha de septiembre pero el cliente no me paga en ese mes si no el siguiente o el otro, tengo que seguir dado de alta?

    Gracias de antemano, y gracias por el artículo.

    Espero que si, si no no me sale a cuenta trabajar por estos precios.

    1. Como siempre decimos en los comentarios, lo importante para la cotización a la Seguridad Social es si tiene una actividad habitual o no. En su caso, si solo trabajase septiembre y octubre y no tuviera nada el resto del año, tendría que estar registrado en el IAE para estos dos meses y hacer las declaraciones trimestrales de IVA e IRPF que correspondan. Posiblemente no tendría que registrarse en la Seguridad Social como autónomo ni pagar la cuota.

      Otra cosa es que tenga como objetivo seguir trabajando de esta forma, con lo cual sería actividad habitual, y tendría que pagar la cotización cada mes. Efectivamente, para los que facturan 300 o 400€ mensuales no compensa, es el problema que hemos mencionado muchas veces, debería haber un estatuto del microempresario.

  94. Buenas tardes,

    Tenía dos cuestiones:

    Una, es que tengo pensado crear una SL para montar una página web de ropa. Aún así,me han dicho que uno de los socios al menos debe estar dado de alta como autónomo, pero sería un gasto perdido puesto que yo ya cotizo a la SS por el Régimen General ya que trabajo por cuenta ajena.

    Me han dicho, que si cotizo el máximo por cuenta ajena, puedo pedir a Hacienda que me devuelva cada enero o febrero los importes pagados por autónomos durante todo el año anterior. ¿Es eso cierto? ¿dónde podría informarme?

    Por otro lado, quería saber si los gastos de gestoría es cierto que son mucho más baratos para los aútonomos que para las SL.

    Muchas gracias de antemano.

    Un cordial saludo.

    Maria.

    1. Solo para dar de alta una sociedad limitada, hay unos gastos (y tiempos de trámites). Cuente con que al menos le vaya a costar 1.000€ entre diversos registros, notarios, etc. Luego como administradora de la SL tendría que ser autónoma de todas formas. Por otra parte, las obligaciones legales de una SL son mayores que para los autónomos (hay que llevar una contabilidad más completa), y por eso el coste en gestoría es mayor.

      El factor importante para optar entre SL y autónomos, además del tema de la responsabilidad limitada, es el aspecto fiscal. Una SL paga el impuesto de sociedades, un autónomo paga el IRPF. Empieza a ser más interesante una SL si los beneficios anuales superan los 40.000€ (aproximadamente, depende del caso de cada uno).

      Si cotiza ya por el máximo en la Seguridad Social, puede pedir a la Seguridad Social que le devuelva LA MITAD de las cuotas pagadas el año anterior. Le aconsejo que vaya a la SS a confirmarlo.

      Para simplificar el tema, el Gobierno anunció en mayo que iban a reducir a la mitad la cotización de los autónomos pluriempleados (aquellos que ya cotizan como empleados). En este caso se pagaría unos 127€ mensuales. Pero creo que aun esta medida no está vigente.

  95. Hola,
    Estoy pensando abrir una tienda online, pero tengo dudas, quiero saber exactamente lo que me quedara al final de mes, me puedes decir si mis calculos son correctos:

    seguridad social: 253.36e (base 850.20e * 29.80%)
    digamos que comprare por 2000e+21% IVA=2420e (420e de IVA)
    y vendere por 3000e+IVA=3630e (630e de IVA)
    Me dara 3000-2000=1000e de beneficios.
    Sobre ellos, hay retencion de 20% de IRPF=200e
    Hay una diferencia de 630e-420e de IVA=210e

    Asi que calculo que tendre que pagar: 253.36e (SS) + 2000e (gastos) + 200e (IRPF) + 210e (IVA) = 2663.36e

    Si ingreso 3000e, me quedara 3000e – 2663.36e = 326.64e

    Eso es todo correcto??

    1. Para calcular lo que gana, tiene que dejar de lado el IVA y razonar solo en importe de bases imponibles. Otra cosa es el impacto de los pagos del IVA en su tesorería.

      Volviendo a su ejemplo. Vende por 3.000 y compra por 2.000: tiene un margen comercial de 1.000. Suponiendo que su único gasto sea la seguridad social por 254€ (no lo es, puede deducirse otras cosas), su beneficio sería de 746€. El IRPF es sobre su beneficio después de gastos deducibles, por lo que pagaría un 20% de 746€ (149€) y le quedarían netos 597€. Es decir que ganaría después de impuestos unos 600€ mensuales.

      Ahora, si vemos el impacto en tesorería, la cosa es un poco diferente:

      Durante tres meses paga 2420€ de compras y 254€ de seguridad social, y cobra 3630€ de ventas. Es decir cada mes ingresa un neto de 956€, un total de 2868€ sobre el trimestre.
      En los primeros días del trimestre siguiente tiene que pagar de golpe el IRPF: 149€x3 y el IVA (630-420)x3, es decir un total de 1.077€.

      2.868€ – 1.077€ = 1.791€ = 597€ x 3.

      Al final del trimestre, lo que se ha ganado y lo que se ha cobrado es lo mismo, pero hay que tener cuidado de mantener en la cuenta un dinero suficiente porque el pago trimestral puede ser muy alto.

  96. Buenas tardes:
    Actualmente soy autonomo y tengo una empleada. Me está costando mucho pagar las dos SS, podría darme de baja como autónomo, y seguir teniendo a la empleada. Hay lguna solución. A la vez, yo trabajo para una empresa privada, donde tengo mi nómina como empleado por cuanta ajena. He tenido que hacerlo, para poder sacar la tienda que tengo adelante.
    Espero su respuesta, estoy un poco desesperado.
    Muchas gracias

    1. Una solución podría ser crear una sociedad limitada, y emplear a la persona. En este caso, si solo es el dueño del negocio y no ejerce actividades en esta actividad, no tendría que ser autónomo y podría tener la empleada.

      Por otro lado, siendo particular, está claro que puede tener una empleada de hogar, sin necesidad de registrarse usted como autónomo, pero no sé si se puede hacer para otro tipo de actividad. Le recomiendo que lo consulte en la Seguridad Social.

  97. Buenos dias,
    Tengo 43 años y estoy en el paro, desde hace tiempo tengo un proyecto en mi cabeza, puesto que durante muchos años he sido montador de cualquier cosa de la casa, mi idea es traer la compra de los grandes almaces (transporte) a casa y en caso necesario montarlo (pedido por internet) . Pero desconozco el sistema, y no sé:
    – tipo de autonomo que debo solicitar y donde debo hacerlo.
    – si se puede comprar en un leroy merlin por ejemplo y venderlo cargando los portes y el montaje, ¿la factura sería de todo, incluido el material?
    -¿ por estar en el paro tengo alguna ayuda?
    Agradeceria me respondiera puesto que no me decido por mi falta de experiencia en temas legales. Un saludo

    1. Buenos días,

      Puede perfectamente montar este tipo de actividad. Puede vender los muebles montados y facturar el porte dentro del precio del mueble o aparte como un concepto distinto.

      Una vez que este registrado como autónomo, puede comprar a cualquier empresa y pedir facturas a su nombre.

      Registrarse es bastante sencillo, le recomiendo que lea este artículo:
      https://blog.cofike.com/registrarse-como-autonomo/

      Si está en el paro con derecho a más de tres meses de prestación puede solicitar el pago único:
      https://blog.cofike.com/pago-unico-autonomo/

      También puede solicitar las ayudas al autoempleo de su comunidad autónoma, pero siempre sabiendo que no tiene que contar con ellas para arrancar (pueden tardar dos años en ser abonadas).

  98. Buenos días ,
    Actualmente estoy desarrollando una red social,mis ingresos vendrán de la publicidad,por lo que quiero constituirme como una sociedad limitada y me gustaría saber cual es el gasto para constituirme como sociedad limitada.

    Muchas gracias

  99. Hola, soy una joven española intentando emprender y me surjen varias dudas al respecto:

    1) La idea es vender en Europa accesorios que hago en una cooperativa en Africa. Dada la crisis en España quizas empezar vendiendo mas bien en paises nordicos europeos. Mi idea era crear una SL por eso de que otras empresas te tomen mas en serio pero ultimamente por el lio que eso supone estoy empezando a plantearme la idea de hacerme autonoma, Mi duda es que aunque soy española, ni vivo en España ni quiero vender en España (al menos al principio..) que seria entonces lo mas aconsejable para mi situacion?

    Muchisimas gracias

    1. Si no va ni a vivir ni a vender en España, no parece muy interesante crear una empresa aqui. Creo que sería más interesante valorar si es mejor montar una compañía en uno de los paises donde va a vender (empresa importadora), o en el país desde donde va a vender (empresa exportadora).

  100. Hola quería saber si me podrían informar de un tipo de contrato de autonomo que dice la empresa que voy a empezar a trabajar Signo de editores que no hay que pagar trimestrales solo la mensualidad de autonomo que incluso puedes cobrar el paro luego.
    Eso puede ser cierto?

    1. Si le retienen el IRPF en las facturas, efectivamente no hace falta que haga declaraciones trimestrales de IRPF. Si opta por la opción de la contingencias, puede tener derecho a la prestación por cese de actividad para los autónomos, que es similar al paro pero tiene condiciones distintas:
      https://blog.cofike.com/paro-autonomos/

      Pero aun asi, en principio tendría que hacer declaraciones trimestrales de IVA, salvo que su actividad este exenta. Le aconsejo que hable concretamente de su caso con una gestoría, normalmente la mayoría le responden a preguntas sencillas sin cobrar nada.

  101. Hola, mi esposa va a montar una peluqueria en madrid y deseo saber en que regimen nos convendria estar y que impuestos son oblitarios para este negocio.

    1. Normalmente, para el volumen de beneficios que supone una peluquería, fiscalmente es más interesante estar como autónomo. La Sociedad Limitada interesa solamente en caso de un salón grande.
      Los impuestos principales son la cotización a la Seguridad Social (mínimo 254€/mes), el IVA (la diferencia entre lo que pagan los clientes y el IVA que se paga a los proveedores, por lo que no cuesta nada a la empresa pero hay que gestionarlo), y el IRPF (normalmente un pago a cuenta trimestral del 20% de los beneficios, regularizado en la declaración de la renta del año siguiente). A eso hay que sumar probables tasas como la compra de un libro de reclamaciones, de un libro de visitas, el coste de la licencia de apertura, y otros pequeños impuestos.

  102. HOLA BUENAS NOCHES, QUERIA COMENTAR UNA COSA, QUIERO COMPRARME UN CASTILLO HINCHABLES Y TENGO DOS PREGUNTAS PUEDO SACAR UN SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL SI QUIERO DEJARSELO A UN AMIGO PARA SU BODA? YO NO SOY AUTONOMO.
    O ME TENDRIA QUE DAR DE ALTA PARA PODER SACARME EL SEGURO Y PODER ALQUILARLO DE ESTRANGIS!!!! MUCHAS GRACIAS

    1. No sé cuales son las condiciones que ponen los seguros. Tendría que dirigirse directamente a ellos. Respecto a lo de alquilar sin declararlo, tiene que saber que si practica una actividad económica sin registrarse correctamente en las administraciones competentes, estará fuera de la ley con lo que puede suponer como responsabilidades.

  103. Hola, soy una joven de 21años que trabaja por cuenta ajena, pero que desde hace un tiempo tengo la idea de trabajar por cuenta propia, tengo ideas(se que quiero vender y a que mercado) y motivación para montar un negocio pero mi juventud e inexperiencia causa incertidumbre e incluso burlas, el caso es que yo sigo con ganas pero soy nueva en esto y no sé por dónde empezar ni cómo, por lo que necesito una ayuda de orientación o de realidad.Espero que me puedan ayudar.Saludos

    1. Entiendo la situación que describe. En España existe poca cultura emprendedora, y muchas personas tienen prejuicios muy negativos en contra de las personas que quieren montar su negocio. Debería en primer lugar rodearse de otras personas emprendedoras, que comparten la misma motivación y las mismas ganas.

      Luego sobre el proceso. No se si quiere montar un negocio a la vez que trabaja por cuenta ajena o dejar su actual empleo para emprender. Ambas soluciones tienen pros y contras. Por lo general, arrancar un negocio cuesta mucho trabajo, y por lo tanto es difícil hacerlo si se tiene otras obligaciones. Pero trabajar por otro lado da ingresos que pueden ayudar a arrancar el negocio.

      Lo primero que tiene que hacer es definir muy bien lo que quiere hacer. ¿Qué producto o servicio va a vender? ¿A quién? ¿Hay un mercado para ello? ¿Por qué los clientes van a preferir su empresa antes que la competencia? Etc.

      Una vez que tenga definido su proyecto, puede analizar como lo va a poner en marcha. ¿Qué forma jurídica? (autónomo o SL), ¿Hace falta un local o no? (problemática de la licencia de apertura) ¿Hace falta empleados o no? (tema de convenios), y en general, todas las obligaciones legales (medioambiente, sanidad, etc).

      Si quiere saber como hacerse autónomo: https://blog.cofike.com/registrarse-como-autonomo/
      Crear una SL: https://blog.cofike.com/pasos-para-crear-una-empresa/
      Licencia de apertura: https://blog.cofike.com/licencia-apertura/

      Una vez que tenga más claro su proyecto, necesitará hacer un plan de negocio, en primer lugar para valorar la viabilidad de su idea, y en segundo lugar para convencer inversores o bancos (para obtener financiación).
      http://www.cofike.com/plan-de-negocio.php

  104. Hola, tengo 50 años siempre he trabajado por cuenta ajena, llevo tres años en paro y actualmente no cobra ninguna prestación, tengo la posibilidad de trabajar como comercial a comisión con un contrato mercantil y mi duda es si debo pagar el IAE, y si debo darme de alta como autónomo, hasta ahora estoy empezando y no sé cuánto voy a cobrar, en qué momento debo darme de alta, he escuchado comentarios, que si no supero una determinada cantidad de ingresos al año no se me obliga a darme de alta, es cierto esto? a partir de qué cantidad? …. Muchas gracias de antemano por su asesoramiento.

    1. Buenos días,

      Si va a desarollar una actividad económica, entonces tiene que darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social y pagar la cotización mensual (254€ / mes).
      En el IAE tiene que estar registrado para poder facturar. No cuesta nada.

      En este tipo de contratos, donde realmente solo hay un cliente, se aplica el estatuto de autónomo dependiente, y por lo tanto tendría derechos parecidos a los de un empleado (derecho a indemnización, a vacaciones, etc). Puede asesorarse en cualquier oficina de la Seguridad Social.

      1. Gracias por la respuesta, pero me queda una duda, pueda darme de alta en el IAE, comprobar primero dos o tres meses si es rentable o no el trabajo para darme de alta como autónomo?

        1. En principio, en cuanto inicie una actividad económica tiene que darse de alta como autónomo desde el principio. Además, para saber si algo es viable a menudo hay que invertir más que dos o tres meses, ya que casi todos los negocios tardan en despegar.

          Un saludo,

  105. Hola, tengo una empresa en la cual somos 2 socios , la otra persona me va a vender la parte suya (por jubilación), y quedaré yo con el 100%.
    Me gustaría saber si me compensa mas seguir como Sociedad Limitada, o disolverla y quedarme como autónomo. ¿En cual estoy mas seguro?
    La facturación al año ronda los 70.000 euros, y tenemos dos vehículos.
    Los gastos de asesoría rondan los 200 € mensuales (me parece mucho para 20 facturas que emitimos y unas 100 que nos facturan), ¿y siendo autónomo me los evitaría?, ¿hay mucho papeleo?
    Un saludo y gracias.

    1. Buenos días,

      Desde el punto de vista fiscal, lo que importa no es tanto la facturación sino los beneficios anuales. Si la facturación anual es de 70.000€, supongo que después de los diferentes gastos que puedan tener combustible y demás, los beneficios son bastante menos que eso. Cada caso puede ser diferente, pero en general, se considera que por debajo de 40.000€ de beneficios anuales no compensa tener una SL (quizás algo menos desde que se subió el IRPF).

      Una SL tiene que llevar una contabilidad bastante más detallada que un autónomo. Desde luego siendo autónomo no creo que la gestoría le cobrase tanto. Las declaraciones son trimestrales y el coste podría ser entre 50 y 100 mensuales, sin contar que puede hacerlo usted mismo, siempre que aprenda un poco como hacerlo (pero se arriesga a no estar al tanto de los cambios normativos y cometer errores).

      La principal diferencia entre SL y autónomo es la responsabilidad limitada. Es decir que en una SL, en teoría, solo responde por el capital que haya aportado. Como autónomo, respondería sobre todos sus bienes personales.

      Pero también es cierto que la protección de la SL es teórica en muchos casos. Por ejemplo, si pide un crédito, el banco le va a pedir garantías personales, es muy raro que lo ponga a nombre de la empresa sin garantías. En este caso, queda personalmente responsable de la deuda. También si se considera que ha gestionado mal la sociedad se le podría pedir responsabilidades. Dicho todo eso, es más segura la SL.

      Gracias por preguntar

  106. hola soy una asalariada de 34 años en una empresa.
    y aparte vendo varios artículos por ebay y páginas similares, por la que actualmente vengo ganando unos 225 euros limpios al mes (compros objectos en una tienda y los vendes por ebay,segundamano).
    entiendo que me tengo que dar de alta a hacienda y seguridad social (SS y autonomos)
    el tema es claro, si pago esos 254 euros de autonomos (creo que hay uno reducido que pagas 155 por venta por catalogo o aslgo así).
    por otro lado he leido que si estas empleada a jornada completa en una empresa, no te tienes que hacer autónoma, solo declarar irpf de esa actividad.
    pregunta:

    1- como lo tendría que hacer para pagar lo mínimo posible.
    2. los gastos de gasolina de vehiculo (45 euros mensual + 20 de movil estando a mi nombre, podría desgravarmelo como gasto, y con justificantes o ticket de compra ya vale “no estrictamente factura en caso del tema de la gasolina) que otros gastos me podría desgravar?-
    3. entiendo que tendría que pagar cada mes los autonomos, cada 3 meses la diferencia de ivas y anualemnte el 21 % de los beneficios en la renta.
    4-que multas incurriria si no estoy dada de alta en autonomos? “en hacienda se que poco , por que el beneficio no es tanto” he leido 3000 euros……..
    5. gracias por todo.

    1. Buenos días,

      1. En principio, para las mujeres menores de 35 años existe una deducción del 30% de la cuota de autónomos por parte de la Seguridad Social, aunque no sé si en todas las CCAA.

      Además, en mayo el Gobierno anunció que para las personas con pluriactividad (es decir a la vez asalariados y autónomos), la cuota bajaría a la mitad, aunque no se en que fecha será efectivo este cambio.

      Lo que sí existe hoy en día, es la posibilidad de recuperar la mitad de la cuota de autónomos si por el otro lado (asalariado), ya se está cotizando por el máximo.

      2. Puede desgravarse algunos gastos, pero necesita siempre factura a su nombre. En cualquier gasolinera se lo harán. Sin embargo, cuando usa un vehículo personal, solo puede deducirse la mitad de la gasolina, y es mejor que sea capaz de demostrar que usa el coche para su actividad (por ejemplo para ir a buscar los objetos). También en principio puede deducir la mitad de su cuota de Internet, y en general los gastos que conlleva su actividad de compraventa. De todas formas, le aconsejo que se asesore con una gestoría para tener claro todo lo que puede hacer y lo que no.

      3. Como autónoma, principalmente tiene que tramitar dos impuestos. El IVA no le cuesta nada, tan solo hace de intermediaria entre el cliente final y el Estado, y cada trimestre paga la diferencia entre el IVA que ha cobrado y el que ha pagado. Por otro lado, supongo que estaría como actividad empresarial, por lo que pagaría cada trimestre un 20% del beneficio de su actividad (ingresos menos gastos deducibles) como pago a cuenta del IRPF, todo eso siendo regularizado en la declaración de la renta del año siguiente.

      4. No conozco exactamente el importe de las multas, pero podrían exigir el pago de cuotas atrasadas, por lo tanto, si consideran que su actividad económica empezó hace dos años (por decir algo), podrían reclamarle 2 años de cuotas… pero eso es mejor que lo consulte con un gestor o un fiscalista.

      5. Muchas gracias a usted por comentar.

  107. hola, mi consulta es sobre que gasto tendre al darme de alta como autonomo en fucion de trabajar como comercial, tengo 42 años y vengo de 11 meses en paro, gracias

    1. La cotización mínima es de 254€ al mes. Si todavía le quedasen más de 3 meses de prestación por desempleo, podría solicitar el pago único. Tiene dos formas de cobrarlo. Si no va a hacer ninguna inversión, le interesaría cobrarlo como una deducción de las cuotas a la seguridad social. Por ejemplo, si tenía una prestación por desempleo de 750€ al mes y le quedaba por cobrar 4 meses, no pagaría cotización durante practicamente un año. Aunque quizás tenga que adelantar los primeros pagos para recibir luego el abono de las cuotas.

      Gracias por comentar

  108. Hola, actualmente estoy dado de baja de autónomo desde el 31/12/2011 tengo deuda en S.S. estoy como demandante de empleo con 58 años y sin ningún tipo de ayuda económica desde agosto del 2011, no me pude dar de baja en la misma fecha por estar como administrador en una empresa familiar, estoy biendo la posibilidad de darme de alta como autónomo colaborador de mi hijo, mi pregunta es ¿que importe pagaré como nuevo o lo mismo que pagaba antes? tambien tengo la duda si me ¿podré jubilar aún tenienmo más de 30 años cotizados entre regimen general y autónomo? gracias de antemano.

    1. Siento decirle que no puedo responder a este tipo de preguntas muy particulares. Le aconsejo que haga la consulta en la Seguridad Social.

  109. Yo soy empleado por cuenta ajena, pero quiero realizar trabajos adicionales en mi tiempo libre. ¿Qué coste tendría en mi caso mi autónomo?

    1. Si ya cotiza por la base máxima, podría recuperar la mitad de la cotización de autónomos (el 50% de 254€ mensuales).

      El Gobierno anunció en mayo que bajaría un 50% la cotización para los pluriempleados, por lo tanto si se cumple este anuncio, el sistema se generalizaría y se simplificaría (no haría falta cotizar por la base máxima, y no haría falta pagar para luego recuperar la mitad de lo cotizado).

  110. Buenas, me estoy informando un poco, a mí me gustaría abrir una academia de idiomas en un principio sería yo la encargada de todo tanto directora como profesora. Soy muy jóven y no tengo ni idea de administración de empresas, IVA, IRPF etc. Para abrir este negocio deberia darme de alta como autónoma no es cierto?? sólo tengo 22 años, cuánto tendría que pagar? y si decidiera contratar a alguien cuánto tendría que pagar por esta persona?

    1. Buenos días,

      En principio tiene dos grandes opciones para abrir un negocio: autónomo o crear una sociedad (sociedad limitada). La primera opción es más fácil, rápida y económica (siempre que los beneficios no superen los 40.000€ anuales). La segunda opción es un poco más costosa y requiere más trámites administrativos, pero le da responsabilidad limitada y a partir de un cierto nivel de beneficios, es mejor pagar Impuesto de Sociedades que el IRPF.
      Registarse como autónomo: https://blog.cofike.com/registrarse-como-autonomo/
      Montar una SL: https://blog.cofike.com/pasos-para-crear-una-empresa/

      Al tener 22 años, me parece que en la mayoría de las CCAA hay deducciones del 30% de la cuota de autónomos, por lo tanto pagaría unos 180€ mensuales (en lugar de 254€).

      Si contrata a una persona, tiene que ver si hay algun convenio colectivo que fije un sueldo mínimo. Si no lo hay, en España el salario mínimo es de 741€ brutos. Al sueldo bruto le tiene que sumar aproximadamente un 30% de cotización patronal a la seguridad social. Si el sueldo bruto es de 1.000€ mensuales, le costaría 1.300€ con la SS.

      Además tiene que pensar en el alquiler del local, la luz, los suministros, la gestoría, etc.

      Si necesita que valoremos su proyecto con la elaboración de un plan de negocio, puede consultar nuestros servicios aquí: http://www.cofike.com/plan-de-negocio.php

  111. trabajo en el ayuntamiento como pintor y m gustaria saber una vez reconocida la compatibilidad si me doy de alta como autonomo para trabajar por la tarde si pagaria igual que a jornada comleta o hay otras formas . gracias

    1. Cuando se trabaja a la vez como autónomo y por cuenta ajena, y siempre que se cotice por el máximo por cuenta ajena, existe la posibilidad de recuperar la mitad de lo cotizado en el RETA.

  112. Disculpa, leyedo el resto de comentarios me queda aclarada la duda anterior.
    Sin embargo mi duda final es, siendo mujer menor de 35 años, quiero abrir tanto una tienda on line como una física. Para esto tendría que pagar dos veces la cuota de autónoma, o vale una con la otra?.

    Gracias.

    1. Para su pregunta anterior: un negocio online sí que tiene que pagar IVA, y luego el 20% de los beneficios trimestrales (como IRPF).

      Cuando tiene a la vez tienda física y online solo paga una cuota de autónomo, pero se tiene que dar de alta en dos epígrafes del IAE en Hacienda.

      Gracias por comentar,

  113. Soy periodista. Estoy en el paro y me ha salido un trabajito de periodista por unos meses y con un sueldo fijo al mes. Me tengo que hacer autónoma durante ese tiempo y cuando se acabe, en tres o cuatro meses, me daré de baja. Me gustaría saber en mi caso cuánto tendría que pagar al mes como mínimo y si tendría que hacer la declaración trimestral o sería suficiente con la anual de la renta. Temngo más de 55 años y al proceder del paro, ¿hay alguna diferencia? Muchísima gracias.

    1. La cotización mínima como autónomo es de 254€ al mes. En su caso, sería autónomo dependiente, al facturar más del 75% de sus ventas a un solo cliente. Le recomiendo que se acerque a una oficina de la Seguridad Social para informarse de sus derechos, ya que el autónomo dependiente tiene ventajas parecidas al empleado (como vacaciones pagadas, si no me equivoco).

      Gracias por comentar

      1. Buenas tardes,
        me gustaría saber si me doy de alta de autónomo, en mi caso soy menor de 35 años por lo que la cuota se quedaría en 178€ aprox. como psicóloga en un gabinete de psicología estoy exenta de pago de IVA trimestral, no me queda muy claro este tema.
        Muchas gracias de antemano.

        1. Algunas profesiones están exentas de IVA. Para un psicólogo, depende del tipo de actividad desarrollada. Si es una consulta de psicología clásica y se factura a los pacientes, entonces está exento de IVA. Si es para hacer tests de psicología para candidatos a puestos de trabajos y se factura a empresas, entonces me parece que lleva IVA.

          Cuando una actividad está exenta de IVA, los gastos se contabilizan IVA incluido, ya que no se puede repercutir este impuesto. Me explico mejor con un ejemplo:

          Un asesor de empresa y un psicólogo alquilan cada uno un despacho por 1000€ al mes más IVA.

          El asesor de empresa contabiliza como gasto suyo (en el IRPF) los 1000€, ya que los 180€ de IVA los va compensando con el IVA que factura a sus clientes.
          El psicólogo contabiliza como gasto los 1.180€, ya que no puede repercutir el IVA.

          Gracias por comentar,

  114. Pero la tributación a partir de 2009 para autónomos en epígrafe de venta a domicilio(en este caso venta on line) no tenia una reducción del 50%, es decir 140!!!???
    Se ha quitado la reducción???

    1. La venta online no es venta a domicilio (según el criterio administrativo). La asimilan a la venta por catálogos. La venta a domicilio entiendo que son aquellas personas que trabajan “a puerta fría” vendiendo de casa en casa. Pero si lo quiere confirmar, le recomiendo que pregunte en la Seguridad Social.

    1. Los hombres a partir de 31 años y las mujeres a partir de 36 años normalmente pagan 254€ como mínimo al mes. Para los más jóvenes hay un descuento del 30% durante dos años.

      Gracias por comentar

  115. HOLA
    soy autonomo,el mes pasado(junio) 29/06/2012 por la mañana echo el ingreso por la cauta de la seguredad social resolta que pasaron el recibo a premira ahora y 1 de la madrugada,todavia no esta echo el ingreso ,hoy mismo voy al banco actualise la libreta y no me sale el recibo de la seguridad social,que tingo que hacer gracies. un saludo.

    1. Buenos días,

      Cuando una persona se registra a finales de mes, normalmente la Seguridad Social cobra la cuota el mes siguiente, junto con la del otro mes.

      Gracias por comentar.

  116. Entiendo q puedo darme de alta como autónoma para desarrollar una actividad, aunque no tenga la empresa creada…. ¿estoy equivocada?

    1. Darse de alta como autónomo (es decir como empresario o profesional en el IAE en Hacienda, y luego en el RETA en la Seguridad Social) es crear una empresa, aunque no una sociedad. Podrá facturar legalmente, aplicar el IVA, deducirse los gastos asociados a su actividad, etc. como cualquier empresa, aunque seguirá siendo una persona física, y no una sociedad mercantil.

      Gracias por comentar

  117. Hola, muchas gracias por el artículo!
    Por mi parte estoy barajando la posibilidad de hacerme autónoma, ofrecería servicios de consultoría y asesoramiento a empresas, y al menos al principio, de forma muy esporádica. Las dudas son:
    – La cuota mensual se comienza a pagar desde el día 0 a pesar de facturar de forma tan esporádica en tiempo y cantidad?
    – Puede haber pegas al no estar los clientes (y yo en parte) ubicados geográficamente en España?
    Muchas gracias por adelantado

    1. La cotización al RETA (Seguridad Social) se paga desde el primer día del mes en el que se de de alta.
      Si al principio, su actividad no es habitual (por ejemplo que factura una cosa al año), no tendría que estar en el RETA, aunque sí en el IAE (Hacienda).
      No hay pegas por facturar clientes de fuera. Sin embargo, sin son clientes de la UE, para poder facturar sin IVA tiene que estar registrada en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios). Eso se pide a Hacienda, y hay que justificarlo.

      Gracias por comentar.

  118. Hola estoy interesado en saver cuanto cuesta al mes darse de alta como compra venta de automoviles de segunda mano y como se factura en el sctor un cordial saludo

    1. Buenos días.

      Como venimos diciendo, la cuota mensual de autónomos es de 254€ (menos un descuento durante dos años para algunas situaciones).

      Tiene que comprar y vender con IVA, y hacer declaraciones trimestrales de IRPF e IVA.

      1. soy autonoma manipulados en mi domicilio, estoy de baja ala espera de una intervencion, para no perder el trabajo quiero poner a mi hijo de 25 años a ocupar mi puesto hasta que vuelva a la umiversidad ,es estudiante que coste me va a suponer ,dado que hay meses que solo se facturan aproximado 500 euros

  119. Hola! Estoy pensando junto con mi novio en ponernos nuestro propio negocio; una tienda de pan, bollería, algunos zumos y agua. Sería una tienda pequeña de barrio. La cuestión es si al ser dos para hacernos autonomos del mismo negocio existe algun descuento. Gracias! Saludos!

    1. Buenas tardes,

      Que yo sepa no hay descuento. Pero en caso de familiares que trabajan en el mismo negocio, me parece que el Gobierno acaba de anunciar unas reducciones.

      Un saludo,

  120. Soy autonomo desde el 2010 y las retenciones de IRPF que aplico en factura son del 7% (derecho a ellos hasta los 3 años de actividad). Si es un derecho, ¿porque penaliza por ello Hacienda pagando cantidades desorbitadas a Hacienda?
    Gracias.

    1. Buenas tardes,

      No sé a qué se refiere exactamente con la penalización. Las rentenciones solo son pagos a cuenta. Durante los primeros años se retiene menos porque se supone que los ingresos son menores. Pero lo que realmente cuenta es el ingreso real a final de año, que se refleja en la declaración de la renta. Si los beneficios han sido buenos, entonces la diferencia a pagar a Hacienda puede ser muy grande.

  121. hola ,yo estoy sin trabajo quisiera abrir un bar con que gestion debo empezar y cuanto aproximadamente me costaria todos los pagos gracias

    1. Si está en situación de desempleo con derecho a prestación, es interesante que pida el pago único.
      https://blog.cofike.com/pago-unico-autonomo/
      Para un bar necesitará una licencia de actividad para el local (se puede solicitar una nueva o hacer un traspaso si el sitio ya tenía).
      Para poder facturar necesitará registrarse como autónomo (darse de alta en Hacienda y en la Seguridad Social).
      https://blog.cofike.com/registrarse-como-autonomo/

      Costes:
      Arquitecto para gestionar la licencia: mínimo unos 500€
      Tasa licencia de apertura: variable (según municipio) de unas decenas a unos cientos de euros
      Adecuación del local: muy variable. Puede ser poco o nada con un traspaso, o un desembolso de decenas de miles de euros.
      Alquiler del local
      Cotización autónomos (mínimo 254€)
      Suministros
      Gestoría
      Etc

      Muchos gastos dependen de cada negocio. Si lo necesita, podemos elaborar su plan de negocio, para analizar la viabilidad de su proyecto.
      http://www.cofike.com/plan-de-negocio.php

  122. Hola necesitaria saber si se puede sacar el autono para un par de semanas,para un trabajo eventual de construccion??? gracias
    un saludo

    1. Buenos días,

      Si se puede, pero me parece que siempre tendrá que pagar el 100% de la cotización del mes. Es mejor que le hagan un contrato temporal como empleado. No merece la pena darse de alta y baja como autónomo.

  123. Hola, me gustaría que me resolvieran una duda. A ver, quiero cojer la piscina municipal del pueblo para este verano, por lo que necesito darme de alta dos meses como autónomo para poder contratar un socorrista y un camarero. ¿Qué gastos tendría? ¿Y al darme de baja?

    1. Los gastos: su cotización al RETA (254€/mes)

      El gasto de personal: el sueldo bruto de las dos personas más aproximadamente un 33% de cotización patronal a la Seguridad Social.

      Unas decenas de euros para pagar un gestor para hacer las nóminas, y tramitar las altas y bajas (aunque parte de eso lo puede hacer personalmente).

  124. Buenas tardes. Voy a montar una tienda de cómics y tengo una duda. Me informaron que por el tipo de tienda yo no pago IVA, ya que mis facturas llevan Recargo de equivalencia, ¿eso es así? Si es así por lo tanto yo no puedo recuperar el IVA ¿no? Entonces solo pagaría IRPF (por módulos o porcentaje facturación, según yo elija) y Seguridad Social ¿no? Gracias

  125. Hola,
    Quiero montar una tienda on-line, de productos hechos a mano por mi. Me gustaría saber que cuota de autónomo tendría que pagar si no llego al mínimo en ventas.
    Si las ventas no son habituales, si no de modo esporádico.

    Muchas gracias

    1. Si no va a ser una actividad habitual, ni representar un importe muy significativo, no tendría que pagar el RETA.

      El mínimo son 254€ al mes, con un 30% de descuento durante dos años para algunos colectivos (mujeres de menos de 35, hombres de menos de 30).

      Si van a ser ventas esporádicas (dos o tres veces al año) lo que puede hacer es darse de alta y baja cada vez en Hacienda (en el IAE). Y si el importe es significativo, puede pagar un mes la cotización al RETA. Pero eso solo vale sin son pocas veces en el año. Si es más habitual tendrá que pagar siempre la cotización.

  126. Gracias por la respuesta,entonces por lo que entiendo mañana me doy de alta y tengo para pagar hasta el día 30.otra duda,¿que me recomiendas?¿hacienda por modulos o por facturación?bueno te lo pregunto por que el negocio va ser una tienda con taller propio de decoración de interiores(cortinas ,estores,tapicería,ect.)y con la cosa como esta ,sinceramente no creo que se mueva mucho por lo pronto(ojala me equivoque).
    Gracias de antemano.
    Saludos y gracias.

    1. Buenas tardes,

      No todas las actividades se pueden acoger a los módulos. Si puede hacerlo, a largo plazo le sale más rentable, pero tiene que echar números. En principio, en estimación objetiva al principio cuesta más (porque se pagan cantidades fijas), pero luego cuando crece la actividad es más rentable.

      Le aconsejo que lo consulte con una gestoría.

  127. Buenas,
    NOTAS:
    – Estoy cobrando paro y aun me queda 19 meses.
    – Me estan ofreciendo incorporarme a un proyecto pero tengo la posibilidad de estar como asalariado o como autónomo.
    – Digamos que sería un salario de 30.000 para hacer cálculos oportunos.

    QUESTIONES:
    – Si el paro se puede guardar y me pongo a trabajar como autónomo, ¿podré recuperar el paro después? Si fuera que no, ¿y si me contratara a posteriori una empresa y me despidiera, cual sería el periodo de contratación mínimo para poder reengarcharme con el paro?
    – Al ser un trabajo de ingeniería via subcóntrata, ¿como se trasmite el IVA y como se incluye en el salario (factura)?
    – ¿Me convendría más aceptar el ser autónomo o mejor estar por cuenta ajena? ¿Hay algún cálculo que me mostrara los números?

    GRACIAS

    1. Primera duda:

      Si trabaja como autónomo, cuando deje de trabajar en principio no tiene derecho a paro, aunque no pierde los derechos adquiridos. Si después le contrata una empresa para un contrato temporal, o le despide después de pocos meses, volvería a tener derecho al paro. Pero cuidado, la duración del derecho al paro se calcula sobre los años trabajados en los últimos 6 años (máximo 24 meses de paro), y la prestación se calcula sobre los últimos 6 meses de sueldo …

      Segunda duda:

      Como autónomo, facturaría con IVA y sus facturas llevaría rentención por IRPF.

      Es decir: factura 2.000€, sobre esto se suma un 18% de IVA (360) y se resta la retención de IRPF del 15% (7% los primeros años) 300€. El total que cobra sobre la factura son 2.060€, de los cuales 360 tienen que ser ingresados a Hacienda por IVA (deduciendo el IVA que haya pagado para sus gastos profesionales). La empresa ingresa por su cuenta los 300€ de IRPF (140€ los dos primeros años).

      Además tiene que pagar su cotización como autónomo. El mínimo son 254€ al mes pero si quiere cotizar para la jubilación de forma equivalente a un empleado tendría que dedicar el 40% de sus ingresos.

      Tercera duda:

      Por derechos, estabilidad y simplicidad es mejor ser empleado. Ser autónomo le permitiría deducir algunos gastos y eso, pero en general, para hacer un trabajo para una sola empresa, es mejor ser empleado.

  128. HOLA QUIERO MONTAR UNA TIENDA DE ROPA, QUISIERA SABER QUE TRAMITES DEBO HACER PASO A PASO, Y LO QUE TENGO QUE PAGAR, EL LOCAL QUE QUIERO RONDA ENTRE LOS 40METRO A LOS 125METROS, NINGUNO TIENE LICENCIA DE TIENDA NI DE APERTURA, PERO EN NINGUNO TENGO QUE HACER CONTRUCION YA QUE UNO DE ELLOS FUE UNA TIENDA ILEGAL DE ROPA Y LO TIENE TODO , PERO HAY OTRO QUE NO TIENE NADA. GRACIAS

    1. Tiene que registrarse como autónomo:
      https://blog.cofike.com/registrarse-como-autonomo/

      Por otro lado, necesitará una licencia de apertura. Aunque el Gobierno haya anunciado que el proceso se simplicará para obtenerla, las exigencias de los ayuntamientos no cambian y sigue siendo imprescindible cumplirlas, por lo tanto tiene que averiguar en su municipio (o preguntando a un arquitecto de su zona) los requisitos que necesita para tal local. Si cumple el que ya está listo perfecto, sino tiene que buscar otro o hacer obras.

      Lo que tiene que pagar es variable. Como mínimo la cotización de autónomos, el alquiler, las tasas del ayuntamiento, y si fueran necesarios, obras , honorarios del arquitecto, etc.
      Por supuesto hay que contar con la inversión (stock de ropa, mobiliario, obra, rotulación, etc), con los gastos habituales (luz, agua, teléfono, gestoría, seguros, etc…)

      Si necesita ayuda, podemos elaborarle su plan de negocio:
      http://www.cofike.com/plan-de-negocio.php

      Gracias por su comentario

  129. Hola me voy a dar de alta como autonomo mi duda es la siguiente,¿los 254€ de la seguridad social,los tengo que pagar en el momento de darme de alta o al mes siguiente?.
    Gracias y saludos

    1. Buenos días,

      La Seguridad Social le cobrará el último día del mes de alta. Le cobran un mes entero tanto si se da de alta el 1 como si lo hace el 30. Si se registra en los últimos días del mes es posible que no les de tiempo a cobrarle y que entonces le giren dos mensualidades el último día del mes siguiente. En cualquier caso, siempre es recomendable darse de alta a principios de mes.

      Gracias por su comentario.

  130. Soy asalariada de 39 años y quiero montar una herboristería como autónoma. Si dejo el trabajo para convertirme en autónomo, perdería el paro, o tendría algún tipo de ayuda (primer negocio, mujer)? y la otra opción es si monto una tienda on line siendo asalariada, qué importe se paga como autónomo? Un saludo, un blog excelente.

    1. Si deja el trabajo voluntariamente, no tiene derecho a la prestación por desempleo (aunque no pierde sus derechos adquiridos al respecto). En principio no podría optar a las principales ayudas, ni tampoco tendría descuento en la cuota de autónomos (para mujeres es hasta los 35 años).

      Si monta una tienda online y se da de alta como autónoma, pagaría una cotización reducida (el 50%, unos 125€), ya que el Gobierno acaba de anunciar que estudia una reducción de la cotización para las personas pluriempleadas, pero todavía no se sabe cuando se aplicará.

      Muchas gracias por el comentario y sus felicitaciones.

    1. El pago único lo puede solicitar para crear una empresa como autónomo, y tiene dos opciones: o cobrar el dinero en un solo pago (entre el 60% y el 100% del importe de prestaciones pendientes según su situación), o pedir que el dinero sirva a cubrir las cuotas de la Seguridad Social. Lo que cobre en un solo pago lo tendrá que justificar con facturas.

      Tenemos un artículo sobre el tema:
      https://blog.cofike.com/pago-unico-autonomo/

      Gracias por comentar

  131. Wenas queria preguntar, tengo 20 años y estoy pensando en hacerme autonoma para hacerme un centro de estetica, ¿cuanto tengo que pagar de autonomo? y ¿que gastos al mes tendre mas o menos con iva i gestoria sin pagar alquiler?

    gracias*

    1. Buenos días,

      Las mujeres de menos de 35 años y los hombres de menos de 30 años tienen una bonificación del 30% de la cotización en el RETA (Seguridad Social). Esto significa pagar unos 177€ euros mensuales, siempre que no se opte por el seguro de desempleo.

      El resto de impuestos (IRPF, IVA) dependerá de su volumen de actividad. El IVA en realidad no le cuesta nada, ya que solo lo colecta en nombre del Estado. El IRPF es en función de sus beneficios.

      El resto de gastos es muy variable según como monte su negocio. Una gestoría le puede cobrar unos 50€ al mes por gestionar sus declaraciones. Luego tiene que tomar en cuenta suministros (luz, agua, tel), inversiones (material, mobiliario, obra), el alquiler, etc…

      Si necesita que le elaboremos un plan de negocio, no dude en contactarnos: http://www.cofike.com/plan-de-negocio.php

      Gracias por su comentario

  132. Hola,
    Soy autónomo y sólo trabajo 2 meses al año, puedo darme de baja los 10 meses que quedan?

    Gracias por este blog!
    Juan

    1. Buenos días,

      Por supuesto, puede darse de alta y de baja solo cuando vaya a tener realmente actividad, y no pagar cotización mientras no este trabajando.

      Gracias por su comentario

  133. Voy a abrir una tienda online de alimentos no frescos¿ He leído que el coste de autónomos se reduce un50 por cien ¿ Es eso verdad¿ Gracias

    1. La reducción de la cuota se aplica de momento únicamente a los autónomos pluriempleados, es decir que ya están pagado seguridad social por otro lado (normalmente por tener un empleo asalariado). Si es su caso, efectivamente pagaría la mitad, pero sino, la situación no ha cambiado.

  134. He estado leyendo todo lo que comentaís y se me han ido algunas dudas.
    El caso es que yo estoy mirando para montar un parque infantil pero no se los gastos que me va a suponer eso además de los propios del parque, por lo que antes de comenzar nada necesito saber si lo puedo costear.
    ¿Me podrías decir más o menos que gastos me ocasionaría?

    Un saludo y gracias

  135. mi pregunta es la siguiente,mi hijo ha estado trabajando durante dos años de jardinero,pagando la seguridad social agraria,debido a la crisis se va al paro los seis meses que le corresponden pero nadie le dijo que se tenia que dar de baja de la agraria. Esta obligado a pagar esos meses que ha estado en el paro?

    1. Buenos días,

      Siento no poder responderle, no estoy familiarizado con el sistema de la agraria.

      Un cordial saludo,

  136. Buenas a todos. Estoy en trámites para darme de alta en autónomos y encuentro muy útil y actualizado este post. Tengo un par de dudas que quizá podáis resolver:

    1. Me he dado de alta telemáticamente en la AEAT mediante el formulario simplificado (037). ¿Me comunicarán si está todo OK o tiene efecto inmediato? Además, puede que en el futuro necesite mi número de operador intracomunitario. ¿Podré realizar la modificación pertinente a través de la sede electrónica?

    2. Trabajo en temas de Internet, en marketing digital: SEO, SEM… (no vendo productos). En el fomulario 037, realizado telemáticamente, casilla 400, he puesto “Otros profesionales relacionados con servicios” (IAE 899). En regímenes aplicables (casilla 510) he indicado el Alta en el regimen general, pero sin especificar ningún grupo o epígrafe, porque así me lo comentó el gestor. ¿Debo poner este mismo epígrafe cuando me dé de alta en el RETA? ¿Se ajusta mejor algún otro epígrafe o no es relevante dado que estoy exento de pagar dicho impuesto?

    3. ¿Qué tipo de gastos, de manera genérica, puedo deducir de mi actividad, teniendo en cuenta que trabajo en mi domicilio y no tengo coche? ¿Puedo incluir un máster de marketing online que estoy cursando, por estar directamente relacionado con mi actividad? ¿Clases de alemán?

    Muchas gracias y enhorabuena por su blog.

    1. Buenos días,

      El alta en el 037 tiene efecto inmediatamente, a partir de la fecha que haya puesto como inicio de actividad. Si quiere obtener un número de IVA intracomunitario, lo tiene que solicitar a Hacienda (lo puede hacer por vía telemática). Pero lo tiene que justificar con documentación y explicaciones, y Hacienda puede o no darle de alta (tarda entre quince días y un mes).

      Cuando se de de alta en el RETA, la Seguridad Social tiene una tabla de correspondencia entre epígrafes del IAE y códigos CNAE (que es lo que usan, si recuerdo bien), y se lo rellenarán allí mismo.

      Puede deducir los gastos asociados a su actividad. Si trabaja con Internet, puede deducir el 50% del gasto (el otro 50% se considera uso privado). Podría deducir la parte proporcional de la vivienda (si está en alquiler) pero es un poco engorroso y no suele valer mucho la pena. Sobre los cursos, no lo tengo muy claro.

      Gracias por sus felicitaciones y por su comentario.

      1. Gracias por su respuesta. La obtención del NIF intracomunitario, ¿la debo realizar mediante modificación de datos censales con formulario 036 o existe otro documento? Teniendo en cuenta que me di de alta a travñes del 037, ¿supone esto algún problema? Gracias.

        1. Exacto,

          Tiene que usar el modelo 036, apartado B (modificación), línea 130 (solicitud de alta en el ROI) y rellenar los datos correspondientes en la página 5.

          No hay incompatibilidad con el 037, este último es solo la versión simplificada del 036.

  137. Buenas tardes,
    Buenísimo el blog, me aclaró muchas dudas, pero aún me quedan algunas. Mi caso es el del ejemplo de la tienda online. Dices que el único gasto es el de Seguridad Social (254€). Leí en algún lugar que hay alguna bonificación para mujeres mayores de 45 años, es eso cierto? A parte de la recaudación del IVA (16%?), no es necesario el pago del IRPF? Muchas gracias.

    Un saludo

    1. Buenos días,

      Efectivamente, hay bonificaciones en la Seguridad Social en función de las edades, por lo que la cotización baja a unos 200€ aproximadamente.

      El IVA (18%) no es un gasto: se cobra al cliente y se paga al estado. El empresario solo actúa como recaudador.

      Por supuesto, hay que pagar IRPF. Cuando decía que el único gasto es la cotización a la Seguridad Social me refería a gasto fijo. El IRPF depende de los beneficios de la actividad. Cuanto más se paga, mejor, porque entonces el negocio va muy bien.

  138. Soy artista plástico y voy a vender en un mercadillo durante solo 3 meses (verano), me exigen un certificado de alta en autónomo, mis ingresos serán inciertos pero si tengo que pagar 254€ creo que no me queda otra opción que el “top manta” hay algún régimen especial para los artesanos o artistas en estas condiciones ? gracias

    1. Desconozco si hay algún sistema de cotización especial para este tipo de actividades temporales. Le recomiendo que consulte en la Seguridad Social.

      Por otra parte, está claro que pagar 254€ de cotización es absurdo, debería haber un mínimo mucho más bajo para las personas que empiezan o que tienen actividades temporales. Este tipo de cosas tiene dos efectos perversos: unas personas no emprenden porque sale demasiado caro y otras defraudan. Debería haber una cotización de 50 euros al principio y un control muy estricto sobre el fraude.

  139. Buenas tardes,

    Me parece muy interesante vuestro blog. Soy un estudiante de ADE y tengo un proyecto de empresa en mente con buenas expectativas y coste casi nulo (igual que el presupuesto), y me pregunto si existe alguna excepción para pagar la cuota de 254 euros, digamos, durante el primer mes de actividad, para ver si la empresa funciona o no.

    Como ya he dicho mi presupuesto consta mayormente de mis conocimientos y colaboradores, y no me gustaría para nada tener que pagar sin tener beneficio suficiente para ello. Una vez todo esté funcionando (digamos en el segundo mes) no tendria ningún problema en darme de alta.

    Cuál es vuestra opinión? Gracias anticipadas!

    1. Buenos días,

      Si va a desarrollar una actividad económica y facturar, tiene que darse de alta en Hacienda y pagar la cuota de la Seguridad Social. Ojala existiese un sistema que permitiera no pagar nada durante los primeros meses, pero de momento no es así.

      Sin embargo, es posible que por ser joven no tenga que pagar 254€ sino algo menos. Puede consultar en la Seguridad Social.

      Un cordial saludo,

  140. Buenas tardes,
    En el caso que solo se realicen 1 ó 2 trabajos al año y no de mucho importe, entiendo que podríamos no pagar la cuota a la Seguridad Social; pero en el momento de hacer la factura, deberíamos retener el 15% en concepto de IRPF igualmente?
    Gracias,
    Virginia

    1. Buenos días,

      Exacto, si su actividad está sujeta a retención, se tiene que retener el IRPF. Pero recuerde que durante los dos primeros años la retención es solo del 7%.

      Gracias por su pregunta.

  141. Hola.

    Navegando por la red, he dado con este blog, y se me ha iluminado el túnel!

    Soy locutora. Hará cosa de dos años me animé a intentar trabajar a través de internet, y bueno… después de muchos e-mails (cientos) y de mucho dar la paliza y prepararme material que utilizar como muestra, la cosa parece que funciona. No es para echar cohetes… (no podría vivir únicamente de esto) pero sí va lo suficientemente bien como dar el paso de regularizar mi situación. El problema? ninguna sorpresa: la cuota de autónomos es exageradamente alta.

    Muchos de los clientes exigen factura y no puedo facturar… Por lo que he leído hasta ahora, lo que entiendo es que para emitir factura sin estar dada de alta en autónomos, han de darse estas condiciones:

    1 – darme de alta en el IAE, en el modelo 037
    2 – que la cantidad a facturar no supere el Salaraio Mínimo Interprofesional (actualmente de 640,42 euros/mes)
    3 – que mi trabajo no sea considerado habitual (entiendo que básicamente en este punto está la clave)
    4 – que cada tres meses vaya a Hacienda a pagar el IVA correspondiente.

    Esto es cierto? y si lo es… cómo se hace? cómo he de emitir una factura?

    Quizá mis dudas… o el platearlas aquí, choque un poco con el nivel de conocimiento sobre esto que pueda tener la gente que escribe. Pero, la verdad, es un tema que me supera y que necesito solucionar. Puedo llamar al teléfono de información y plantearlo allí…, pero me da mucho reparo decirles “por favor, hablando mal y pronto, dadme una explicación para tontos”

    Ya no sé cuánto tiempo llevo con este quebradero de cabeza… Leo en foros infinidad de cosas, muchas de ellas (por lo visto) bulos o rumores falsos. Si pudieras aconsejarme… te estaría muy, muy agradecida.

    Un saludo!

    1. Hemos redactado un artículo sobre el tema: Facturar sin ser autónomo.

      El problema es efectivamente que la Seguridad Social no dice claramente lo que es una actividad habitual. En la práctica, normalmente, cuando se cobra muy poco, hay una tolerancia para no estar pagando la cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Pero en cualquier caso, tiene que estar registrada la actividad en Hacienda (modelo 037) para poder facturar, y tiene que hacer las declaraciones correspondientes (IVA, etc).

      El problema es que como no hay claridad en la doctrina de la Seguridad Social, ha ocurrido que personas con ingresos bajos hayan sido multadas y obligadas a pagar todas las cotizaciones atrasadas. Después de pagar y de muchos meses de juicio, estas personas han ganado en los tribunales. Es decir que aunque al final el juez diga que no estamos obligados a pagar, podemos tener problemas durante mucho tiempo. La consecuencia es que las personas suelen optar o por hacer todo (hacienda + cotización de seguridad social) o por trabajar en la economía sumergida.

      Una reforma del sistema es necesaria, y por ejemplo establecer una cotización de solo 50€ hasta cierto nivel de ingresos sería una buena forma de resolver la situación de muchos. Veremos si los poderes públicos rectifican y dan una solución a los muchos autónomos en este caso.

      De momento, en su situación, tendría que al menos darse de alta en Hacienda, y preguntar en la Seguridad Social si está obligada a pagar o no (según su criterio). Si le dicen que no tiene que pagar la cotización, y aunque siempre podrán cambiar de criterio, usted podrá regularizar su situación y facturar normalmente las empresas. Si le dicen que tiene que cotizar, entonces tendrá que elegir entre pagar o seguir en la ilegalidad. Como las arcas públicas están vacías es muy posible que en un futuro próximo haya más investigación de parte de Hacienda, así que debería elegir con mucho cuidado.

    1. Hay una diferencia entre la base de cotización y lo que realmente se paga mensualmente. Se cotiza por aproximadamente el 30% de la base mínima.

      Estoy de acuerdo en que la página de la Seguridad Social debería ser mucho más clara, e indicar lo que se paga, no las bases de cotización y los respectivos porcentajes de cotización.

      Gracias por su comentario.

      1. Pero lo que no le veo sentido es que pagues un minimo siempre, entonces si no sacas mas de ese minimo estarias perdiendo dinero, asi no me extraña que haya tanto paro si no dejan iniciativa.

        En mi caso queria sacar un juego para moviles android, pero no se cuanto sacare, quizas menos que el minimo de cotizacion al mes. ¿Estaria obligado a registrarme como autonomo? He leido comentarios dispares al respecto, algunos comentan que si no sacas el equivalente al salario minimo interprofesional no tienes que registrarte pero en otros comentan que la seguridad social si tienes algun ingreso automaticamente te ingresan como autonomo y luego a ir a los tribunales para solucionarlo.

        1. Precisamente tenemos un artículo sobre el tema: Facturar sin ser autónomo.

          Para facturar se tiene que dar de alta en Hacienda (modelo 037). Para saber si tiene que pagar la cotización de la Seguridad Social, depende de si su actividad es habitual o no. Algunas personas consideran que si se gana menos de la cotización, se podría entender que no hay que pagar nada, pero en un análisis estricto, en su caso tendría que pagar.

          Comparto totalmente su opinión. Debería haber, al menos durante los dos primeros años, un sistema que cobre la cotización a la Seguridad Social como un pequeño porcentaje de las ventas. Tener que pagar más de 250€ mensuales es un enorme freno a la creación del autoempleo.

          1. Ademas en mi caso si vendo un videojuego, aunque consiga mas de los 250€ al mes tarde o temprano las ventas bajaran a menos de 250€, entonces, ¿que deberia hacer? ¿darme de baja como autonomo y decirle a google que de de baja mi juego y que no me pasen mas dinero a mi cuenta? Esta medida esta hecha a posta de modo que se aseguran de que haga lo que haga la persona van a cobrar un minimo.

      2. Otra cuestion es el IVA, ademas de la cotizacion de los 254€ del IRPF tengo que pagar el 18% de IVA de lo facturado, es que esto de ser autonomo es una ruina al empezar, trabajas para el estado.

        1. Como autónomo, usted no paga el IVA. Solo ejerce de entidad cobradora para Hacienda. Tiene que dejar de pensar como un consumidor final y pensar como empresa, con precios sin IVA siempre. Si vende un producto por 100€, su cliente le tiene que pagar 118€, y usted al final del trimestre ingresar a Hacienda estos 18€ que ha pagado el consumidor final. Pero de todo lo que haya cobrado de IVA durante el periodo, usted se deduce todo el IVA que haya pagado para gastos de su actividad. Como todas las empresas hacen lo mismo, al final el único que paga este impuesto es el consumidor final.

          Otra cosa es que cuando haga una inversión, tenga que adelantar el IVA de lo que gaste, y que tarde mucho tiempo en compensarlo con ventas. En este caso, sí que está adelantando el dinero al Estado, porque la devolución del IVA por parte de Hacienda no suele ser muy efectiva (aunque en teoría es posible).

          1. No me quedo muy claro lo de que la devolucion del IVA no es muy efectiva. En mi caso esto es un gasto ya que realmente tendria que aumentar el precio del juego un 18% para sacar lo mismo, y con lo cual menos clientes lo compraran, por lo que la unica alternativa es perder yo ese 18% hasta que hacienda me lo devuelva en la declaracion de la renta.

      3. Y tambien tengo la duda del paro, ahora estoy desempleado, ¿si trabajo como autonomo perderia los 6 meses que tengo acumulado de paro?

        1. Si tiene derecho a 6 meses de prestación, tiene dos opciones. Por una parte puede solicitar el pago único (leer el artículo en el enlace). La otra opción es no pedirlo. Si en un futuro no le funciona el tema de autónomo, y que una empresa le vuelve a contratar y luego pierde el trabajo, volvería a tener derecho y estos 6 meses todavía le valdrían, siempre que no haya pasado demasiado tiempo (el derecho a paro como asalariado se calcula sobre los últimos 6 años).

          También tiene que saber que los autónomos tienen ahora un sistema parecido al paro. Puede leer más sobre ello en nuestro artículo sobre la prestación por cese de actividad. En lugar de 255€ mensuales tendrá que pagar algo más si quiere poder tenerlo, y también cumplir unas condiciones para tener derecho a ello (básicamente, perder dinero en la actividad).

          Lo que no tengo claro es si se pueden sumar los dos sistemas (suponiendo que haya cotizado tanto como empleado como autónomo).

          1. Muy interesante lo del pago unico, pero por lo que entiendo te dan el 60% para la inversion, y realmente yo no necesito apenas nada mas que mis conocimientos, o bien pedir el total del importe exclusivamente para la cotizacion de la seguridad social, pero entonces si me va mal y decido dejar la actividad en poco tiempo el restante del dinero que tengo ingresado no lo voy a gastar como autonomo y esto se podria ver como un fraude

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