¿Cuánto cuesta hacerse autónomo?

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Actualizado el 28/01/2013

Muchas de las personas que desean hacerse autónomo se preguntan cuanto cuesta tanto el trámite como el funcionamiento a lo largo del año. En realidad, lo que más cuesta es la cotización a la Seguridad Social.

 

Cotización a la Seguridad Social

Las personas que se registren como autónomos tienen que cotizar a la Seguridad Social. En el caso general, esto significa tener que pagar 255€ mensuales, que es la opción más barata con la cotización mínima. Esto cubre la cobertura de salud y unos derechos a pensión muy pequeños (ya que se calculan sobre una base mínima).

Si además de la cobertura básica se opta por tener las contingencias comunes (mutua privada y seguro de desempleo), el importe mínimo sube a 283€ mensuales. Es bastante dinero, pero hay que tomar en cuenta que es lo que paga una empresa para cualquier empleado con un sueldo bajo.

Existen categorías especiales para los trabajadores agrarios o los empleados de hogar con cotizaciones inferiores. Por ejemplo, una persona que se diera de alta en este último régimen solo tendría que pagar unos 166€ mensuales. También hay bonificaciones de las cuotas en función de la situación del nuevo autónomo (por ejemplo si viene del paro).

Esta cotización tiene un problema importante: es fija, no depende de los resultados del negocio, por lo que supone una penalización importante cuando se empieza un negocio.

El 28/01/2013 el Gobierno anunció una bajada de la cotización para los jóvenes menores de 35 años que pagarán solo 50€ al mes durante 6 meses.

Recordemos que los jóvenes (hombres hasta 30 y mujeres hasta 35) ya beneficiaban de un descuento de un 30% en la cotización durante 30 meses.

Más información en la web de la Seguridad Social

 

Impuesto sobre la renta (IRPF)

Cuando un autónomo empieza a facturar, es posible que tenga que pagar IRPF desde el principio, dependiendo de su situación.

   Los profesionales

Tienen la obligación de emitir sus facturas a otros profesionales y empresas con una retención del IRPF, un 9% los tres primeros años y un 21% después (que luego se supone que tendrá que bajar al 19%). Es un sistema un poco injusto al principio, ya que es posible que sus gastos sean mayores a sus ingresos y aun así estén pagando impuestos sobre la renta.

   Actividades empresariales

Se calcula trimestralmente el total de los ingresos y de los gastos fiscalmente deducibles para pagar a Hacienda el 20% del resultado. Es un sistema mucho más ventajoso que para los profesionales, ya que solo se paga impuesto si hay resultados, y que en general un 20% del beneficio es menos que un 15% de la facturación.

En cualquier caso, en ambos sistema los pagos que se hacen durante el año son solo unos anticipos a Hacienda. El importe definitivo a pagar por el año se determina durante la campaña de la renta del año siguiente, y de su resultado sale si hay que pagar más o si nos tienen que devolver porque hemos pagado de más.

 

Impuesto sobre el valor añadido (IVA)

El IVA no supone normalmente ningún gasto para los autónomos, al igual que para las empresas. Sin embargo, la persona en autoempleo tiene que recaudar el IVA por cuenta de la Administración. Si ha recaudado más impuesto que lo que ha pagado tiene que dar la diferencia a Hacienda. Si es al revés, en general se tendrá que conformar con ir compensando el saldo a su favor, ya que las posibilidades reales de devolución son escasas.

Aunque no suponga un gasto, el IVA es un impuesto que hay que vigilar, porque los desembolsos que tenga que hacer el autónomo cada trimestre pueden suponer problemas de tesorería.

Algunos profesionales facturan sin IVA (por ejemplo los médicos). Como no recaudan el impuesto, tampoco tienen derecho a recuperarlo, y por lo tanto en este caso concreto el IVA sí que es un gasto.

 

Gestoría

Dependiendo de la complejidad de la actividad, puede ser recomendable optar por contratar a un gestor para llevar los temas fiscales (declaraciones trimestrales y anuales). El gasto mensual suele ser un mínimo de 50€, a menudo más. No es un gasto obligatorio, pero en caso de no tener idea de temas de impuestos, es una buena alternativa a pasar muchas mañanas en Hacienda para que nos expliquen cada modelo.

 

Colegios profesionales

Para algunas actividades, es obligatorio estar registrado en un colegio profesional. Y no solo para médicos o abogados. Antes de iniciar la actividad es importante comprobar este punto, porque algunos organismos pueden cobrar cerca de 100€ mensuales (aunque la mayoría son mucho más baratos).

 

Otros trámites

Cada negocio tiene sus trámites, y es posible que tenga que pagar tasas específicas. Por ejemplo, la persona que monte un taller de reparación de automóviles seguramente estará obligada a contratar a una empresa de recogida de residuos.

Otro ejemplo es si la actividad se va a desarrollar en un local habrá falta una licencia con sus respectivos gastos.

 

Un ejemplo: una tienda online

La persona que se de de alta para crear una tienda online, suponiendo que no tenga un local abierto al público y que los productos no sean perecederos ni peligrosos (por ejemplo ropa), tan solo tendrá que pagar la cuota mensual de cotización a la Seguridad Social (254€ si opta por la base mínima sin paro). Si al mismo tiempo esta persona es capaz de hacer sus propias declaraciones trimestrales, entonces no tendrá más gastos (dejando de lado los del negocio).

 

 

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265 Responses to ¿Cuánto cuesta hacerse autónomo?

  1. OSCARR says:

    HOLA BUENAS NOCHES, QUERIA COMENTAR UNA COSA, QUIERO COMPRARME UN CASTILLO HINCHABLES Y TENGO DOS PREGUNTAS PUEDO SACAR UN SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL SI QUIERO DEJARSELO A UN AMIGO PARA SU BODA? YO NO SOY AUTONOMO.
    O ME TENDRIA QUE DAR DE ALTA PARA PODER SACARME EL SEGURO Y PODER ALQUILARLO DE ESTRANGIS!!!! MUCHAS GRACIAS

    • No sé cuales son las condiciones que ponen los seguros. Tendría que dirigirse directamente a ellos. Respecto a lo de alquilar sin declararlo, tiene que saber que si practica una actividad económica sin registrarse correctamente en las administraciones competentes, estará fuera de la ley con lo que puede suponer como responsabilidades.

  2. JBL says:

    Hola, soy una joven de 21años que trabaja por cuenta ajena, pero que desde hace un tiempo tengo la idea de trabajar por cuenta propia, tengo ideas(se que quiero vender y a que mercado) y motivación para montar un negocio pero mi juventud e inexperiencia causa incertidumbre e incluso burlas, el caso es que yo sigo con ganas pero soy nueva en esto y no sé por dónde empezar ni cómo, por lo que necesito una ayuda de orientación o de realidad.Espero que me puedan ayudar.Saludos

    • Consultoría Financiera Kerfant says:

      Entiendo la situación que describe. En España existe poca cultura emprendedora, y muchas personas tienen prejuicios muy negativos en contra de las personas que quieren montar su negocio. Debería en primer lugar rodearse de otras personas emprendedoras, que comparten la misma motivación y las mismas ganas.

      Luego sobre el proceso. No se si quiere montar un negocio a la vez que trabaja por cuenta ajena o dejar su actual empleo para emprender. Ambas soluciones tienen pros y contras. Por lo general, arrancar un negocio cuesta mucho trabajo, y por lo tanto es difícil hacerlo si se tiene otras obligaciones. Pero trabajar por otro lado da ingresos que pueden ayudar a arrancar el negocio.

      Lo primero que tiene que hacer es definir muy bien lo que quiere hacer. ¿Qué producto o servicio va a vender? ¿A quién? ¿Hay un mercado para ello? ¿Por qué los clientes van a preferir su empresa antes que la competencia? Etc.

      Una vez que tenga definido su proyecto, puede analizar como lo va a poner en marcha. ¿Qué forma jurídica? (autónomo o SL), ¿Hace falta un local o no? (problemática de la licencia de apertura) ¿Hace falta empleados o no? (tema de convenios), y en general, todas las obligaciones legales (medioambiente, sanidad, etc).

      Si quiere saber como hacerse autónomo: http://blog.cofike.com/2010/10/25/registrarse-como-autonomo/
      Crear una SL: http://blog.cofike.com/2012/03/13/pasos-para-crear-una-empresa/
      Licencia de apertura: http://blog.cofike.com/2011/02/22/licencia-apertura/

      Una vez que tenga más claro su proyecto, necesitará hacer un plan de negocio, en primer lugar para valorar la viabilidad de su idea, y en segundo lugar para convencer inversores o bancos (para obtener financiación).
      http://www.cofike.com/plan-de-negocio.php

  3. sameda says:

    Hola, tengo 50 años siempre he trabajado por cuenta ajena, llevo tres años en paro y actualmente no cobra ninguna prestación, tengo la posibilidad de trabajar como comercial a comisión con un contrato mercantil y mi duda es si debo pagar el IAE, y si debo darme de alta como autónomo, hasta ahora estoy empezando y no sé cuánto voy a cobrar, en qué momento debo darme de alta, he escuchado comentarios, que si no supero una determinada cantidad de ingresos al año no se me obliga a darme de alta, es cierto esto? a partir de qué cantidad? …. Muchas gracias de antemano por su asesoramiento.

    • Consultoría Financiera Kerfant says:

      Buenos días,

      Si va a desarollar una actividad económica, entonces tiene que darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social y pagar la cotización mensual (254€ / mes).
      En el IAE tiene que estar registrado para poder facturar. No cuesta nada.

      En este tipo de contratos, donde realmente solo hay un cliente, se aplica el estatuto de autónomo dependiente, y por lo tanto tendría derechos parecidos a los de un empleado (derecho a indemnización, a vacaciones, etc). Puede asesorarse en cualquier oficina de la Seguridad Social.

      • sameda says:

        Gracias por la respuesta, pero me queda una duda, pueda darme de alta en el IAE, comprobar primero dos o tres meses si es rentable o no el trabajo para darme de alta como autónomo?

        • Consultoría Financiera Kerfant says:

          En principio, en cuanto inicie una actividad económica tiene que darse de alta como autónomo desde el principio. Además, para saber si algo es viable a menudo hay que invertir más que dos o tres meses, ya que casi todos los negocios tardan en despegar.

          Un saludo,

  4. Jose Carlos says:

    Hola, tengo una empresa en la cual somos 2 socios , la otra persona me va a vender la parte suya (por jubilación), y quedaré yo con el 100%.
    Me gustaría saber si me compensa mas seguir como Sociedad Limitada, o disolverla y quedarme como autónomo. ¿En cual estoy mas seguro?
    La facturación al año ronda los 70.000 euros, y tenemos dos vehículos.
    Los gastos de asesoría rondan los 200 € mensuales (me parece mucho para 20 facturas que emitimos y unas 100 que nos facturan), ¿y siendo autónomo me los evitaría?, ¿hay mucho papeleo?
    Un saludo y gracias.

    • Consultoría Financiera Kerfant says:

      Buenos días,

      Desde el punto de vista fiscal, lo que importa no es tanto la facturación sino los beneficios anuales. Si la facturación anual es de 70.000€, supongo que después de los diferentes gastos que puedan tener combustible y demás, los beneficios son bastante menos que eso. Cada caso puede ser diferente, pero en general, se considera que por debajo de 40.000€ de beneficios anuales no compensa tener una SL (quizás algo menos desde que se subió el IRPF).

      Una SL tiene que llevar una contabilidad bastante más detallada que un autónomo. Desde luego siendo autónomo no creo que la gestoría le cobrase tanto. Las declaraciones son trimestrales y el coste podría ser entre 50 y 100 mensuales, sin contar que puede hacerlo usted mismo, siempre que aprenda un poco como hacerlo (pero se arriesga a no estar al tanto de los cambios normativos y cometer errores).

      La principal diferencia entre SL y autónomo es la responsabilidad limitada. Es decir que en una SL, en teoría, solo responde por el capital que haya aportado. Como autónomo, respondería sobre todos sus bienes personales.

      Pero también es cierto que la protección de la SL es teórica en muchos casos. Por ejemplo, si pide un crédito, el banco le va a pedir garantías personales, es muy raro que lo ponga a nombre de la empresa sin garantías. En este caso, queda personalmente responsable de la deuda. También si se considera que ha gestionado mal la sociedad se le podría pedir responsabilidades. Dicho todo eso, es más segura la SL.

      Gracias por preguntar

  5. joana says:

    hola soy una asalariada de 34 años en una empresa.
    y aparte vendo varios artículos por ebay y páginas similares, por la que actualmente vengo ganando unos 225 euros limpios al mes (compros objectos en una tienda y los vendes por ebay,segundamano).
    entiendo que me tengo que dar de alta a hacienda y seguridad social (SS y autonomos)
    el tema es claro, si pago esos 254 euros de autonomos (creo que hay uno reducido que pagas 155 por venta por catalogo o aslgo así).
    por otro lado he leido que si estas empleada a jornada completa en una empresa, no te tienes que hacer autónoma, solo declarar irpf de esa actividad.
    pregunta:

    1- como lo tendría que hacer para pagar lo mínimo posible.
    2. los gastos de gasolina de vehiculo (45 euros mensual + 20 de movil estando a mi nombre, podría desgravarmelo como gasto, y con justificantes o ticket de compra ya vale “no estrictamente factura en caso del tema de la gasolina) que otros gastos me podría desgravar?-
    3. entiendo que tendría que pagar cada mes los autonomos, cada 3 meses la diferencia de ivas y anualemnte el 21 % de los beneficios en la renta.
    4-que multas incurriria si no estoy dada de alta en autonomos? “en hacienda se que poco , por que el beneficio no es tanto” he leido 3000 euros……..
    5. gracias por todo.

    • Consultoría Financiera Kerfant says:

      Buenos días,

      1. En principio, para las mujeres menores de 35 años existe una deducción del 30% de la cuota de autónomos por parte de la Seguridad Social, aunque no sé si en todas las CCAA.

      Además, en mayo el Gobierno anunció que para las personas con pluriactividad (es decir a la vez asalariados y autónomos), la cuota bajaría a la mitad, aunque no se en que fecha será efectivo este cambio.

      Lo que sí existe hoy en día, es la posibilidad de recuperar la mitad de la cuota de autónomos si por el otro lado (asalariado), ya se está cotizando por el máximo.

      2. Puede desgravarse algunos gastos, pero necesita siempre factura a su nombre. En cualquier gasolinera se lo harán. Sin embargo, cuando usa un vehículo personal, solo puede deducirse la mitad de la gasolina, y es mejor que sea capaz de demostrar que usa el coche para su actividad (por ejemplo para ir a buscar los objetos). También en principio puede deducir la mitad de su cuota de Internet, y en general los gastos que conlleva su actividad de compraventa. De todas formas, le aconsejo que se asesore con una gestoría para tener claro todo lo que puede hacer y lo que no.

      3. Como autónoma, principalmente tiene que tramitar dos impuestos. El IVA no le cuesta nada, tan solo hace de intermediaria entre el cliente final y el Estado, y cada trimestre paga la diferencia entre el IVA que ha cobrado y el que ha pagado. Por otro lado, supongo que estaría como actividad empresarial, por lo que pagaría cada trimestre un 20% del beneficio de su actividad (ingresos menos gastos deducibles) como pago a cuenta del IRPF, todo eso siendo regularizado en la declaración de la renta del año siguiente.

      4. No conozco exactamente el importe de las multas, pero podrían exigir el pago de cuotas atrasadas, por lo tanto, si consideran que su actividad económica empezó hace dos años (por decir algo), podrían reclamarle 2 años de cuotas… pero eso es mejor que lo consulte con un gestor o un fiscalista.

      5. Muchas gracias a usted por comentar.

  6. jose maria says:

    hola, mi consulta es sobre que gasto tendre al darme de alta como autonomo en fucion de trabajar como comercial, tengo 42 años y vengo de 11 meses en paro, gracias

    • Consultoría Financiera Kerfant says:

      La cotización mínima es de 254€ al mes. Si todavía le quedasen más de 3 meses de prestación por desempleo, podría solicitar el pago único. Tiene dos formas de cobrarlo. Si no va a hacer ninguna inversión, le interesaría cobrarlo como una deducción de las cuotas a la seguridad social. Por ejemplo, si tenía una prestación por desempleo de 750€ al mes y le quedaba por cobrar 4 meses, no pagaría cotización durante practicamente un año. Aunque quizás tenga que adelantar los primeros pagos para recibir luego el abono de las cuotas.

      Gracias por comentar

  7. Guillermo says:

    Hola, actualmente estoy dado de baja de autónomo desde el 31/12/2011 tengo deuda en S.S. estoy como demandante de empleo con 58 años y sin ningún tipo de ayuda económica desde agosto del 2011, no me pude dar de baja en la misma fecha por estar como administrador en una empresa familiar, estoy biendo la posibilidad de darme de alta como autónomo colaborador de mi hijo, mi pregunta es ¿que importe pagaré como nuevo o lo mismo que pagaba antes? tambien tengo la duda si me ¿podré jubilar aún tenienmo más de 30 años cotizados entre regimen general y autónomo? gracias de antemano.

    • Consultoría Financiera Kerfant says:

      Siento decirle que no puedo responder a este tipo de preguntas muy particulares. Le aconsejo que haga la consulta en la Seguridad Social.

  8. Jose Manuel says:

    Yo soy empleado por cuenta ajena, pero quiero realizar trabajos adicionales en mi tiempo libre. ¿Qué coste tendría en mi caso mi autónomo?

    • Consultoría Financiera Kerfant says:

      Si ya cotiza por la base máxima, podría recuperar la mitad de la cotización de autónomos (el 50% de 254€ mensuales).

      El Gobierno anunció en mayo que bajaría un 50% la cotización para los pluriempleados, por lo tanto si se cumple este anuncio, el sistema se generalizaría y se simplificaría (no haría falta cotizar por la base máxima, y no haría falta pagar para luego recuperar la mitad de lo cotizado).

  9. elizabeth says:

    Buenas, me estoy informando un poco, a mí me gustaría abrir una academia de idiomas en un principio sería yo la encargada de todo tanto directora como profesora. Soy muy jóven y no tengo ni idea de administración de empresas, IVA, IRPF etc. Para abrir este negocio deberia darme de alta como autónoma no es cierto?? sólo tengo 22 años, cuánto tendría que pagar? y si decidiera contratar a alguien cuánto tendría que pagar por esta persona?

    • Consultoría Financiera Kerfant says:

      Buenos días,

      En principio tiene dos grandes opciones para abrir un negocio: autónomo o crear una sociedad (sociedad limitada). La primera opción es más fácil, rápida y económica (siempre que los beneficios no superen los 40.000€ anuales). La segunda opción es un poco más costosa y requiere más trámites administrativos, pero le da responsabilidad limitada y a partir de un cierto nivel de beneficios, es mejor pagar Impuesto de Sociedades que el IRPF.
      Registarse como autónomo: http://blog.cofike.com/2010/10/25/registrarse-como-autonomo/
      Montar una SL: http://blog.cofike.com/2012/03/13/pasos-para-crear-una-empresa/

      Al tener 22 años, me parece que en la mayoría de las CCAA hay deducciones del 30% de la cuota de autónomos, por lo tanto pagaría unos 180€ mensuales (en lugar de 254€).

      Si contrata a una persona, tiene que ver si hay algun convenio colectivo que fije un sueldo mínimo. Si no lo hay, en España el salario mínimo es de 741€ brutos. Al sueldo bruto le tiene que sumar aproximadamente un 30% de cotización patronal a la seguridad social. Si el sueldo bruto es de 1.000€ mensuales, le costaría 1.300€ con la SS.

      Además tiene que pensar en el alquiler del local, la luz, los suministros, la gestoría, etc.

      Si necesita que valoremos su proyecto con la elaboración de un plan de negocio, puede consultar nuestros servicios aquí: http://www.cofike.com/plan-de-negocio.php

  10. marcelo hernandez montaño says:

    trabajo en el ayuntamiento como pintor y m gustaria saber una vez reconocida la compatibilidad si me doy de alta como autonomo para trabajar por la tarde si pagaria igual que a jornada comleta o hay otras formas . gracias

    • Consultoría Financiera Kerfant says:

      Cuando se trabaja a la vez como autónomo y por cuenta ajena, y siempre que se cotice por el máximo por cuenta ajena, existe la posibilidad de recuperar la mitad de lo cotizado en el RETA.

  11. Laura says:

    Disculpa, leyedo el resto de comentarios me queda aclarada la duda anterior.
    Sin embargo mi duda final es, siendo mujer menor de 35 años, quiero abrir tanto una tienda on line como una física. Para esto tendría que pagar dos veces la cuota de autónoma, o vale una con la otra?.

    Gracias.

    • Consultoría Financiera Kerfant says:

      Para su pregunta anterior: un negocio online sí que tiene que pagar IVA, y luego el 20% de los beneficios trimestrales (como IRPF).

      Cuando tiene a la vez tienda física y online solo paga una cuota de autónomo, pero se tiene que dar de alta en dos epígrafes del IAE en Hacienda.

      Gracias por comentar,

  12. Laura says:

    Hola.
    Entonces según leo, para un comercio on line no se paga IVA ni ese 20% final trimestral?.
    Gracias.

  13. isabel says:

    Soy periodista. Estoy en el paro y me ha salido un trabajito de periodista por unos meses y con un sueldo fijo al mes. Me tengo que hacer autónoma durante ese tiempo y cuando se acabe, en tres o cuatro meses, me daré de baja. Me gustaría saber en mi caso cuánto tendría que pagar al mes como mínimo y si tendría que hacer la declaración trimestral o sería suficiente con la anual de la renta. Temngo más de 55 años y al proceder del paro, ¿hay alguna diferencia? Muchísima gracias.

    • Consultoría Financiera Kerfant says:

      La cotización mínima como autónomo es de 254€ al mes. En su caso, sería autónomo dependiente, al facturar más del 75% de sus ventas a un solo cliente. Le recomiendo que se acerque a una oficina de la Seguridad Social para informarse de sus derechos, ya que el autónomo dependiente tiene ventajas parecidas al empleado (como vacaciones pagadas, si no me equivoco).

      Gracias por comentar

      • isabel says:

        Muchisimas gracas, he descubierto esta página por casualidad y me parece que hacen una labor encomiable.

      • Carmen says:

        Buenas tardes,
        me gustaría saber si me doy de alta de autónomo, en mi caso soy menor de 35 años por lo que la cuota se quedaría en 178€ aprox. como psicóloga en un gabinete de psicología estoy exenta de pago de IVA trimestral, no me queda muy claro este tema.
        Muchas gracias de antemano.

        • Consultoría Financiera Kerfant says:

          Algunas profesiones están exentas de IVA. Para un psicólogo, depende del tipo de actividad desarrollada. Si es una consulta de psicología clásica y se factura a los pacientes, entonces está exento de IVA. Si es para hacer tests de psicología para candidatos a puestos de trabajos y se factura a empresas, entonces me parece que lleva IVA.

          Cuando una actividad está exenta de IVA, los gastos se contabilizan IVA incluido, ya que no se puede repercutir este impuesto. Me explico mejor con un ejemplo:

          Un asesor de empresa y un psicólogo alquilan cada uno un despacho por 1000€ al mes más IVA.

          El asesor de empresa contabiliza como gasto suyo (en el IRPF) los 1000€, ya que los 180€ de IVA los va compensando con el IVA que factura a sus clientes.
          El psicólogo contabiliza como gasto los 1.180€, ya que no puede repercutir el IVA.

          Gracias por comentar,

  14. daniel says:

    Pero la tributación a partir de 2009 para autónomos en epígrafe de venta a domicilio(en este caso venta on line) no tenia una reducción del 50%, es decir 140!!!???
    Se ha quitado la reducción???

    • Consultoría Financiera Kerfant says:

      La venta online no es venta a domicilio (según el criterio administrativo). La asimilan a la venta por catálogos. La venta a domicilio entiendo que son aquellas personas que trabajan “a puerta fría” vendiendo de casa en casa. Pero si lo quiere confirmar, le recomiendo que pregunte en la Seguridad Social.

  15. Michael says:

    Soy profesor particulares de ingles, y quiero darme de alta como autonomo, cuanto pago al mes? gracias

    • Consultoría Financiera Kerfant says:

      Los hombres a partir de 31 años y las mujeres a partir de 36 años normalmente pagan 254€ como mínimo al mes. Para los más jóvenes hay un descuento del 30% durante dos años.

      Gracias por comentar

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